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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de mayo de 2012 466160 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Aprueban planeamiento integral de superficie territorial ubicada en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2012-MDCH Chancay, 30 de marzo de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY POR CUANTO: VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 95-2012-MDCH/ALE-MCV, presentado por el Asesor Legal Externo mediante el cual pone a consideración el proyecto de Ordenanza que aprueba el planeamiento integral del diseño urbano, los parámetros normativos en términos de zonifi cación usos y vías del sector Galeano fundo Viña Chica altura Km. 84, jurisdicción del distrito de Chancay, provincia de Huaral departamento de Lima, el cual comprende un área de 383,000.00 m2 (38.30 Ha); y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado señala en su artículo 194º que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece en su artículo 79º inciso 3) numeral 3.1; que las Municipalidades Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, tienen la función específi ca de aprobar el plan urbano rural o distrital, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia, precisándose en el numeral 3.6 acápite 3.6.1 que constituye función exclusiva de las Municipalidades Distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de las habilitaciones urbanas; Que, mediante Ordenanza Nº 017-2006-MDCH se reguló el Reglamento de Aprobación de Habilitaciones Urbanas en el Distrito de Chancay, señalándose en su Titulo I, artículo 1º que su objetivo es regular los procedimientos establecidos en la Ley Nº 26878 Ley de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-05-Vivienda, la misma que ha sido remplazada con similares requerimientos técnicos por la Ley Nº 29090 y su reglamento DS.Nº 024-2008- Vivienda y su modifi catoria DS. Nº 003-2010-VIVIENDA y Ley 29476; Que, la Norma G. 040 - Defi niciones - del Reglamento Nacional de Edifi caciones en adelante RNE- aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006- VIVIENDA, defi ne como habilitación urbana al proceso de convertir un terreno rústico en urbano, mediante la ejecución de obras de accesibilidad, distribución de agua y recolección de desagüe, distribución de energía e iluminación pública, pistas y veredas; defi niendo a su vez al planeamiento integral como aquel proceso que comprende la utilización del uso del suelo, la zonifi cación y vías, de uno o varios predios rústicos cuyo objetivo es establecer las características que deberán de tener los proyectos de habilitación urbana a realizarse en etapas sucesivas. Que, el artículo 2º del Reglamento Nacional de Edifi caciones precitado, establece que las habilitaciones FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL