Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2012 (18/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2012

Que, mediante Memorando Nº 110-2012-DGPCVMPCIC/MC del 16 de marzo de 2012, la Direccion General de Patrimonio Cultural solicita a Secretaria General que disponga que la Oficina General de Asesoria Juridica evalue el pedido de rectificacion y se continue con el tramite correspondiente; Que, por medio del Informe Nº 248-2012-OGAJ-SG/ MC, de fecha 11 de MORDAZA de 2012, la Oficina General de Asesoria Juridica concluye que se ha incurrido en error material al haber indicado en la Resolucion Directoral Nacional Nº 499/INC, la ubicacion de la comunidad MORDAZA de "Queros" en la provincia de MORDAZA, region de MORDAZA de MORDAZA cuando corresponde en el distrito de Kosnipata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco; asimismo, recomienda emitir la Resolucion Viceministerial que rectifique el error incurrido; Que, el Articulo 201º de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: "201.1 los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision" y "201.2 La rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original"; Que, en virtud a lo senalado, se debe tener en cuenta que la comunidad de MORDAZA MORDAZA de Huacaria colinda con la comunidad MORDAZA de Queros, encontrandose MORDAZA ubicadas en el distrito de Kosnipata, provincia de Paucartambo, departamento del Cusco; Que, de conformidad con la normativa senalada corresponde se emita la Resolucion que rectifique el error material incurrido con efecto retroactivo y se modifique el noveno considerando; Estando a lo visado por la Directora de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo, la Directoral General de la Direccion General de Patrimonio Cultural y la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, que aprueba la fusion por absorcion del Instituto Nacional de Cultura con el Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo Nº 0012011-MC que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el noveno considerando de la Resolucion Directoral Nacional N°499/INC, de fecha 11 de marzo de 2010, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: "Que, existen solo dos comunidades nativas Huachipaire: la comunidad de MORDAZA MORDAZA de Huacaria y la comunidad MORDAZA de Queros, MORDAZA ubicadas en el distrito de Kosnipata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco. Los Huachipaire, tambien denominados Huachiperi, son habitantes milenarios de esta MORDAZA, han realizado intercambios comerciales con los incas, quienes los denominaban Opatari, tambien han entablado relaciones con otros pueblos cercanos como los Machiguengas y los Amarakaeri. Actualmente, segun el II Censo de Comunidades Indigenas de la Amazonia Peruana realizado por el INEI en 2007, su poblacion consta de 392 personas y sus principales actividades economicas son la recoleccion, la pesca y la horticultura". Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VARON GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
789035-1

DEFENSA
Dan por concluidas funciones de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
RESOLUCION SUPREMA Nº 195-2012-DE

MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 167 de la Constitucion Politica del Peru determina que el Presidente de la Republica es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas; Que, el inciso i) del articulo 44 de la Ley Nº 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29219, establece como causal de pase a la situacion militar de retiro, el cese en el cargo de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o de Comandante General de cada una de las Instituciones Armadas; Que, el articulo 53 de la precitada Ley, modificado por la Ley Nº 29219, precisa que el Oficial que, en el desempeno del cargo de Comandante General o Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, cesa en sus funciones MORDAZA de cumplir los treinta y ocho (38) anos de servicios previstos, pasa a la situacion de retiro, reconociendosele la totalidad de anos de servicios indicada; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 584-2010-DE de fecha 6 de diciembre del 2010, se nombro al General de Division MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluidas las funciones del General de Ejercito MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, al 18 de MORDAZA del 2012, y pasarlo a la situacion militar de retiro reconociendosele treinta y ocho anos de servicios, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa
789961-1

Nombran Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
RESOLUCION SUPREMA Nº 196-2012-DE

MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 167 de la Constitucion Politica del Peru determina que el Presidente de la Republica es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 2 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, el Presidente de la Republica, mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector, nombra entre otros, al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, segun lo dispuesto por el articulo 13 de la Ley Nº 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio

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