Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2012 (17/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2012

Que, se ha verificado que la autorizacion del senor MORDAZA YSAIAS MORDAZA MORDAZA, otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 509-2008-MTC/03 del 26 de agosto de 2008, cumple con las condiciones para que opere la transferencia, establecidas en el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley N° 28278, y, que la adquirente, la ASOCIACION CULTURAL BETHEL y sus asociados, no se encuentran incursos en las causales previstas en el articulo 23º de la citada Ley y no se encuentran comprendidos en los impedimentos establecidos en el articulo 25° del Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, de acuerdo a sus declaraciones juradas presentadas. Asimismo, se ha verificado que el transferente no tiene deudas con este Ministerio y que se ha cumplido con los requisitos previstos en el articulo 74° del acotado Reglamento; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0624-2012-MTC/28 opina que es procedente aprobar la transferencia de autorizacion presentada por el senor MORDAZA YSAIAS MORDAZA MORDAZA a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, y que por lo tanto, debe procederse a expedir la Resolucion Viceministerial que asi lo declare y reconozca a esta MORDAZA, como nueva titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 509-2008-MTC/03; asumiendo, los derechos y obligaciones derivados de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion que le fuera otorgada al senor MORDAZA YSAIAS MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial Nº 509-2008-MTC/03 a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionado a dicha autorizacion. Articulo 2º.- Reconocer a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 509-2008-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo este todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extenderle la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

Visto el Expediente Nº 087-2012/SBN-SDAPE, relacionado al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 338 250,00 m², ubicado a la altura del Km. 9 de la Carretera Panamericana - Ilo; margen derecha hacia Ilo, distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales­ y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 338 250,00 m², ubicado a la altura del Km. 9 de la Carretera Panamericana ­ Ilo; margen derecha hacia Ilo, en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, efectuada la consulta pertinente, la MORDAZA Registral Nº XIII ­ Sede Tacna, informo sobre la base del Informe Tecnico Nº 0272-2011-SUNARP-Z.R.NºIX-OC del 15 de diciembre de 2011, que el terreno materia de consulta, se ubica en ambito del cual en la base grafica parcial del Mosaico de Predios, se encuentra sobre ambito que no se puede determinar los antecedentes registrales; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica a cargo de profesionales de esta Superintendencia, se verifico que el terreno submateria es de naturaleza eriaza, de forma irregular, de topografia ondulada, de suelo superficial arcilloso y con presencia de ceniza volcanica. Asimismo, se encontro que aproximadamente un 33% se ocupado por terceros y cercado parte del perimetro con material provisional (palos y tela de rafia); Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; por lo que, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 338 250,00 m², materia de la presente Resolucion, de conformidad con el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la SBN, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0057-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de MORDAZA de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 338 250,00 m², ubicado a la altura del Km. 9 de la Carretera Panamericana - Ilo; margen derecha hacia Ilo, distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; de acuerdo a los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion.

788436-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen la primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 073-2012/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2012

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