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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2012 474092 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Bolivia, Chile, EE.UU., Ecuador, Paraguay, Brasil y México RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 987-2012-DE/SG Lima, 5 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nos. 687 y 702 del 23 y 27 de agosto de 2012, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia y de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, con Ofi cios G.500-3426 y G.500-3452 del 27 y 29 de agosto de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia y de la República de Chile; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 10 al 13 de setiembre de 2012, a fi n de participar en el I Encuentro Andino sobre Manejo de Amputaciones en el Ámbito Militar, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Coronel Joel Víctor CASTEL Mercado del Estado Plurinacional de Bolivia y al Coronel Erick STROMBACK Cerda de la República de Chile, del 10 al 13 de setiembre de 2012, a fi n que participen en el I Encuentro Andino sobre Manejo de Amputaciones en el Ámbito Militar, a realizarse en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 837781-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 988-2012-DE/SG Lima, 5 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nos. 669 y 670 del 15 de agosto de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, de la República del Ecuador y de la República del Paraguay, sin armas de guerra; Que, con Ofi cios G.500-3037 del 30 de julio de 2012 y G.500-3389 del 24 de agosto de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, de la República del Ecuador y de la República del Paraguay; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 10 al 13 de setiembre de 2012, a fi n de participar en el I Encuentro Andino sobre Manejo de Amputaciones en el Ámbito Militar; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar de los Estados Unidos de América, de la República del Ecuador y de la República del Paraguay detallado a continuación, del 10 al 13 de setiembre de 2012, a fi n que participen en el I Encuentro Andino sobre Manejo de Amputaciones en el Ámbito Militar. Personal Militar de los Estados Unidos de América 1. Coronel Douglas A. LOUGEE 2. Coronel James Robert FICKE 3. Teniente Coronel James SHEEHAN 4. Teniente Coronel Dustin ELDER 5. Capitán de Corbeta Jack TSAO 6. Capitán Bradley Michael RITLAND 7. Capitán Jay PYO Personal Militar de la República del Ecuador 1. Capitán de Corbeta Heber Fabricio VILLACRES Gómez 2. Capitán Pablo Antonio CISNEROS Castro Personal Militar de la República del Paraguay 1. Sub Teniente Fernando Ariel SANABRIA Filartiga Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 837781-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 989-2012-DE/SG Lima, 5 de setiembre de 2012