Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2012 (22/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

479144

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2012

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Longotea, provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION Nº 1055-B-2012-JNE Expediente Nº J-2012-01153 MORDAZA, nueve de noviembre de dos mil doce VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de Longotea, provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, al haberse declarado la vacancia de Lin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del mencionado concejo distrital, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 4 y 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesion extraordinaria, de fecha 11 de MORDAZA de 2012, el Concejo Distrital de Longotea declaro la vacancia del regidor Lin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ausencia de la respectiva jurisdiccion municipal por mas de treinta dias consecutivos, sin autorizacion del concejo municipal e inasistir, sin justificacion, a las sesiones ordinarias de concejo, de fechas 13, 20 y 27 de MORDAZA de 2012. Dicha decision se plasmo en el acuerdo de concejo de fecha 17 de MORDAZA de 2012. CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 2. En el caso concreto, se ha respetado el debido procedimiento y se ha cumplido con notificar la citacion de la sesion extraordinaria y el acuerdo que declara la vacancia del cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Longotea (fojas 12 y 15). Asimismo, no se ha presentado ningun recurso impugnatorio contra el acuerdo de fecha 17 de MORDAZA de 2012 (foja 16). 3. En tal sentido, la ausencia prolongada del regidor Lin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a las sesiones ordinarias del Concejo Distrital de Longotea perjudica el normal desarrollo del concejo municipal, en especial para la toma de decisiones, por lo cual, conforme al articulo 24 de la LOM, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA Mestanza Puitiza, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 18989201, candidata no proclamada del partido politico Partido Aprista Peruano, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA MORDAZA, con motivo de las elecciones regionales, municipales y referendum del ano 2010. Por lo tanto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo la Presidencia del doctor MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo de fecha 17 de MORDAZA de 2012, que declaro la vacancia de Lin MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Longotea, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Lin MORDAZA MORDAZA MORDAZA como

regidor del Concejo Distrital de Longotea, provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, emitida con motivo de las elecciones regionales, municipales y referendum del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Mestanza Puitiza, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 18989201, para que asuma el cargo de regidora de dicho concejo distrital, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgara la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. AYVAR MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 869208-2

Dejan sin efecto la Res. Nº 7382012-JNE y restablecen vigencia de credenciales de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Provincial de Tocache, departamento de San MORDAZA
RESOLUCION Nº 1056-2012-JNE Expediente Nº J-2012-00880 MORDAZA, nueve de noviembre de dos mil doce VISTO el pedido presentado el 9 de noviembre de 2012, por MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA, a efectos de que se deje sin efecto la Resolucion Nº 738-2012-JNE, del 24 de agosto de 2012, que declaro su suspension en el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Tocache, departamento de San Martin. ANTECEDENTES Respecto de las resoluciones emitidas por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones Mediante la Resolucion Nº 738-2012-JNE, del 24 de agosto de 2012, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones declaro fundado en parte el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Estela; en consecuencia, revoco la decision adoptada por la Municipalidad Provincial de Tocache que declaro improcedente la solicitud de vacancia de MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA, alcaldesa de dicha entidad MORDAZA, y reformandola, declaro su suspension. Dicha decision tuvo como sustento el hecho de que la citada autoridad MORDAZA, al momento de resolverse el recurso de apelacion, contaba con sentencia condenatoria emitida en MORDAZA instancia por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, toda vez que, la Sala Mixta Descentralizada de la provincia de Mariscal MORDAZA - Juanjui, con fecha 28 de marzo de 2012, confirmo la sentencia emitida por el Juzgado Penal Liquidador de Tocache, que la sentencio, el 9 de enero de 2012, a dos anos de pena privativa de la MORDAZA, suspendida en su ejecucion por el periodo de un ano, por el delito contra el honor-difamacion agravada. Posteriormente, con fecha 5 de setiembre de 2012, MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA interpuso recurso extraordinario por afectacion al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva. Dicho recurso fue declarado infundado por este organo colegiado, a traves de la Resolucion Nº 0841-2012-JNE, del 20 de setiembre de 2012. Respecto al pedido de MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.