NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2012 474103 de la Propiedad Informal – COFOPRI, en tanto se designe a su Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo 837836-3 Designan Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad del COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 155-2012-COFOPRI/DE Lima, 6 de septiembre de 2012 VISTO: El Memorándum Nº 483-2012-COFOPRI/TAP de fecha 13 de agosto de 2012, emitido por la Secretaría Técnica del Tribunal Administrativo de la Propiedad; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 803, “Ley de Promoción y Acceso a la Propiedad Formal”, complementado por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, conforme la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, “Ley que establece un Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos”; Que, el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modifi cado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, establece que el Director Ejecutivo, es la máxima autoridad de COFOPRI, quien ejercerá la titularidad del pliego; Que, el artículo 85º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, establece que el Tribunal Administrativo de la Propiedad, es la segunda y última instancia administrativa en materia funcional, integrado por (05) cinco vocales titulares, además de (02) dos vocales suplentes, designado por el Director Ejecutivo, por períodos de (03) tres años consecutivos y renovables; Que, de acuerdo al documento de Visto, mediante Resolución Directoral Nº 143-2009-COFOPRI/DE de fecha 03 de setiembre de 2009, se designó a la señora Flor de María Córdova Beltrán, como Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad - TAP del Organismo de Formalización de la Propiedad – COFOPRI, por un período de tres (03) años, período que vence el 03 de setiembre de 2012, por lo que resulta necesario designar un nuevo Vocal a fi n que integre dicho colegiado; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 27594, “Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos”, establece que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza, no contemplados en el artículo 1º de la precitada Ley; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, el Decreto Legislativo Nº 803, y el Decreto Supremo Nº 025- 2007-VIVIENDA; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, al señor Fabricio Antonio Orozco Vélez, como Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI, por un período de tres (03) años, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Notifi car la presente Resolución a los Órganos Estructurados de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo 837836-4 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la “Encuesta para la Medición de la Línea Base de Indicadores de Prevalencia y Riesgo de Transmisión de Tuberculosis 2012” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 225-2012-INEI Lima, 4 de setiembre del 2012 Visto el Ofi cio Nº 4577-2012-INEI/DNCE de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando se autorice la ejecución de la Encuesta para la Medición de la Línea Base de Indicadores de Prevalencia y Riesgo de Transmisión de Tuberculosis 2012. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, encargado de normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas ofi ciales del país; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, conjuntamene con el Ministerio de Salud, en el marco del Presupuesto por Resultados, formuló el programa estratégico “Tuberculosis-VIH/SIDA”. Para dicho programa se ha construido indicadores de resultados que miden la prevalencia y riesgo de transmisiòn de tuberculosis, así como el desarrollo del instrumento respectivo para su evaluación, por lo que se encarga al Instituto Nacional de Estadística e Informática, ejecutar la Encuesta para la Medición de la Línea Base de Indicadores de Prevalencia y Riesgo de Transmisión de Tuberculosis 2012 en niños de 6 o 7 años de edad en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas seleccionadas para el estudio de las Regiones siguientes: Ancash, Ica, La Libertad, Lima Provincias, Loreto Madre de Dios, Moquegua, Tacna y Ucayali; Que, la ejecución de la referida Encuesta, permitirá contar con una base de datos con información estadística de carácter cuantitativo para la elaboración de indicadores que faciliten realizar el seguimiento de los resultados del programa estratégico ”Tuberculosis –VIH/SIDA”; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Salud, han defi nido el marco conceptual y los indicadores pertinentes; así como, el contenido del instrumento de recolección a ser utilizado en la Encuesta. Asimismo, el Ministerio de Educación ha facilitado la información de las Instituciones Educativas para la selecciòn de la muestra, por lo que resulta necesario autorizar su ejecución y aprobar el instrumento de recolección, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta para la Medición de la Línea Base de Indicadores de Prevalencia y Riesgo de Transmisión de Tuberculosis 2012”, a través de la aplicación y lectura del Derivado Proteico Purifi cado (PPD) a los alumnos de 6 o 7 años de edad de las