TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2012 466302 y c) Sigma S.A. Contratistas Generales, suscribieron el Contrato Nº 003-2008-MEM/DGER para la ejecución de la obra: “Sistema Eléctrico Rural Santa Cruz – Chota – Bambamarca II y III Etapa”, ubicado en las provincias de Chota, Hualgayoc, y Cajamarca, en el departamento de Cajamarca, por un monto de S/. 48 385 528,92 (Cuarenta y Ocho Millones Trescientos Ochenta y Cinco Mil Quinientos Veintiocho con 92/100) nuevos soles, incluido impuestos y un plazo de ejecución de 420 (cuatrocientos veinte) días calendario; Que, con fecha 27 de noviembre de 2009, previa Adjudicación Directa Selectiva Nº ADS-0004-2009-MEM/ DGER, la DGER y el contratista Proyectos Andinos S.A.C. –PROANSA S.A.C., suscribieron el Contrato Nº 044-2009- MEM/DGER para la ejecución de la obra: “Electrifi cación del Centro Poblado La Viña del distrito de Nueva Arica”, ubicado en la provincia de Chiclayo, en el departamento de Lambayeque, por un monto de S/. 520 777,88 (Quinientos Veinte Mil Setecientos Setenta y Siete con 88/100) nuevos soles, incluido impuestos y un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días calendario; Que, mediante Resolución Directoral Nº 295-2011- EM/DGER de fecha 28 de diciembre de 2011 se aprobó la Liquidación Final del Proyecto “Electrifi cación del Centro Poblado La Viña del distrito de Nueva Arica”, ubicado en la provincia de Chiclayo, en el departamento de Lambayeque, que estableció un monto fi nal a la fecha de transferencia de S/. 717 589,30 (Setecientos Diecisiete Mil Quinientos Ochenta y Nueve con 30/100) nuevos soles, incluido impuestos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 005-2012- EM/DGER de fecha 05 de enero de 2012 se aprobó la Liquidación Final del Proyecto “Sistema Eléctrico Rural Santa Cruz – Chota – Bambamarca II y III Etapa”, ubicado en las provincias de Chota, Hualgayoc y Cajamarca, en el departamento de Cajamarca, que estableció un monto fi nal a la fecha de transferencia de S/. 65 567 394,92 (Sesenta y Cinco Millones Quinientos Sesenta y Siete Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 92/100) nuevos soles, incluido impuestos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas a través de la DEP (hoy DGER), es el organismo competente en materia de electrificación rural; Que, del mismo modo el artículo 18º de la Ley 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, concordante con el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o en su defecto a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, mediante los Informes Nº 026-2012-MEM/ DGER/DPR-JER, de fecha 13 de marzo de 2012, y Nº 029-2012-MEM/DGER/DPR-JER, de fecha 16 de marzo de 2012 el Especialista en Liquidaciones y Transferencias de la Jefatura de Energías Renovables de la Dirección de Proyectos de la DGER, señala que la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER que conforman los proyectos señalados en los considerandos precedentes, se realizarán a título gratuito a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRO NORTE S.A., correspondiendo a cada uno de los proyectos lo siguiente: 1) Electrifi cación del Centro Poblado La Viña del Distrito de Nueva Arica, por la suma de S/. 717 589,30 (Setecientos Diecisiete Mil Quinientos Ochenta y Nueve con 30/100) nuevos soles, incluido impuestos, según el siguiente detalle de gastos: a) Contrato de Ejecución de Obra Nº 044-2009-MEM/ DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 589 075,98 (Quinientos Ochenta y Nueve Mil Setenta y Cinco con 98/100) nuevos soles; b) Contrato de Supervisión de Obra Nº 045-2009-MEM/ DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 56 240,09 (Cincuenta y Seis Mil Doscientos Cuarenta con 09/100) nuevos soles; c) Contrato de Elaboración de Estudios Nº 055-2008-MEM/ DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 64 476,97 (Sesenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Seis con 97/100) nuevos soles y d) Servidumbre, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 7 796,26 (Siete Mil Setecientos Noventa y Seis con 26/100) nuevos soles; 2) Sistema Eléctrico Rural Santa Cruz – Chota – Bambamarca II y III Etapa, por la suma de S/. 65 567 394,92 (Sesenta y Cinco Millones Quinientos Sesenta y Siete Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 92/100) nuevos soles, incluido impuestos, según el siguiente detalle de gastos: a) Contrato de Ejecución de Obra Nº 003-2008-MEM/DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 57 540 501,60 (Cincuenta y Siete Millones Quinientos Cuarenta Mil Quinientos Uno con 60/100) nuevos soles; b) Suministros DGER/MEM, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 4 948 157,77 (Cuatro Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Cincuenta y Siete con 77/100) nuevos soles; c) Contrato de Supervisión de Obra Nº 022-2008-MEM/ DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 2 373 742,58 (Dos Millones Trescientos Setenta y Tres Mil Setecientos Cuarenta y Dos con 58/100) nuevos soles; d) Servidumbre, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 546 324,18 (Quinientos Cuarenta y Seis Mil Trescientos Veinticuatro con 18/100) nuevos soles; e) Contrato de Elaboración de Estudios Nº 097-087-EM/ DEP, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 158 667,71 (Ciento Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 71/100) nuevos soles y f) Transferencia de Camioneta, marca Toyota, modelo Hi Lux 4x4, año 2000, doble cabina, color gris metálico, número de serie JTFDE626X00049821, número de motor 3L4999752, placa Nº PIG-405, por la suma de S/. 1.08 nuevos soles, montos que incluyen impuestos; Que, mediante los Memorándum Nº 145-2012- MEM/DGER/DPR, de fecha 13 de marzo de 2012, y el Memorándum Nº 160-2012-MEM/DGER/DPR, de fecha 20 de marzo de 2012 el Director de Proyectos solicitó a la Jefatura de Administración y Finanzas efectúe la conciliación contable correspondiente, las mismas que se realizaron el 14 y 22 de marzo de 2012, según lo informado en los Memorándum Nº 126-2012-MEM/ DGER-JAF y el Memorándum Nº 146-2012-MEM/DGER- JAF; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 042-2011-EM; la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, sus normas modifi catorias, y la Directiva Nº 005-2008-EM/ DGER – Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM; Con la opinión favorable del Director de Proyectos, del Director General de Electrifi cación Rural y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el proyecto “Electrificación del Centro Poblado La Viña del distrito de Nueva Arica”, ubicado en la provincia de Chiclayo, en el departamento de Lambayeque financiado por la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRO NORTE S.A. Artículo 2º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el proyecto “Sistema Eléctrico Rural Santa Cruz – Chota – Bambamarca II y III Etapa”, ubicado en las provincias de Chota, Hualgayoc y Cajamarca, en el departamento de Cajamarca fi nanciado por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRO NORTE S.A. Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte