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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de noviembre de 2012 479006 Que, teniendo en consideración lo expuesto en el considerando precedente, será de aplicación lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV Nº 031-2012-SMV/01, que establece que las solicitudes de inscripción y exclusión de un valor nacional o extranjero que se encuentren en trámite en la SMV a la entrada en vigencia del referido Reglamento, se evaluarán conforme a las normas vigentes a la fecha de su presentación, es decir, según las disposiciones establecidas en el Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución CONASEV Nº 125-1998-EF/94.10; Que, de la revisión efectuada a la documentación presentada por Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., se ha concluido que ésta cumple con lo requerido por la Superintendencia del Mercado de Valores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores aprobadas por Resolución Nº 073-2004-EF-94.10 establecen que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública primaria y secundaria, en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por los artículos 17º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa; el artículo 15º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa y el artículo 16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 079-1997-EF/94.10, vigentes a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción; así como el numeral 6 del artículo 46º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores. RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor de la inscripción de las acciones comunes con derecho a voto de Hudbay Minerals Inc. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir los valores señalados en el artículo anterior, en el Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de Agente Promotor; a la Bolsa de Valores de Lima S.A., y; a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALIX GODOS Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas 863472-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autoriza viaje de trabajadores de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria para participar en la XV Ronda de Negociaciones del TPP en la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 271-2012/SUNAT Lima, 19 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante Facsímil Circular N° 060-2012- MINCETUR/VMCE de fecha 28 de setiembre de 2012, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para participar en la XV Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP, por sus siglas en inglés), que se llevará a cabo en la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, del 3 al 12 de diciembre del 2012; Que el Perú viene abriendo sus mercados a través de la suscripción de Tratados de Libre Comercio con otros países, habiéndose concretado a la fecha acuerdos con Estados Unidos de América, Singapur, Tailandia, Canadá, China, Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA), Corea, Chile, Unión Europea, México, Japón y los países de Centroamérica, encontrándose en proceso las negociaciones con el bloque económico del Asia Pacifi co; asimismo, estos acuerdos incorporan temas que involucran a la Aduana, como entidad encargada del control de ingreso y salida de mercancías al territorio de un país, así como de la regulación de los regímenes aduaneros aplicando el principio de facilitación de comercio exterior; Que el TPP es un bloque comercial que agrupa a Australia, Brunei Darussalam, Chile, Estados Unidos, Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam, que establece medidas de libre comercio en las áreas de bienes y servicios entre sus miembros, así como sobre derechos de propiedad intelectual y cooperación en ciencia y tecnología, el cual se encuentra orientado a convertirse en la base de un futuro Acuerdo de Libre Comercio en el Foro de Cooperación Económica Asia – Pacífi co (APEC, por sus siglas en inglés); Que la SUNAT participa en las distintas mesas de negociación vinculadas a temas aduaneros como son las Reglas de Origen, Aduanas y Acceso a Mercado, a fi n de prestar su colaboración técnica en los temas de su competencia, con el objeto de que se negocien compromisos que puedan ser implementados adecuadamente; Que la participación de la SUNAT hará posible que en la negociación de los temas aduaneros del TPP se plasmen los intereses institucionales de conformidad con las normas, procedimientos y procesos aduaneros aplicados en el Perú, motivo por el que dicha participación se enmarca en el objetivo estratégico establecido por el gobierno de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico y comercial, así como procurar la facilitación del comercio con los países que el Perú ha suscrito acuerdos internacionales; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores en eventos de esta naturaleza, mediante Memorándum N° 381-2012- SUNAT/300000, el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, por recomendación de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, contenida en el Informe N.° 60-2012- SUNAT-3A0000, designó a la señorita Maritza Norma Urrutia Arenas, Profesional III de la División de Seguimiento a Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración, para que participe en la Mesa de Reglas de Origen