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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2012 (17/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2012 466317 M = Número de meses del contrato inicial bajo la modalidad de cargo por capacidad. E1 = Unidades de capacidad canceladas. T = Total de minutos por mes (registrados ex post). cm = Cargo de terminación por minuto. cc = Cargo por capacidad. Pagos fi jos mensuales dejados de percibir por el operador que brinda la Terminación de Llamadas: C c E Pagos Fijos * 1 Pagos mensuales generados bajo la modalidad de cargo por tiempo: m c T Pagos tiempo * Penalidad mensual por Migración anticipada: > @ > @ ° ° ¿ ° ° ¾ ½ ° ° ¯ ° ° ® ­ °° ¿ °° ¾ ½ °° ¯ °° ® ­  !   !  5.0 * * * 0.5 * * * 0.5 : * * 0 * * : 1 1 1 1 m c m c m c m c c T c E M n Si M n c T c E M n Si c T c E Si c T c E Si Penalidad 788434-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Reglamento para la Elaboración y Aprobación de Normas Metrológicas Peruanas RESOLUCIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE METROLOGÍA N° 002-2012/SNM-INDECOPI Lima, 10 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, se modifi caron las funciones de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales dando lugar a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, sustrayéndose las funciones de acreditación y de metrología; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 45º y a la Quinta Disposición complementaria del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, corresponde al Servicio Nacional de Metrología, establecer y aprobar las Normas de Metrología Legal así como absolver las consultas que se le formulen sobre el Sistema Legal de Unidades de Medida del Perú, manteniendo para ello autonomía técnica, funcional y administrativa; Que, mediante acuerdo Nº 054-2009 del 27 de mayo del 2009, el Consejo Directivo del INDECOPI aprobó el “Procedimiento para la Elaboración y Aprobación de Normas Metrológicas Peruanas” propuesto por el Servicio Nacional de Metrología, disponiendo su difusión en el portal institucional; Que, sobre la base del referido procedimiento, la elaboración y aprobación de Normas Metrológicas Peruanas se ha venido realizando bajo los parámetros del Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, acuerdo que fue incorporado a nuestra legislación mediante Resolución Legislativa 26407; Que, es necesario aprobar dicho procedimiento como una reglamentación del Servicio Nacional de Metrología y proceder a su publicación en el diario ofi cial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo 1-2009/JUS; Estando a las facultades conferidas por el Decreto Legislativo 1033, la Ley 23560 y sus normas reglamentarias. RESUELVE: Aprobar el Reglamento para la Elaboración y Aprobación de Normas Metrológicas Peruanas. Regístrese y publíquese. JOSE DAJES CASTRO Jefe del Servicio Nacional de Metrología REGLAMENTO PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE NORMAS METROLÓGICAS PERUANAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°- El presente procedimiento tiene como objetivo establecer las etapas y pasos que deberán cumplirse para realizar la función de elaboración y aprobación de Normas Metrológicas Peruanas de carácter obligatorio. Artículo 2º.-La aprobación de las Normas Peruanas de Metrología Legal es de competencia exclusiva del Servicio Nacional de Metrología del INDECOPI, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 45º y la Quinta Disposición complementaria de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033. Artículo 3°.- Los documentos normativos que emite el Servicio Nacional de Metrología son los siguientes: - Normas Metrológicas Peruanas de carácter obligatorio. - Enmiendas. - Anulación o suspensión de normas metrológicas. Artículo 4°.- Corresponde al Servicio Nacional de Metrología la interpretación de las Normas Metrológicas Peruanas, así como precisar el alcance de las mismas para fi nes de su aplicación. CAPÍTULO II DEFINICIONES Artículo 5°.- Para los propósitos de este Reglamento son de aplicación las defi niciones contenidas en la Guía Peruana GP - ISO/IEC 002 y adicionalmente las siguientes: Norma Metrológica Peruana (NMP) es el documento aprobado por el Servicio Nacional de Metrología de carácter obligatorio que establece las características técnicas, metrológicas y los métodos de ensayo de los medios de medición utilizados en transacciones comerciales, salud pública y otras que por su importancia determine el Servicio. Asimismo, son también Normas Metrológicas Peruanas de carácter obligatorio, aquellas que se refi eren a la información metrológica que deben tener los envases y a las tolerancias del contenido neto de los productos envasados.