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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (03/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de noviembre de 2012 477922 de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo con los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, actualmente a cargo de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento acorde con el Decreto Supremo Nº 025- 2006-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 010-2007- VIVIENDA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que será aprobada mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones, y que, el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción suscribieron el Convenio Marco Nº 037- 2009-MTC/20 de Cooperación Interinstitucional, para que en aplicación de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley Nº 27628, la referida Dirección efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por dicho Proyecto Especial, así como los ejecutados por los contratos de concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; Que, dentro de los alcances del Convenio Marco Nº 037-2009-MTC/20 de Cooperación Interinstitucional, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción celebraron el Convenio Específi co Nº 66, de fecha 28 de abril de 2011, para que se efectúe la valuación comercial de cuarenta y dos (42) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Andahuaylas, Tramo: Km. 210+000 al Km. 256+500, localizados entre las progresivas Km. 224+200 y 251+070, distritos de Santa María de Chicmo, Talavera y Andahuaylas, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac; Que, mediante el Ofi cio Nº 297-2012/VIVIENDA- VMCS-DNC, la Dirección Nacional de Construcción remite a la Unidad Gerencial de Estudios de Provías Nacional, cuarenta y dos (42) Informes Técnicos de Tasación conteniendo las valuaciones comerciales de los predios afectados por la ejecución de la citada obra vial; Que, la Unidad Gerencial de Estudios a través del Memorándum Nº 3907-2012-MTC/20.6 y de los Informes Nos. 148 y 352-2012-MTC-20.6.3/DMMA, manifi esta lo siguiente: a) De la revisión efectuada a los expedientes remitidos por la Dirección Nacional de Construcción en cumplimiento del Convenio Específi co Nº 66, veintitrés (23) expedientes cuentan con titulares de los predios que tienen la condición de propietarios con su derecho debidamente registrado, los mismos que han sido afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo: KM. 210+000 al KM. 256+500, ubicados en el distrito de Santa María de Chicmo, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, indicándose la relación de los predios en dicho Informe. b) Asimismo, señala que mediante la Resolución Directoral Nº 036-2009-MTC/16 se aprobó el Informe Final del Estudio de Impacto Ambiental a nivel defi nitivo para el Mejoramiento y Rehabilitación de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo Km. 210+000 - 256+500. Y mediante el Contrato de Ejecución de Obra Nº 069- 2010-MTC/20 y Contrato de Supervisión de Obra Nº 070-2010-MTC/20, se pactaron la ejecución y supervisión de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo Km. 210+000 - Km. 256+500. Que, mediante el Informe Nº 570-2012-MTC/20.3, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de Provías Nacional encuentra procedente la aprobación de las veintitrés (23) valuaciones comerciales cuyos Informes Técnicos de Tasación han sido alcanzados con el Memorándum Nº 3907-2012-MTC/20.6 de la Unidad Gerencial de Estudios; Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado, debe expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con las Leyes Nº 27628 y Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las valuaciones comerciales efectuadas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento contenidas en los Informes Técnicos de Tasación emitidos por dicha dependencia, correspondientes a veintitrés (23) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo: Km. 210+000 al Km. 256+500, ubicados en el distrito de Santa María de Chicmo, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO RELACIÓN DE PREDIOS AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA AYACUCHO - ABANCAY, TRAMO: KM. 210+000 AL KM. 256+500”, UBICADOS EN EL DISTRITO DE SANTA MARÍA DE CHICMO, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC Nº CODIGO DEL PREDIO VALOR COMERCIAL US$ 1 AND C-59 3,910.58 2 AND C-60 4,249.60 3 AND C-61 12,392.98 4 AND C-63 6,686.58 5 AND C-65 3,222.11 6 AND C-66 11,911.25 7 AND C-67 12,678.76 8 AND-132 805.69 9 AND-143 477.10 10 AND-144 593.45 11 AND-145 1,223.94 12 AND-146 908.79 13 AND-325 1,333.57 14 AND-328 853.28 15 AND-336 489.37 16 AND-337 602.79 17 AND-340 512.71 18 AND-341 483.72 19 AND-377 530.95 20 AND-378 3,076.82 21 AND-383 2,687.05 22 AND-392 30,866.72 23 AND-423 4,470.53 861605-1