Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2012 (12/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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y Minas y con la opinion favorable del Area Legal del Gobierno Regional de Huanuco; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar Concesion Definitiva de Generacion con Recursos Energeticos Renovables a favor de la Empresa ANDES GENERATING CORPORATION-ANCORP S.A.C., que se identificara con el codigo Nº CDGRHE001-2012-GRH/DREMH-AT para desarrollar la actividad de Generacion de Energia Electrica en la Central Hidroelectrica Nueva MORDAZA, a partir de su puesta en operacion comercial el 31 de Diciembre de 2015, con una potencia instalada de 8000 KW, ubicada en el Distrito de MORDAZA, Provincia de Huamalies, Departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones indicados en la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo siguiente. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 001-2012-GRH/DREMH-AT a suscribirse con ANDES GENERATING CORPORATION-ANCORP S.A.C., que consta de 19 Clausulas y 4 Anexos. Articulo 3º.- Suscribir, a nombre del Gobierno Regional de MORDAZA el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente, que cuenta con visto MORDAZA de area legal del Gobierno Regional de Huanuco. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 001-2012-GRH/DREMH-ATE, referido en el articulo 2º de la presente Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5º.- La presente Resolucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del Titular, dentro de los (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 6°.- Notificar la presente Resolucion, a la Empresa ANDES GENERATING CORPORATIONANCORP S.A.C. cuyo representante Legal es el senor MORDAZA MORDAZA Solidoro MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TOCTO MORDAZA Director Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos 787402-1 RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 0058-2012-GR-HUANUCO/DREMH MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2012 VISTO: El Expediente, Nº 036-2012 recibido con fecha 09 de enero del 2012 presentado por la Empresa ANDES GENERATING CORPORATION - ANCORP S.A.C., persona juridica inscrita en el Asiento A001 de la Partida Nº 11940288 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre Otorgamiento de Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de Generacion de Energia Electrica en Recursos Energeticos Renovables; CONSIDERANDO: Que, el inciso "d" del articulo 35 de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, establece como competencia de los Gobiernos Regionales "Promover y ejecutar las inversiones publicas de ambito regional

en proyectos de infraestructura vial, energetica, de comunicaciones y de servicios basicos de ambito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversion privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades"; Que, el inciso "d" del articulo 59º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, establece que es funcion de los Gobiernos Regionales "Impulsar proyectos y obras de generacion de energia y electrificacion MORDAZA rurales, asi como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Region. Asimismo, otorgar concesiones para minicentrales de generacion electrica"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 550-2006MEM/DM, publicada el Diario Oficial El Peruano con fecha 16 de noviembre del 2006 se formalizo la transferencia de la funcion establecida inciso d) del articulo 59 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 058-2009GRH/PRCRH, se aprueba la estructura organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, la misma que establece que la Direccion Sectorial de Mineria e Hidrocarburos tiene dentro de sus funciones especificas lo que se establece en el inciso "d" del articulo 59º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, y es un organo especializado responsable de la implementacion y ejecucion de las acciones en materia Minero Energetica e Hidrocarburos, en su ambito geografico de conformidad con las politicas Regionales y las que establezca el Ministerio de Energia y Minas del cual depende Tecnica y Normativamente y de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional de MORDAZA de quien depende funcional y administrativamente; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1429-2011-GRH/PR, se designa al Ing. MORDAZA Tocto MORDAZA como Director Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos de Huanuco; Que, el procedimiento administrativo de otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables se encuentra regulado en las disposiciones contenidas en los articulos 3º y 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, concordado con el articulo 66º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, el 02 de MORDAZA de 2008, fue publicado el Decreto Legislativo Nº 1002, en cuyo articulo 3º se establecio que la generacion hidraulica es calificada como recurso energetico renovable siempre que la capacidad instalada no sobrepase los 20 MW, para cuyo efecto la primera disposicion modificatoria del citado decreto modifico los articulos 3º, 4º y 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; Que, las modificaciones MORDAZA referidas, giraron en torno a los siguientes aspectos: a) Se incorporo el Derecho Electrico de Concesion Definitiva de Generacion de Recursos Energeticos Renovables, con capacidad instalada mayor de 500 Kw, b) Se elimino del articulo 4º la Autorizacion para Centrales Hidroelectricas, y c) El tramite de aprobacion de una Concesion Definitiva de Generacion de Recursos Energeticos Renovables con capacidad de 500 Kw, quedo sujeto al procedimiento correspondiente al de una Autorizacion; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0562009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor de 500 Kw y menor de 10 MW, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de Autorizacion para la Generacion de Energia Electrica con potencia instalada mayor de 500 Kw y menor de 10 MW como el otorgamiento de Concesiones Definitivas para Generacion con Recursos Energeticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW siempre que se encuentre en la respectiva Region; Que, en el expediente materia de la presente Resolucion obra la solicitud formulada por ANDES GENERATING

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