Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2012 (18/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2012

adecuado ejercicio de las potestades propias de la administracion durante el procedimiento. En efecto, el debido MORDAZA, segun lo ha establecido la doctrina en forma consolidada, es "un derecho fundamental de caracter instrumental que se encuentra conformado por un conjunto de derechos esenciales (como el derecho de defensa, el derecho a probar, entre otros) que impiden que la MORDAZA y los derechos individuales sucumban ante la ausencia o insuficiencia de un MORDAZA o procedimiento, o se vean afectados por cualquier sujeto de derecho (incluyendo al Estado) que pretenda hacer uso abusivo de estos" 4. Esto se corrobora con lo resuelto por el Tribunal Constitucional del Peru, en adelante el TC5, del modo siguiente: " (...) el derecho al debido MORDAZA, reconocido en el inciso 3 del articulo 139 de la Constitucion, es un derecho cuyo ambito de irradiacion no MORDAZA exclusivamente el MORDAZA judicial, sino que se proyecta, con las exigencias de su respeto y proteccion, sobre todo organo, publico o privado, que ejerza funciones formal o materialmente jurisdiccionales. Asi, por ejemplo, hemos subrayado que su respeto y proteccion, ademas del ambito estrictamente judicial, debe observarse en todos los procesos o procedimientos en los que se diluciden los derechos e intereses de las personas, MORDAZA estas personas juridicas de derecho privado, organos y tribunales administrativos, Tribunal Constitucional, MORDAZA Nacional de Elecciones, Consejo Nacional de la Magistratura, Congreso de la Republica (en materia de juicio politico y antejuicio constitucional), tribunales arbitrales, etc". Por citar un ejemplo adicional, en la STC 42892004-AA/TC6, este Colegiado sostuvo con relacion a la extension del debido MORDAZA lo siguiente: "El debido MORDAZA y los derechos que conforman su contenido esencial estan garantizados no solo en el seno de un MORDAZA judicial, sino tambien en el ambito del procedimiento administrativo. El debido procedimiento administrativo supone, en toda circunstancia, el respeto ­por parte de la administracion publica o privada­ de todos los principios y derechos normalmente protegidos en el ambito de la jurisdiccion comun o especializada, a los cuales se refiere el articulo 139° de la Constitucion." (Resaltado agregado) 7. Ahora bien, con la finalidad de detallar el contenido del debido procedimiento administrativo, es necesario desarrollar el contenido del derecho al debido MORDAZA, para lo cual debe senalarse que el MORDAZA interprete de la Constitucion7, en reiterada jurisprudencia se ha pronunciado al respecto, de la forma siguiente: "Hemos senalado, igualmente, que dicho derecho comprende, a su vez, diversos derechos fundamentales de orden procesal y que, en ese sentido, se trata de un derecho, por asi decirlo, "continente". En efecto, su contenido constitucionalmente protegido comprende una serie de garantias, formales y materiales, de muy distinta naturaleza, que en conjunto garantizan que el procedimiento o MORDAZA en el cual se encuentre inmerso una persona, se realice y concluya con el necesario respeto y proteccion de todos los derechos que en el puedan encontrarse comprendidos. Sin embargo, esta vocacion expansiva del derecho al debido MORDAZA no significa que todos los derechos que lo conforman se extiendan, tout court, a todos los procesos o procedimientos a los que MORDAZA se ha hecho referencia. Existen determinados derechos que pertenecen al debido MORDAZA, por ejemplo, que no necesariamente forman parte del debido MORDAZA en los procedimientos ante personas juridicas de derecho privado, como puede ser el caso de la pluralidad de la instancia. Incluso en un mismo ambito, como puede ser el debido MORDAZA judicial, los derechos que lo conforman varian, segun se trate de un MORDAZA penal o de uno civil. Si en el primero, un derecho que integra el debido MORDAZA es el derecho a que no se aplique la ley penal por analogia; en cambio,

no sucede lo mismo en el MORDAZA civil, donde el juez no puede excusarse de poner fin a la controversia so pretexto de la inexistencia de una MORDAZA juridica positiva". 8. Acorde a ello y de conformidad con lo senalado por la doctrina8, asi como con la jurisprudencia del TC9, el conjunto de derechos que integran el "derecho continente" denominado derecho al debido MORDAZA, son, entre otros, los siguientes: (i) Derecho a la presuncion de inocencia. (ii) Derecho a la informacion del estado del proceso. (iii) Derecho a la defensa. (iv) Derecho a un MORDAZA publico. (v) Derecho a la MORDAZA probatoria. (vi) Derecho a la debida motivacion de las sentencias o resoluciones. (vii) Derecho a la cosa juzgada. (viii) Derecho a la tutela jurisdiccional10. 9. En el ambito del procedimiento administrativo, como ya se senalo en el numeral 2 de la presente resolucion, el numeral 1.2 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, dispone que el debido procedimiento administrativo comprende el derecho de los administrados a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas, y a obtener una decision motivada y fundada en derecho. 10. Se advierte entonces que el MORDAZA del debido procedimiento, en realidad configura no solo un MORDAZA inherente a todo procedimiento administrativo, sino que se trata de un derecho de los administrados que engloba a su vez hasta tres derechos, los cuales se individualizan de la siguiente forma: (i) Derecho a exponer sus argumentos. (ii) Derecho a ofrecer y producir pruebas. (iii) Derecho a obtener una decision motivada y fundada en derecho. 11. Cada uno de estos derechos tambien han sido desagregados por la doctrina11 en varios otros derechos

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MORDAZA MORDAZA, Reynaldo. "El derecho a probar como elemento esencial de un MORDAZA justo". MORDAZA, ARA Editores, 2001. p. 47-48. Sentencia recaida en el Expediente Nº 07289-2005-AA. Fundamento Cuarto. Otro ejemplo de ello lo podemos encontrar en la STC 003-2004-AI/TC, en la que el Tribunal sostiene: "Es doctrina consolidada de este Colegiado que el derecho reconocido en el inciso 3) del articulo 139° de la Constitucion no solo tiene una dimension, por asi decirlo, "judicial", sino que se extiende tambien a sede "administrativa". En efecto, el debido MORDAZA esta concebido como el cumplimiento de todas las garantias, requisitos y normas de orden publico que deben observarse en las instancias procesales de todos los procedimientos, incluidos los administrativos, a fin de que las personas esten en condiciones de defender adecuadamente sus derechos ante cualquier acto del Estado que pueda afectarlos." Sentencia recaida en el Expediente Nº 07289-2005-AA. Fundamento Quinto. Vease: MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, "Derecho fundamental al debido MORDAZA y a la tutela jurisdiccional." En DIKE MORDAZA de Informacion y Opinion Legal de la Pontificia Universidad Catolica del Peru. En: Al respecto, el TC se ha pronunciado sobre el derecho al debido procedimiento, entre otras, en las siguientes sentencias: - Sentencia recaida en el Expediente Nº 3075-2006-PA/TC. Fundamento Cuarto. -Sentencia recaida en el Expediente Nº 1014-2007-PHC/TC. Fundamento Sexto. Debe precisarse que el derecho a la tutela jurisdiccional tambien contiene distintos derechos tales como el derecho al juez natural, a la unidad judicial, al caracter judicial ordinario, acceso a la jurisdiccion, derecho a la instancia plural, MORDAZA de igualdad procesal, entre otros. Vease: MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, "¿Cuales son los alcances del derecho al "debido procedimiento administrativo" en la Ley del Procedimiento Administrativo General?" En: Revista Actualidad Juridica. Lima: Gaceta Juridica Editores, 2005.

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