Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2012 (25/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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sistema de impresion iridiscente que produzca color real bajo MORDAZA angulo. El porcentaje adhesivo/holograma tendra una relacion de 50/50 +/- 15%.

6. CARACTERISTICAS DE IMPRESION: · En la parte superior llevara una franja con una sobreimpresion en tinta opticamente variable con la palabra SOAT 2012. Esta franja podra ser termocromatica. La palabra MTC debe estar uniformemente distribuida en todo el holograma. En la parte superior llevara la palabra SOAT. En la parte izquierda contendra la fotografia propietaria en color real de una familia peruana con fondo kaleidoscopico. La parte central llevara el logotipo del MTC. En la parte inferior llevara la impresion 2012 y la palabra MTC con efecto de color fijo y microtexto de seguridad visible a 75X. Llevara efecto de color MORDAZA puro en los textos: "PERU" y "Ministerio de Transportes y Comunicaciones", correspondientes al logotipo del MTC. Contendra una imagen oculta solo visible bajo lector electronico especial.

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Autorizan a Nor Car Peru S.A.C. la modificacion de terminos de autorizacion contenida en la R.D. N° 3483-2010-MTC/15, variando la ubicacion de local
RESOLUCION DIRECTORAL N° 1673-2012-MTC/15 MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios Ns° 027907 y 035723, presentados por la empresa denominada NOR CAR PERU S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3483-2010MTC/15 de fecha 10 de diciembre de 2010, se autorizo a la empresa denominada NOR CAR PERU S.A.C., con RUC N° 20482641238 y domicilio en Jr. MORDAZA MORDAZA N° 174, distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre,

asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III; Que, mediante Parte Diario N° 027907 de fecha 06 de marzo de 2012, La Escuela, solicita la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral N° 3483-2010-MTC/15, cambiando la ubicacion de las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teoricopractica de mecanica, por el ubicado en Jr. Bolognesi N° 237, distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martin; Que, mediante Oficio N°1838-2012-MTC/15.03 de fecha 09 de marzo de 2012, notificado el 13 de marzo de 2012, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, el cual es respondida mediante Parte Diario N° 035723 de fecha 23 de marzo de 2012; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, el literal d) del Art. 53° del reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...d) Ubicacion del (los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, de la solicitud de autorizacion para el cambio de local destinado a las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico- practica de mecanica, presentada por la empresa NOR CAR PERU S.A.C., implica una variacion de uno de los contenidos del art. 53° del reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de local, autorizado mediante Resolucion Directoral N° 3483-2010MTC/15, en ese sentido y considerando lo establecido en el Art. 60° del Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 002-2012-MTC/15.mcr, sobre la inspeccion ocular realizada a a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, concluye que con respecto a la infraestructura y equipamiento, cumple en su totalidad con las condiciones minimas, establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del articulo 43 concordado con el articulo 51° de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe 260-2012MTC/15.03.A.LEGAL.pvc, procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada NOR CAR PERU S.A.C., la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral

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