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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de noviembre de 2012 478441 en la futura Central Eólica Parque Comandante Noel, presentado por SECHIN EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12866920 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, SECHIN EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2215986 de fecha 24 de julio de 2012, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque Comandante Noel, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de Comandante Noel y Casma, provincia de Casma y departamento de Ancash, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 399-2012-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de SECHIN EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA S.A., que se identifi cará con el código Nº 27322512, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque Comandante Noel, para una capacidad instalada estimada de 120 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Comandante Noel y Casma, provincia de Casma y departamento de Ancash, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE A 793 536,2435 8 945 303,5221 B 797 500,0000 8 940 000,0000 C 800 000,0000 8 936 000,0000 D 800 000,0000 8 933 253,7004 E 792 897,4482 8 933 253,7004 F 790 655,4811 8 936 064,4039 G 790 032,8701 8 936 112,6385 H 789 662,9032 8 942 812,4920 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 862955-1 Otorgan concesión temporal a favor de Vientos de Chepén S.A. para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en futura central eólica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 502-2012-MEM/DM Lima, 31 de octubre de 2012 VISTO: El Expediente Nº 27322812 sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque Guadalupe, presentado por VIENTOS DE CHEPÉN S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12874600 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, VIENTOS DE CHEPÉN S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2217397 de fecha 31 de julio de 2012, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque Guadalupe, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chepén y departamento de La Libertad, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 396-2012-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de VIENTOS DE CHEPÉN S.A., que se identifi cará con el código Nº 27322812, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Parque Guadalupe, para una capacidad instalada estimada de 120 MW, los cuales se realizarán en el distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chepén y departamento de La Libertad, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56):