Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2012 (17/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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trafico ilicito de migrantes, asi como sus factores de riesgo, sea considerando entre otras: investigacion, capacitacion, informacion y difusion; Que, el articulo 15º del Decreto Supremo N° 007-2008IN, Reglamento de la Ley Contra la Trata de Personas y el Trafico Ilicito de Migrantes, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo promovera el desarrollo de estrategias para la prevencion de los delitos de trata de personas, en aspectos como la capacitacion a los funcionarios y servidores para la orientacion e identificacion de casos de trata de personas y trafico ilicito de migrantes; asesoramiento y charlas informativas a la poblacion laboral; supervision de centros de trabajo, domicilios, agencias de colocacion de empleos y otros que MORDAZA sus veces conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 28806, Ley General de Inspeccion del Trabajo; orientacion a la poblacion vulnerable que participa en los programas de capacitacion e insercion laboral, sobre los riesgos de los delitos de trata de personas; Que, la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, establece en su articulo 5º que corresponde al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo formular, evaluar, supervisar la politica de empleo, formacion profesional, capacitacion para el trabajo y reconversion laboral que se orienta a garantizar la igualdad de oportunidades especialmente de grupos vulnerables como los jovenes, los discapacitados y mujeres que trabajan; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, senala en su articulo 70º, inciso c), que la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo, tiene entre sus funciones las de aprobar lineamientos tecnicos, directivas, mecanismos y procedimientos en materia de intermediacion laboral publica y privada; Que, en ese sentido resulta necesario contar con la herramienta tecnica normativa que brinde a los consultores de empleo las pautas para orientar a los buscadores de empleo y poblacion en general, respecto a la prevencion

de los casos de trabajo forzoso incluida la modalidad de trata de personas con fines de explotacion laboral en las ofertas de empleo; Con las visaciones del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, del Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Directora General del Servicio Nacional del Empleo, y de los Jefes de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el articulo 70º del Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Directiva General Nº 003-2012MTPE/3/18 "Pautas para la prevencion del trabajo forzoso incluida la modalidad de trata de personas con fines de explotacion laboral en las ofertas de empleo", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- La presente Resolucion Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www.trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha accion la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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