Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2012 (08/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de setiembre de 2012

Otorgan autorizacion para prestar servicio de radiodifusion sonora en OM en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 316-2012-MTC/03 MORDAZA, 29 de agosto del 2012 VISTO, el Expediente Nº 2011-062430 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Castilla-Condesuyos-La Union, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 032-2005MTC/03 y modificada con Resolucion Viceministerial Nº 221-2006-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de OM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Castilla-Condesuyos-La Union, la misma que incluye al distrito de Orcopampa, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa; dicho plan establece como MORDAZA potencia nominal del transmisor a ser autorizada de 1KW; Que, con Informe Nº 1182-2012-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en el distrito de Orcopampa, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para la localidad de Castilla-Condesuyos-La Union, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 032-2005-MTC/03 y su modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Castilla-Condesuyos-La Union, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios : Av. Buena MORDAZA S/N, distrito de Orcopampa, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa. : Longitud Oeste : 72º 20' 23'' Latitud Sur : 15º 15' 50'' : Sector La Laguna-Salida a Misapuquio, distrito de Orcopampa, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa. : Longitud Oeste : 72º 20' 38.0'' Latitud Sur : 15º 15' 36.7'' : El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m. : : : : OBU-6S 10K0A3EGN 1 KW D : RADIODIFUSION SONORA EN OM : 1580 KHz : COMERCIAL

Coordenadas Geograficas Planta Transmisora

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2°.- La estacion no debera obstaculizar la correcta operacion aerea en la localidad, ni originar interferencia a los sistemas de radionavegacion, para lo cual el titular debera adoptar las medidas correctivas pertinentes, como son, el no ocasionar interferencias o reubicar la respectiva estacion, entre otras. Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, la estacion radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, la titular debera obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan. Articulo 3°.- La autorizacion que se otorga se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, el titular de la autorizacion, debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion.

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