Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2012 (18/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 18 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado, para que ejerza su derecho de defensa. 2. Corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), por lo que debera constatarse si en la prosecucion del procedimiento mencionado el concejo municipal ha incurrido en acciones que vulneran el debido MORDAZA y el derecho de defensa del afectado. 3. En ese sentido, cabe precisar que la notificacion personal se realizara en el ultimo domicilio que la persona a quien se le deba notificar MORDAZA senalado ante el organo administrativo en otro procedimiento analogo en la propia entidad dentro del ultimo ano, en conformidad con el articulo 21.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG), situacion que se ha verificado en el presente caso. 4. Respecto de la declaratoria de vacancia de la citada regidora por la causal de ausencia de la respectiva jurisdiccion municipal por mas de treinta dias consecutivos sin autorizacion del concejo municipal, se corrobora que la citada regidora incurrio en la referida causal, toda vez que realizo un viaje con destino al vecino MORDAZA de Brasil desde el 12 de diciembre de 2011, sin registrar entrada a nuestro MORDAZA hasta el 1 de agosto de 2012, conforme obra en el informe remitido por la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion sobre el movimiento migratorio de la cuestionada regidora, Oficios N° 005778 y N° 00436-2012-in-1601-UNICA (fojas 199 y 202). Por lo que, se acredita la causal contemplada en el numeral 4 del articulo 22 de la LOM. 5. Asimismo, respecto de la declaratoria de vacancia por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias, de fechas 14 de diciembre de 2011, y 25 de enero y 22 de febrero de 2012, cabe advertir que estas se realizaron de manera posterior a la salida del MORDAZA de la cuestionada regidora. En ese sentido, habiendose acreditado fehacientemente la ausencia de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del territorio nacional por el termino que comprende desde el 12 de diciembre del 2011 hasta el 01 de agosto del 2012, se corrobora su ausencia a las referidas sesiones ordinarias. 6. Asi, de las copias certificadas de las actas de las mencionadas sesiones ordinarias de concejo, se verifica que la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no asistio a ellas. Ademas, dicha autoridad MORDAZA no justifico de manera alguna sus inasistencias (fojas 10-40). 7. De igual forma, se verifica que en sesion extraordinaria del 19 de marzo de 2012, el Concejo Distrital de MORDAZA Chimbote declaro la vacancia de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito del cual se emitio el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 044-2012MDNCH, de fecha 20 de marzo de 2012, que plasmo tal decision. 8. Mediante el Informe Nº 17-2012-MDNCH, del 17 de MORDAZA del 2012, la Secretaria General de dicha municipalidad senala el vencimiento del plazo para impugnar el mencionado acuerdo de concejo municipal, habiendo quedado consentido dicho acuerdo. 9. De tal modo, conforme a lo previsto en el articulo 24 de la LOM, y a efectos de completar el numero de regidores asignados a la organizacion politica Movimiento Regional Independiente Cuenta Conmigo, corresponde convocar a Neyda Ibeth De la MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada, quien se encuentra inscrita con el numero nueve de la lista de candidatos de dicha organizacion, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de de MORDAZA Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, en el extremo referido a la causal establecida en el articulo 22, numeral 4 y 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo Segundo.- APROBAR el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 044-2012-MDNCH, del 20 de

marzo del 2012, en los extremos por los que se declaro la vacancia de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por las causales previstas en el articulo 22, numeral 4 y 7, ausencia de la respectiva jurisdiccion municipal por mas de treinta dias consecutivos sin autorizacion del concejo municipal, e inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial de la regidora del Concejo Distrital de MORDAZA Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales, Municipales y Referendum del ano 2010. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a Neyda Ibeth De la MORDAZA MORDAZA, para que asuma el cargo de regidora y complete el periodo municipal 2011-2014, y otorgarle la respectiva credencial que la faculte como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 842090-1

Confirman el Acuerdo de Concejo Nº 036-2012/MDV-CDV y restablecen vigencia de la credencial otorgada para el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla para el periodo 2011 - 2014
RESOLUCION Nº 792-A-2012-JNE Expediente Nº J-2012-0393 MORDAZA, cuatro de septiembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica, de fecha 6 de MORDAZA de 2012, el recurso extraordinario por afectacion al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 591-2012-JNE que, revocando el Acuerdo de Concejo Nº 036-2012/MDV-CDV, declaro su vacancia al cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, por la causal prevista en el articulo 22, inciso 7, de la Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES Referencia sumaria a la resolucion del MORDAZA Nacional de Elecciones Mediante Resolucion Nº 0591-2012-JNE, de fecha 19 de junio de 2012, el MORDAZA Nacional de Elecciones declaro, por mayoria, la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Dicha decision se sustento en los siguientes fundamentos: Los procedimientos de vacancia de autoridades municipales son de interes publico, de manera que los vecinos se encuentran legitimados para intervenir, aun cuando no hayan solicitado previamente su incorporacion formal. Por dicha razon, el senor MORDAZA MORDAZA Trauco solicito validamente ser incorporado con anterioridad a que el concejo municipal emita pronunciamiento. La incorporacion del senor MORDAZA MORDAZA Crespo MORDAZA no es procedente desde que su pedido ha sido efectuado recien en MORDAZA instancia, por lo que permitirlo generaria indefension en la otra parte.

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