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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2012 (12/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de mayo de 2012 466147 Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egreso del presupuesto del Tribunal Constitucional según el siguiente detalle: Pasajes ...................................................S/. 4,171.32 Viáticos ...................................................US$ 260.00 Gastos de Instalación y Traslado ............US$ 260.00 Artículo Tercero.- Encargar la Presidencia del Tribunal Constitucional al Vicepresidente, Magistrado Oscar Urviola Hani, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Quinto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el Magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en la conferencia antes mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO ALVAREZ MIRANDA Presidente 787502-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 052-2012-P/TC Lima, 19 de marzo 2012 VISTA la comunicación de fecha 21 de diciembre de 2011, remitida por don Pascual Salas Sánchez, Presidente del Tribunal Constitucional de España, y; CONSIDERANDO Que mediante la comunicación de vista se invita al Presidente del Tribunal Constitucional peruano a participar, conjuntamente con dos Magistrados, en la Novena Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, organizada por el Tribunal Constitucional español, a realizarse en la Ciudad de Cádiz, Reino de España, del 17 al 19 de mayo del año en curso; Que el tema central que se debatirá en la citada conferencia es “El Presidencialismo y Parlamentarismo en la Jurisprudencia Constitucional”; sin embargo, se abordarán también otros temas de particular importancia para el derecho y la justicia constitucional como “América y la Constitución de 1812”, “El sistema de relaciones entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo”, “La jurisprudencia de los Tribunales, Cortes y Salas sobre el sistema de relaciones entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo”; Que es política de este Tribunal promover la participación de sus integrantes en eventos internacionales de trascendencia, en la convicción de que la identifi cación de valores, principios, instituciones de interés común generan, también, un espacio de refl exión y análisis sobre la importante función de juzgar; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; SE RESUELVE Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Magistrado del Tribunal Constitucional, Doctor Ricardo Beaumont Callirgos, a la ciudad de Cádiz, Reino de España, para participar en la Conferencia mencionada en la parte considerativa de la presente resolución, que se realizará del 16 al 19 de mayo de 2012. Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egreso del presupuesto del Tribunal Constitucional según el siguiente detalle: Pasajes ...................................................S/. 4,795.40 Viáticos ...................................................US$ 260.00 Gastos de Instalación y Traslado ............US$ 260.00 Artículo Tercero.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el Magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en la conferencia antes mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO ALVAREZ MIRANDA Presidente 787502-2 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 053-2012-P/TC Lima, 19 de marzo de 2012 VISTA la comunicación de fecha 21 de diciembre de 2011, remitida por don Pascual Salas Sánchez, Presidente del Tribunal Constitucional de España, y; CONSIDERANDO: Que mediante la comunicación de vista se invita al Presidente del Tribunal Constitucional peruano a participar, conjuntamente con dos Magistrados, en la Novena Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, organizada por el Tribunal Constitucional español, a realizarse en la Ciudad de Cádiz, Reino de España, del 17 al 19 de mayo del año en curso; Que el tema central que se debatirá en la citada conferencia es “El Presidencialismo y Parlamentarismo en la Jurisprudencia Constitucional”; sin embargo, se abordarán también otros temas de particular importancia para el derecho y la justicia constitucional como “América y la Constitución de 1812”, “El sistema de relaciones entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo”, “La jurisprudencia de los Tribunales, Cortes y Salas sobre el sistema de relaciones entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo”; Que es política de este Tribunal promover la participación de sus integrantes en eventos internacionales de trascendencia, en la convicción de que la identifi cación de valores, principios, instituciones de interés común generan, también, un espacio de refl exión y análisis sobre la importante función de juzgar; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; SE RESUELVE Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Magistrado del Tribunal Constitucional, Doctor Carlos Mesía Ramírez, a la ciudad de Cádiz, Reino de España, para participar en la Conferencia mencionada en la parte considerativa de la presente resolución, que se realizará del 16 al 19 de mayo de 2012. Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egreso del presupuesto del Tribunal Constitucional según el siguiente detalle: Pasajes ...................................................S/. 4,500.20 Viáticos ...................................................US$ 260.00 Gastos de Instalación y Traslado ............US$ 260.00 Artículo Tercero.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el Magistrado informará sobre los resultados obtenidos