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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de noviembre de 2012 479050 Línea de Transmisión Centro Norte Medio en 500 kV” (Línea de Transmisión Eléctrica Zapallal – Trujillo y Subestaciones Asociadas); Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 001-2012- MC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 03 de abril de 2012, en su párrafo fi nal señala que respecto de los actos administrativos, las reglas procedimentales previstas en la referida norma se aplican a las solicitudes que se presenten con posterioridad a su publicación, por lo que la referida norma no se aplica al presente procedimiento; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 404-2012-DGE- DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Consorcio Transmantaro S.A., la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 500 kV S.E. Carabayllo (Zapallal) – S.E. Chimbote Nueva - S.E. Trujillo Nueva y Subestaciones Asociadas, ubicada en los distritos de Buena Vista Alta, Casma, Culebras, Huarmey, Chimbote, Nepeña, Nuevo Chimbote, Barranca, Paramonga, Pativilca, Supe, Huamantanga, Aucallama, Huaral, Huaura, Santa María, Sayán, Végueta, Carabayllo, Chimbote, Laredo, Chao, Virú, El Porvenir, Huanchaco y La Esperanza, provincias de Casma, Huarmey, Santa, Barranca, Canta, Huaral, Huaura, Lima, Trujillo y Virú, departamentos de Lima, Ancash y La Libertad, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida / Llegada de la línea transmisión Tensión (kV) N° de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) SE Carabayllo (Zapallal) – SE Chimbote Nueva - SE Trujillo Nueva SE Trujillo Nueva – SE Trujillo Norte Entrada – Salida SE Chimbote 500 kV 500 220 500 01 02 02 513,92 3,91 8,74 64 25 64 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 409- 2012 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Consorcio Transmantaro S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 04 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 409-2012 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 869152-9 Designan Director General de Gestión Social del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 511-2012-MEM/DM Lima, 19 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 379-2012- MEM/DM de fecha 06 de agosto de 2012, se encargo al señor Fernando Wilder Castillo Torres, funcionario CAS, el despacho del Director General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas; Que, se ha visto por conveniente dar por terminado el encargo señalado en el considerando anterior y designar al Director General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, conforme lo dispone la Ley Nº 27594; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminado, a partir de la fecha, el encargo efectuado en el artículo único de la Resolución Ministerial Nº 379-2012-MEM/DM. Artículo 2.- Designar, al señor Fernando Wilder Castillo Torres, en el cargo de Director General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 868832-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 174-2012-IN Lima, 20 de noviembre de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 26638-2003-2SPRC-LN, de fecha 17 de octubre de 2012, suscrito por el Presidente de la Segunda Sala Especializada Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, mediante el cual hace de conocimiento que en el proceso Nº 1019-2007, el que se tramita en ese Superior Colegiado se ha aperturado proceso contra Franz Solón GARCÍA CÉSPEDES, por el presunto Delito Contra las Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en