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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2012 (12/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de mayo de 2012 466159 y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante informe Nº 193-2012-MSCZ- SGOPAHHUU-GODUR-MPC, de fecha 02 de abril del 2012, la Sub-Gerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos y Habilitaciones urbanas, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, de la Municipalidad Provincial de Cañete solicita se inicie el procedimiento de Aprobación del Plan Específi co zona de Reglamentación Especial Totoritas Bujama, de la Jurisdicción del Distrito de Mala, Provincia de Cañete, precisando que se ha cumplido con los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos contemplados en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2011- VIVIENDA, para su aprobación. Que, mediante informe Legal Nº 181-2012-AS.J- MPC, de fecha 11 de Abril del 2012 la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que es factible que se apruebe mediante ordenanza Municipal el proyecto del plan Específi co Zona de Reglamentación Especial Totoritas-Bujama, de la Jurisdicción del Distrito de Mala, Provincia de Cañete, recomendando se derive el presente a la Comisión de Obras de la Municipalidad Provincial de Cañete y luego se eleve al pleno del Concejo con la fi nalidad que se apruebe. Que, se cuenta con el dictamen Nº 003-2012-CODUR- MPC, de fecha 24 de abril del 2012, de la Comisión de obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, recomiendan la Aprobación del Plan Específi co Zona de Reglamentación Especial Totoritas - Bujama, de la Jurisdicción del Distrito de Mala, elevándolo al pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación. Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime y, con la dispensa del trámite de aprobación del trámite de aprobación del acta. SE ACORDÓ Artículo 1º.- Aprobar el PLAN ESPECÍFICO ZONA DE REGLAMENTACIÓN ESPECIAL TOTORITAS - BUJAMA, comprendido entre la Autopista Panamericana Sur, Antigua Panamericana Sur y la Av. Marchand, de la Jurisdicción del Distrito de Mala Provincia de Cañete, Departamento de Lima. Artículo 2º.- Precisar que forman parte de la presente ordenanza el Plano de Vías, Lámina 17; El Plano de Zonifi cación, Lámina N° 18; y el Plano de Unidad de Gestión Urbanística, Lámina N° 19; los que conjuntamente con el Reglamento de Zonifi cación forman parte del Plan Específi co zona de Reglamentación Especial Totoritas Bujama aprobado en el artículo 1º de la presente ordenanza. Artículo 3º.- Aprobar el cuadro de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Anexo Nº1, compatible con el Reglamento de Zonifi cación que forma parte del Plan Específi co zona de Reglamentación Especial Totoritas Bujama, aprobado en el artículo 1º de la presente ordenanza. Artículo 4º.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Mala y la Municipalidad Provincial de Cañete, incorporen en el Plano de Zonifi cación del Plan Específi co zona de Reglamentación Especial Totoritas Bujama aprobados en el artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, para que a través de la Ofi cina de Comunicación Social y Relaciones Públicas, la presente ordenanza será publicada en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete por el término de 30 días y publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa ANEXO N° 1 CUADRO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Zonifi cación Usos Tamaño de Lote Frente Min. Altura Edif. Área Libre Compatibilidad de Usos CI Comercio Interdistrital (C7) Comercio Industrial Área de lote existente no se permitirá la subdivisión - 4 pisos - Comercio a Nivel Metropolitano y/o Inter distrital compatible con Residencial (R4, R3, R5) C5, otros usos (OU), Servicios Públicos (SP) CZ Comercio zonal (C-3) Comercio Distrital existente - 4 pisos - Uso comercial compatible con: uso residencial (R4, R3, R5) Comercio Vecinal ( C1, C2), otros usos (OU), Servicios Públicos (SP) CV Comercio Vecinal (C-2) Comercio Local Resultante de proyecto - 4 pisos - Uso Comercial Compatible con: Uso Residencial (R1, R2, R3, R4) Comercio Vecinal (C1) ZHR Zona de Habilitación Recreacional Club Vivienda Temporal y/o vacacional, centros: deportivos campestres, turísticos y culturales, jardines botánicos 5000 m2 - 1 – 2 pisos 60 – 75 % Uso Habitación Recreacional Compatible con: Residencial de Densidad Baja /R2), Zona Recreacional (ZR), zona Turística (ZT), Zona de Protección – Ecológica (ZPE), Zona Turística Recreativa (ZTR), Comercio Vecinal (C1, C2) ZRP Zona de Recreación Pública Parques zonales, Plazas, parques de barrio u otros centros deportivos, juegos infantiles, piscinas 800 m2 (mínimo) 25 ml - - Uso Residencial Compatible con: Zona Recreacional (ZR), Zona de Protección Ecológica (ZPE). Compatible con la instalación de locales complementarios para todos los usos. OU – A Zonas Arqueológicas, Locales Turísticos, e Institucionales Según proyecto Según proyecto Según proyecto - Otros usos Arqueológicos Compatible con Zona Recreacional (ZR), Zona de Recreación Pública (ZRP) Servicios Públicos (SP) OU Otros Usos Locales Políticos A d m i n i s t r a t i v o s , Institucionales por Servicios Públicos Según Proyecto (PDU, PU, HU) Según Proyecto (PDU, PU, HU) - - Otro Usos: compatible con: Zona de Recreación Pública (ZRP), Servicios Públicos (SP) En concordancia con el reglamento nacional de edifi caciones y plan urbano de Mala. 786967-1