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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2012 466300 promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009- 2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Rafael Tapia Medina, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 17 al 22 de mayo de 2012, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción de la marca país, en el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 220,00 x 5 días) : US$ 1 100,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 568,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Rafael Tapia Medina, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 789155-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal del Ejército a EE.UU. para recibir tratamiento médico altamente especializado y en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 194-2012-DE/ Lima, 16 de mayo de 2012 Visto, la Hoja de Recomendación N° 007 Y-6.1/15.00/ COSALE del 11 de mayo de 2012, del Comando de Salud del Ejército; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Comandante General del Comando de Salud del Ejército, recomienda la evacuación del Sub Ofi cial 3ra EP Eddy Gustavo RIVEROS HUAMANI y del Sub Ofi cial 3ra EP Eleaquin MARCELO CÁRDENAS al BASCOM MIAMI PALMER EYE INSTITUTE, ciudad de MIAMI - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a fi n de recibir tratamiento Médico Altamente Especializado, por un período de treinta (30) días a partir del 17 de mayo de 2012; Que, el Sub Ofi cial 3ra EP Eddy Gustavo RIVEROS HUAMANI, según Acta de Junta Intersanidades del 07 de mayo de 2012, presenta el diagnóstico: OJO DERECHO: Traumatismo ocular a globo abierto suturada, desprendimiento coroideo 360° hemorrágico, cuerpo extraño intraoculares múltiples, pre-ptisis bulbi, OJO IZQUIERDO: Traumatismo ocular a globo abierto suturado, cuerpo extraño intraocular PLAN: Ecografía de control ojo izquierdo, vitrectomía posterior y extracción de cuerpo extraño intraocular de ojo izquierdo, como consecuencia de explosión de mina con impacto de múltiples fragmentos por onda expansiva, sufrida en enfrentamiento con delincuentes terroristas el 14 de abril de 2012 según Parte de Operaciones N° 010/S-1/CEC N°2/JCC, del 18 de abril de 2012; Que, el Sub Ofi cial 3ra EP Eleaquin MARCELO CÁRDENAS, según Acta de Junta Intersanidades del 07 de mayo de 2012, presenta el diagnóstico: OJO DERECHO: Traumatismo ocular a globo abierto, afaquia quirúrgica, córnea suturada descompensada, OJO IZQUIERDO: Pre-ptisis bulbi, PLAN: Ecografía de control ojo derecho, colocación de lente de contacto blando terapéutico; como consecuencia de explosión de mina con impacto de múltiples fragmentos por onda expansiva, sufrida en enfrentamiento con delincuentes terroristas el 14 de abril de 2012 según Parte de Operaciones N° 010/S-1/CEC N° 2/JCC, del 18 de abril de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora N° 003 Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Que, el artículo 13° del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, dispone que el Personal Militar del Sector Defensa en Situación de Actividad que contraiga una enfermedad o lesión y no logre su total recuperación por falta de tratamiento especializado en el país, podrá ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal. Se requerirá previamente un peritaje médico así como el informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada respectiva; Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778- 208-DE/SG del 25 de julio de 2008, señala que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, del Sub Ofi cial 3ra EP Eddy Gustavo RIVEROS HUAMANI, identifi cado con DNI N° 43393267 y CIP N° 331160000 y del Sub Ofi cial 3ra EP Eleaquin MARCELO CÁRDENAS, identifi cado con DNI N° 45085174 y CIP N° 331078700, a fi n de ser evacuados al BASCOM MIAMI PALMER EYE INSTITUTE, ciudad de MIAMI - ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, por un período de treinta (30) días en principio, a partir del 17 de mayo al 15 de junio de 2012. Artículo 2°.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicio como médico tratante y como enfermero tratante de los Sub Ofi ciales mencionados en el Artículo 1°, del Doctor MC12 Guillermo Eduardo BARRETO FONG, identifi cado con DNI N° 02811179 y CIP N° 619621700 y del Técnico Jefe EP Jorge Mercedes ESTELA BRIONES, identifi cado con DNI N° 08149911 y CIP N° 307468400 al BASCOM MIAMI PALMER EYE INSTITUTE, ciudad de MIAMI -