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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de noviembre de 2012 479151 Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, Asesoría Jurídica, Riesgos, Estudios Económicos, y la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 - Ley General; por el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; y, por la Resolución SBS Nº 10440-2008; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la organización de la Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa, bajo la denominación social de “Forum Servicios Financieros Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa - Edpyme”, pudiendo denominarse indistintamente “Forum Servicios Financieros - Edpyme”, para lo cual se aprueba el proyecto de Minuta de Constitución Social y Estatuto presentado, el mismo que se devuelve debidamente autenticado con el sello ofi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse en ésta el Certifi cado de Autorización de Organización al que se refi ere el tercer artículo de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento de la empresa Forum Servicios Financieros Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa - Edpyme en Organización, el Organizador Responsable deberá comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el artículo 13º del Reglamento, que se ha implementado lo señalado en los Ofi cios Nº 20961-2012-SBS y Nº 36570- 2012-SBS, y se deberá proceder a: a) Adjuntar copia autenticada por fedatario de la Superintendencia de la Escritura Pública de Constitución Social y Estatuto inscrita en los Registros Públicos; b) Acreditar el capital social comprometido, el cual no debe ser inferior al establecido para Edpymes según el artículo 16º de la Ley General; c) Acreditar que debida y oportunamente se ha efectuado la publicación de que trata el numeral 1º del artículo 23º de la Ley General; d) Implementar su estructura orgánica y remitir un ejemplar del Manual de Organización y Funciones de sus diversas áreas; e) Presentar número de Registro Único de Contribuyentes (RUC). f) Remitir la relación de los nuevos directores, gerentes y funcionarios principales, de ser aplicable, adjuntando respecto a ellos la información señalada en el artículo 7º del Reglamento; g) Remitir copia certifi cada de los poderes que se les hubiera otorgado a los directores, gerentes y funcionarios principales, de ser aplicable; h) Remitir información referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus ofi cinas; así como la cobertura contra los riesgos principales de las nuevas actividades a realizar; i) Establecer las políticas adecuadas y procedimientos generales de control interno y auditoría intema; j) Aprobar las políticas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que la empresa considera brindar, las cuales deberán adecuarse a la naturaleza de la empresa, señalada en el numeral 6º del artículo 282º de la Ley General; k) Describir los sistemas de información, incluyendo un detalle de los equipos y sistemas Informáticos que la empresa considera implementar; l) Cualquier otra información complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que demuestre la capacidad de funcionamiento de la empresa. Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certifi cado de Autorización de Organización, el que deberá ser publicado en el diario ofi cial El Peruano, de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 869249-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Aprueban Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Aldea Infantil “El Rosario” ORDENANZA REGIONAL Nº 144-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 09 días del mes de octubre de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el numeral 2) del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la Autonomía Administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes Instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades; y, el Cuadro de Asignación de Personal – CAP, es el documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF; Que, la Ordenanza Regional Nº 137-2012-GRJ/CR, de 07 de agosto de 2012 aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Aldea Infantil “El Rosario”; y, el Cuadro de Asignación de Personal - CAP vigente de esta institución fue aprobado con Resolución Ejecutiva Regional Nº 131-98-CTAR-RAAC/PE de 24 de marzo de 1998, el mismo que fue formulado teniéndose en cuenta la estructura orgánica del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de dicho año; no habiéndose modifi cado y/o actualizado conforme se hizo con el Reglamento de Organización y Funciones, por lo que se tiene la necesidad de actualizar el CAP de acuerdo al ROF vigente; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, que aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, prescribe que la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal de los Gobiernos Regionales se aprueban mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Informe Legal Nº 818-2012-GRJ/ ORAJ, la Directora de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de la modifi cación del