Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2012 (18/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de setiembre de 2012

de aprobacion de la tasacion que corresponde a un (01) predio afectado por el derecho de via de la Red Vial No. 6: Pte. Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27628, Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 2° y 3° de Ley No. 27628, el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual sera aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagara por todo concepto a los propietarios via trato directo sera el monto del valor comercial actualizado de los mismos, mas un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo No. 025-2006-VIVIENDA, se fusiono el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; en tanto que, por Resolucion Ministerial No. 010-2007VIVIENDA, se dispuso que la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en adelante DNC, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley No. 23337 y en el Decreto Supremo No. 025-2006-VIVIENDA, sera el organo responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas publicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutadas por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL, y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la DNC, suscribieron el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional No. 037-2009MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboracion y la suma de esfuerzos institucionales en beneficio del desarrollo nacional, en aplicacion de lo dispuesto en las Leyes Nos. 27117- Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, y con la finalidad de que la DNC efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de obras publicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, asi como los ejecutados por los Contratos de Concesion de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector Privado bajo concesion o cualquier otra forma contractual que involucre una relacion contractual de mediano a largo plazo; Que, mediante Oficio No. 833-2011/VIVIENDA-VMCSDNC de fecha 22 de MORDAZA de 2011, la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en adelante DNC, remitio los informes tecnicos de tasacion de los predios afectados por el derecho de via de la Red Vial No. 6: Pte. Pucusana Cerro MORDAZA - Ica; Que, a traves del Memorandum No. 995-2012MTC/20.6 de fecha 05 de marzo de 2012, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL remitio el Informe No. 08-2012-CSP, de la Especialista Legal en la implementacion de Planes de Compensacion y Reasentamiento Involuntario - PACRI(s), mediante el cual se sustento la necesidad de gestionar la aprobacion de una tasacion elaborada por la DNC, que corresponde a un (01) predio afectado por el derecho de via de la Red Vial No. 6: Pte. Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe No. 262-2012MTC/20.3, de fecha 12 de MORDAZA de 2012, considera procedente efectuar el tramite para la aprobacion de la tasacion senalada en el parrafo precedente; Que, con la Nota de Elevacion No. 223-2012-MTC/20 de fecha 18 de MORDAZA de 2012, la Direccion Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitio la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de dicha entidad mediante Memorandum No. 995-2012-MTC/20.6 para la aprobacion de una tasacion que corresponde a un (01) predio afectado por el derecho de via de la Red Vial No. 6:

Pte. Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica; senalando ademas, su conformidad a la misma; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos. 27628 y 29370, asi como por el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la tasacion elaborada por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que corresponde a un (01) predio afectado por el derecho de via de la Red Vial No. 6: Pte. Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima; conforme al siguiente detalle: N° 1 CODIGO 15050299003 VALOR COMERCIAL US $ 59 392,20

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 841895-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican la MORDAZA "Disposiciones Complementarias para la Operatividad a Nivel Nacional del FISE Aplicable al Descuento en la Compra del Balon de Gas de Usuarios que tienen Servicio Electrico", aprobada mediante la Res. Nº 173-2012-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 202-2012-OS/CD MORDAZA, 11 de septiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852, creo el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusion Social Energetico (FISE) y dispuso en su Unica Disposicion Transitoria encargar a OSINERGMIN, por un plazo de dos anos, la administracion del Fondo. El reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM, publicado el 09 de junio del 2012, exceptuado de prepublicacion, preciso en su parte considerativa que es urgente contar en el corto plazo con un esquema de compensacion social y de servicio universal para los sectores vulnerables de la poblacion, asi mismo faculto a OSINERGMIN a aprobar los procedimientos para la administracion del FISE; Que, de acuerdo a la primera Disposicion Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29852, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, se ha iniciado la compensacion social y promocion para el acceso a GLP en la provincia de La Convencion en el mes de MORDAZA 2012; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 1732012-OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Disposiciones Complementarias para la Operatividad a Nivel Nacional del FISE Aplicable al Descuento en la Compra del Balon de Gas de Usuarios que tienen Servicio Electrico", la cual incluye 5 Anexos que contienen: Modelos de Declaracion Jurada de tenencia y uso de cocina y balon de GLP y

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