Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2012 (17/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

466313

(vii) Llamadas que terminan en la red del servicio de telefonia fija de TELEFONICA via el servicio de transporte conmutado local de TELMEX. (viii) Cualquier otro escenario de llamada cuya tarifa final sea establecida por TELMEX y que derive en la provision por parte de TELEFONICA de la originacion/ terminacion de llamada en su red fija. Todo trafico referido anteriormente que no pueda ser cursado a traves de los enlaces referidos por TELMEX en su solicitud, y en la cual se brinde la prestacion de terminacion de llamada en la red de TELEFONICA, derivara en la liquidacion de dicha prestacion bajo la modalidad de cargo por minuto. La definicion de los escenarios de llamada a los que es aplicable el cargo por capacidad corresponde exclusivamente a TELMEX y, por tanto, estos pueden ser variados a su solicitud. 4. Escenarios de llamada a los que es aplicable el cargo por capacidad de TELMEX Los escenarios de comunicacion sujetos a la liquidacion de cargos por capacidad seran los siguientes: (i) Llamadas locales originadas en la red del servicio de telefonia fija de TELEFONICA con destino a la red del servicio de telefonia fija de TELMEX. (ii) Las llamadas de larga distancia nacional de TELEFONICA con destino a la red del servicio de telefonia fija de TELMEX. (iii) Las llamadas de larga distancia nacional de TELEFONICA que se originen en la red del servicio de telefonia fija de TELMEX. (iv) Llamadas de larga distancia nacional de TELEFONICA con originacion y terminacion en la red del servicio de telefonia fija de TELMEX. (v) Llamadas con origen en una red internacional que via el servicio portador de larga distancia de TELEFONICA termina en la red del servicio de telefonia fija local de TELMEX. (vi) Llamadas de larga distancia internacional de TELEFONICA con originacion en la red del servicio de telefonia fija de TELMEX. (vii) Llamadas que terminan en la red del servicio de telefonia fija de TELMEX via el servicio de transporte conmutado local de TELEFONICA. (viii) Cualquier otro escenario de llamada cuya tarifa final sea establecida por TELEFONICA y que derive en la provision por parte de TELMEX de la originacion/ terminacion de llamada en su red fija. Todo trafico referido anteriormente que no pueda ser cursado a traves de los enlaces referidos por TELEFONICA en su solicitud, y en la cual se brinde la prestacion de terminacion de llamada en la red de TELMEX, derivara en la liquidacion de dicha prestacion bajo la modalidad de cargo por minuto. La definicion de los escenarios de llamada a los que es aplicable el cargo por capacidad corresponde exclusivamente a TELEFONICA y, por tanto, estos pueden ser variados a su solicitud. 5. Liquidacion y pago del cargo por capacidad El pago del cargo por capacidad sera de periodicidad mensual y retribuira el trafico correspondiente al periodo que se inicia a las 00h00'00" del primer dia del mes materia de liquidacion y concluye a las 23h59'59" del ultimo dia del mes materia de liquidacion. Excepcionalmente, para el caso del primer periodo de liquidacion, el pago del cargo por capacidad retribuira el trafico correspondiente al periodo que se inicia a las 00h00'00" del dia siguiente de finalizado el plazo para ejecutar la migracion y concluye a las 23h59'59" del ultimo dia del mes materia de liquidacion. En este caso, TELMEX o TELEFONICA solo debera pagar la proporcion del cargo mensual por capacidad en funcion a la cantidad de dias del primer periodo de liquidacion durante los cuales se aplico el cargo por capacidad, respecto del total de dias que tuvo dicho periodo de liquidacion. Una vez finalizado el periodo de liquidacion, TELEFONICA y TELMEX procederan, de ser el caso, a emitir las facturas correspondientes dentro de los diez (10) dias calendario siguientes. TELMEX y TELEFONICA debera cancelar las facturas emitidas dentro de los cinco

(5) dias calendario contados a partir de la recepcion de la misma. 6. Periodo minimo de permanencia TELMEX y TELEFONICA estan obligadas a mantener la modalidad de cargo por capacidad respecto de los enlaces de interconexion para los que fue solicitada por un periodo minimo de doce (12) meses. En caso contrario, debera comunicarlo por escrito a TELEFONICA y TELMEX respectivamente, con una anticipacion de treinta (30) dias calendario y resultara de aplicacion una penalidad cuyo calculo se realizara de acuerdo a la metodologia senalada en el Anexo 3.

ANEXO 3 DETERMINACION DE LAS PENALIDADES POR CANCELACION DE LA MODALIDAD DE CARGO POR CAPACIDAD O MIGRACION A LA MODALIDAD DE CARGO POR MINUTO
1. PENALIDAD POR CANCELACION ANTICIPADA Se establecera como penalidad una fraccion de valor correspondiente al total de las cuotas fijas asociadas a las unidades de capacidad que se dejaran de pagar. Dicha proporcion correspondera a la fraccion del tiempo que faltaba cumplirse para la finalizacion del contrato firmado en la modalidad de cargo por capacidad, hasta por un MORDAZA del 50%. A manera de ejemplo, considerese lo siguiente: n M = = Numero de meses que faltaban para la culminacion del contrato bajo la modalidad de cargo por capacidad. Numero de meses del contrato inicial bajo la modalidad de cargo por capacidad. Unidades de capacidad canceladas. Cargo por capacidad.

E1 = cc =

Pagos fijos totales dejados de percibir por el operador que brinda la Terminacion de Llamadas:

Pagos Fijos

E1 * cC * n

Penalidad por cancelacion anticipada:

Penalidad :

n M n Si M Si

0.5 0.5

E1 * cc * n *

n M

E1 * cc * n * 0.5

2. PENALIDAD POR MIGRACION ANTICIPADA Paso de la modalidad de cargo por capacidad a cargo por minuto Se debera registrar la diferencia entre el total de las cuotas fijas asociadas a las unidades de capacidad migradas y la facturacion mensual por tiempo del trafico cursado por dichas unidades. Sobre la base de dicha informacion, se considerara como penalidad una proporcion de dicha diferencia, la cual correspondera a la fraccion del tiempo que faltaba cumplirse para la finalizacion del contrato firmado en la modalidad de cargo por capacidad, hasta por un MORDAZA del 50%. Dichas indemnizaciones se realizaran de manera mensual hasta la finalizacion del plazo minimo de vigencia del contrato por capacidad. Para aquellos meses en los cuales la facturacion por minuto supere el valor del pago fijo que habria sido aplicado en la modalidad por capacidad no se contabilizara ninguna indemnizacion. A manera de ejemplo, considerese lo siguiente:

n M

= =

Numero de meses que faltaban para la culminacion del contrato bajo la modalidad de cargo por capacidad. Numero de meses del contrato inicial bajo la modalidad de cargo por capacidad.

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