Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2012 (19/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de octubre de 2012

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban el Reglamento Interno de la Comision Ambiental Municipal - CAM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017
San MORDAZA de Lurigancho, 25 de setiembre de 2012 VISTOS, el Memorandum Nº 1155-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 385-2012-GAJMDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 270-2012-GSC/MDSJL de la Gerencia de Servicios a la Ciudad; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que les senala la ley; Que, el articulo 21º de la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion ambiental, establece que los Gobiernos Locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las politicas, normas y planes nacionales, sectoriales y regionales, en el MORDAZA de los principios de la gestion ambiental; Que, el articulo 45º del Decreto Supremo Nº 0082005-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley MORDAZA mencionada, establece que el Sistema Local de Gestion Ambiental tiene como finalidad desarrollar, implementar, revisar y corregir la politica ambiental local y las normas que regulan su organizacion y funciones en el MORDAZA politico institucional nacional y regional; para guiar la gestion de la calidad ambiental, el aprovechamiento sostenible y conservacion de los recursos naturales y el mayor bienestar de la poblacion; Que, el articulo 46º del mencionado Reglamento dispone que el Gobierno Local es responsable de aprobar e implementar la Politica Ambiental Local en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Organica, debiendo implementar el Sitema Local de Gestion Ambiental en coordinacion con la Comision Ambiental Regional respectiva; Que, el literal 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que son atribuciones del MORDAZA "Dictar decretos y resoluciones de alcaldia, con sujecion a la leyes y ordenanzas"; Que, el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades senala que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, mediante articulo tercero de la Ordenanza Nº 154-2008-MDSJL se aprueba la Creacion de la Comision Ambiental Municipal ­ CAM del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, en la primera disposicion transitoria de la ordenanza MORDAZA mencionada, se establece que la Comision Ambiental Municipal (CAM) tiene la facultad de elaborar el reglamento interno, el cual fue aprobado en Sesion Ordinaria de fecha 03 de agosto de 2012; Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6 articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno de la Comision Ambiental Municipal - CAM del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, de conformidad a lo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 154-2008-MDSJL. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal

como Vice-Presidencia y a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA como Secretaria Tecnica de la Comision Ambiental Municipal-CAM. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente decreto en el Diario Oficial El Peruano y a la Secretaria de Imagen Institucional la publicacion del "Reglamento Interno de la Comision Ambiental Municipal ­ CAM del distrito de San MORDAZA de Lurigancho", en el MORDAZA institucional de la Municipalidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

854731-1

Aprueban la ceremonia del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 00018
San MORDAZA de Lurigancho, 25 de setiembre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 095-2012-SGRRCC-SG/MDSJL, de fecha 24/09/2012 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 095-2012-SGRRCC/SG/ MDSJL la Sub Gerencia de Registro Civil senala que de acuerdo al Plan Operativo 2012 de la indicada Sub Gerencia se tiene programado llevar a cabo el MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario del ano 2012, el dia sabado 15 de diciembre a las 11.00 horas, en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha; Que, el Articulo 252º del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 38º senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de MORDAZA procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia; Que, la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala en su Articulo 42º que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el Articulo 4º de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 248º y 252º del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario del presente ano, la misma que se llevara a cabo el dia 15 de diciembre, a las 11.00 horas en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Cuadra 15 ­ San MORDAZA de Lurigancho.

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