Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2012 (08/09/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

474171

VISTA: La solicitud de aprobacion de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion de EMAPA MORDAZA S.A.1; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 17, 18 y 19 del Reglamento General de Tarifas2 establecen que la solicitud de aprobacion de la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion presentada por la empresa prestadora de servicios de saneamiento debe estar acompanada del Plan Maestro Optimizado (PMO) que sustenta la propuesta, asi como reunir los requisitos de admisibilidad y procedencia; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento General de Tarifas3 establece que a partir de octubre de 2008 las empresas prestadoras de servicios de saneamiento deberan adjuntar indefectiblemente a su PMO su propuesta de precios para los servicios colaterales; Que, se verifica que la solicitud de vistos reune los requisitos de admisibilidad y procedencia exigidos por el Reglamento General de Tarifas; asimismo, EMAPA MORDAZA S.A. ha presentado su propuesta de precios para los servicios colaterales; razones por las cuales, corresponde admitir a tramite la solicitud y otorgar a la mencionada empresa prestadora de servicios de saneamiento el plazo de diez dias habiles, contados a partir del dia siguiente de notificada la presente resolucion, para ejercer, de estimarlo conveniente, el derecho previsto en el articulo 22 del Reglamento General de Tarifas; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 20 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ADMITIR a tramite la solicitud de EMAPA MORDAZA S.A. de aprobacion de: i) Formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion y ii) Determinacion de precios de los servicios colaterales. Articulo 2º.- OTORGAR un plazo de diez dias habiles a EMAPA MORDAZA S.A. para solicitar a la SUNASS la celebracion de una audiencia publica preliminar con la finalidad de exponer al publico en general su propuesta de i) Formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion contenidas en su Plan Maestro Optimizado y ii) Precios de los servicios colaterales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUCICH LARRAURI Gerente de Regulacion Tarifaria
1 2 3 Oficio N° 203-2012-EPS-EMAPA-H-GG recibido por SUNASS el 17 de agosto de 2012. Aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. Modificado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD.

Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales no Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Productos agroindustriales de exportacion y b) Gas licuado de petroleo de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) y sometidos a Discusion Publica en las fechas indicadas: a) Productos agroindustriales de exportacion, 01 PNTP, el 20 de diciembre de 2011, mediante el Sistema 2 u Ordinario por un periodo de 60 dias contados a partir del 18 de junio de 2012; b) Gas licuado de petroleo, 01 PNTP, el 4 de junio de 2012, mediante el Sistema 2 u Ordinario por un periodo de 60 dias contados a partir del 18 de junio de 2012; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros. RESUELVE Primero.- APROBAR Peruanas, las siguientes: NTP 205.054:2012 como Normas Tecnicas

837157-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre kiwicha en grano, minerales de MORDAZA y otros
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 74-2012/CNB-INDECOPI MORDAZA, 22 de agosto de 2012

KIWICHA EN GRANO (Amaranthus caudatus). Requisitos. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 205.054:1987 (revisada el 2011) GAS LICUADO DE PETROLEO. Instalaciones para consumidores directos y redes de distribucion. 3ª Edicion Reemplaza a la NTP 321.123:2009

NTP 321.123:2012

Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas: NTP 205.054:1987 (revisada el 2011) NTP 321.123:2009 CEREALES. Kiwicha grano. 1ª Edicion GAS LICUADO DE PETROLEO. Instalaciones para consumidores directos y redes de distribucion. 2a Edicion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.