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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de noviembre de 2012 478435 como herramienta para lograr el desarrollo integral, armónico y sostenible en alianza estratégica entre los gobiernos regionales, locales, la inversión privada y la sociedad civil; Que, el literal 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que son atribuciones del Alcalde “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a la leyes y ordenanzas”; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Por las consideraciones antes expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6 artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento para la tramitación y evaluación de iniciativas privadas en proyectos de inversión presentadas ante la Municipalidad de San Juan de Lurigancho”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Secretaría de Imagen Institucional la publicación del “Reglamento para la tramitación y evaluación de iniciativas privadas en proyectos de inversión presentadas ante la Municipalidad de San Juan de Lurigancho”, en el portal institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 864155-1 Establecen disposiciones para la celebración de Matrimonio Civil Masivo en el Establecimiento Penal Lurigancho DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020 San Juan de Lurigancho, 23 de octubre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 097-2012-SGRRCC-SG/MDSJL, de fecha 18/10/2012 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 097-2012-SGRRCC/SG/ MDSJL la Sub Gerencia de Registro Civil señala que de acuerdo al Plan Operativo 2012 de la indicada Sub Gerencia se tiene programado llevar a cabo el Matrimonio Civil Masivo en el Establecimiento Penal Lurigancho, para el miércoles 21 de noviembre del año 2012, a las 11.00 horas; Que, el Artículo 252º del Código Civil vigente faculta al Alcalde dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248 del mismo cuerpo legal; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su Artículo 38º señala que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldía; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala en su Artículo 42º que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, es objetivo primordial de la actual gestión municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento, protección y formalización como célula básica de la sociedad en armonía con nuestro ordenamiento jurídico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y protección a la familia que el marco jurídico exige, y que en armonía de lo consagrado por el Artículo 4º de nuestra Constitución Política, es obligación del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Por las consideraciones antes expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y el Artículo 248º y 252º del Código Civil vigente; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del Matrimonio Civil Masivo del presente año, la misma que se llevará a cabo el día 21 de noviembre del año 2012, a las 11.00 horas en el Establecimiento Penal Lurigancho (ex San Pedro), ubicado en la Av. El Sol Nº S/N, San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- DISPENSAR la publicación de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Masivo, realizándose una única publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, indicando en forma genérica el día, la hora y el lugar donde se llevará a cabo el Matrimonio Civil Masivo. Artículo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estarán disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en Caja del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRENUPCIAL: Pagar en Caja del Local Central por Examen Médico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el Matrimonio Civil Masivo, son los que a continuación se detallan: A. SOLTEROS 1. Acta de Nacimiento de ambos contrayentes (original actualizada) 2. Certifi cado de Inscripción de RENIEC y certifi cado de Reclusión del contrayente. 3. Copia legalizada de D.N.I. de la contrayente. 4. Copia legalizada del DNI de (02) testigos que no sean familiares. 5. Certifi cado Médico Pre-Nupcial, expedido por la Municipalidad (S/. 60.00). 6. Apertura del Expediente Matrimonial (S/. 40.00). 7. Declaración Jurada de Domicilio de ambos contrayentes. 8. Constancia de NO Inscripción de Matrimonio (Certificado de Soltería) de ambos contrayentes del lugar donde indica su Documento de Identidad (DNI). 9. Se dispensará la publicación en el Diario. B. VIUDO(a) Además de los requisitos del rubro A