Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2012 (25/11/2012)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de noviembre de 2012

Articulo 33. El acceso a cargos y periodo de gestion El profesor puede acceder a otros cargos de las areas de desempeno laboral por concurso y por un periodo de tres anos. Al termino del periodo de gestion es evaluado para determinar su continuidad en el cargo o su retorno al cargo docente. Los cargos de director de Unidad de Gestion Educativa Local y Director o Jefe de Gestion Pedagogica son evaluados anualmente para determinar su continuidad. Excepcionalmente, dicha evaluacion se puede realizar en periodos menores. El acceso a un cargo no implica ascenso de escala magisterial. Articulo 34. Cargos del Area de Gestion Pedagogica El Area de Gestion Pedagogica incluye, ademas de la docencia en aula, los cargos jerarquicos senalados en el literal a) del articulo 12 de la presente Ley, a los que se puede acceder a partir de la MORDAZA escala magisterial. Articulo 35. Cargos del Area de Gestion Institucional Los cargos del Area de Gestion Institucional son los siguientes: a) Director de Unidad de Gestion Educativa Local Es un cargo de confianza del Director Regional de Educacion, al que se accede por designacion entre los postulantes mejor calificados en el correspondiente concurso. El profesor postulante debe estar ubicado entre la MORDAZA y octava escala magisterial. Director o Jefe de Gestion Pedagogica Son cargos a los que se accede por concurso en las sedes de las Direcciones Regionales de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local. El profesor postulante debe estar ubicado entre la cuarta y octava escala magisterial. Especialista en Educacion Es un cargo al que se accede por concurso para las sedes del Ministerio de Educacion, Direcciones Regionales de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local. El profesor postulante debe estar ubicado entre la tercera y octava escala magisterial. Directivos de institucion educativa Son cargos a los que se accede por concurso. Para postular a una plaza de director o subdirector de instituciones educativas publicas y programas educativos, el profesor debe estar ubicado entre la cuarta y octava escala magisterial.

de este, el subdirector e integrado por el coordinador academico de nivel y un profesor de una especialidad afin al cargo y de una escala magisterial superior a la del postulante. 39.2 El comite de evaluacion de acceso a cargos directivos en la institucion educativa esta presidido por el director de la UGEL e integrado por dos directores titulares de instituciones educativas publicas de la jurisdiccion, un especialista en planificacion y un especialista en educacion del Area de Gestion Pedagogica de la Unidad de Gestion Educativa Local (UGEL) segun modalidad y nivel. 39.3 El comite de evaluacion de acceso al cargo de especialista en educacion en las tres instancias de gestion educativa esta conformado por funcionarios calificados de las respectivas instancias de gestion y presidido por la mas alta autoridad de la unidad a la que postula. TITULO TERCERO DEBERES, DERECHOS, ESTIMULOS, SANCIONES Y TERMINO DE LA MORDAZA CAPITULO VIII DEBERES, DERECHOS Y ESTIMULOS Articulo 40. Deberes Los profesores deben: a) Cumplir en forma eficaz el MORDAZA de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagogicos, las actividades curriculares y las actividades de gestion de la funcion docente, en sus etapas de planificacion, trabajo en aula y evaluacion, de acuerdo al diseno curricular nacional. Orientar al educando con respeto a su MORDAZA, autonomia, identidad, creatividad y participacion; y contribuir con sus padres y la direccion de la institucion educativa a su formacion integral. Evaluar permanentemente este MORDAZA y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados. Respetar los derechos de los estudiantes, asi como los de los padres de familia. Presentarse a las evaluaciones medicas y psicologicas cuando lo requiera la autoridad competente, conforme a los procedimientos que establezca el reglamento. Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. Aportar en la formulacion del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad las tareas que les competan. Participar, cuando MORDAZA seleccionados, en las actividades de formacion en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestion Educativa Local, Direcciones Regionales de Educacion o Ministerio de Educacion. Presentarse a las evaluaciones previstas en la MORDAZA Publica Magisterial y a las que determinen las autoridades de la institucion educativa o las entidades competentes. Ejercer la docencia en MORDAZA con los comportamientos eticos y civicos, sin realizar ningun MORDAZA de discriminacion por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole. Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ambito nacional, y la lengua originaria. Contribuir a la afirmacion y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institucion educativa de la comunidad local y regional. Informar a los padres de familia sobre el desempeno escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagogica, estimulando su compromiso con el MORDAZA de aprendizaje. Cuidar, hacer uso optimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la institucion educativa.

b)

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c) d)

d)

e) f) g)

Articulo 36. Cargos del Area de Formacion Docente El Area de Formacion Docente incluye los cargos senalados en el literal c) del articulo 12 de la presente Ley, a los que se accede por concurso a partir de la tercera escala magisterial. Articulo 37. Cargos del area de innovacion e investigacion El area de innovacion e investigacion incluye los cargos senalados en el literal d) del articulo 12 de la presente Ley, a los que se accede por concurso a partir de la tercera escala magisterial. Articulo 38. Evaluacion del desempeno en el cargo El desempeno del profesor en el cargo es evaluado al termino del periodo de su gestion. La aprobacion de esta evaluacion determina su continuidad en el cargo y la desaprobacion, su retorno al cargo docente. El profesor que no se presenta a la evaluacion de desempeno en el cargo sin causa justificada retorna al cargo docente. Articulo 39. Comites de evaluacion para acceso a cargos 39.1 El comite de evaluacion de acceso a cargos jerarquicos en la institucion educativa esta presidido por el director o, en caso de ausencia

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j) k) l)

m)

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