Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2012 (27/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2012

inspeccion, acordaron por unanimidad RATIFICAR la Resolucion Nº 224-2012-CONAFU de fecha 07 de MORDAZA de 2012, por la cual se aprueba el Informe de Implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Maritima del Peru; Que, mediante Resolucion Nº 357-2012-CONAFU de fecha 18 de MORDAZA de 2012, se aprobo la ampliacion del plazo de uso de locales provisionales por un ano adicional al plazo otorgado mediante Resolucion Nº 032-2012CONAFU de fecha 12 de enero de 2012; Que, el Proyecto de Universidad Maritima del Peru, en atencion a los considerandos MORDAZA expuestos, cumple con las dos condiciones establecidas por el literal i) de la Ley Nº 26439, ya que ha sido admitido a tramite con anterioridad al 28 de junio de 2010 y cumple con las condiciones y requisitos establecidos en la Resolucion Nº 387-2009-CONAFU para la emision de la resolucion de funcionamiento provisional a su favor; Que, el modelo institucional adoptado por el Proyecto de Universidad Maritima del Peru, es la de una Sociedad Anonima Cerrada y se rige bajo las normas del Decreto Legislativo Nº 882, la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, asi como la Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU; y en atencion a lo dispuesto en la Ley 29780 literal i), el Proyecto de Universidad Maritima del Peru se encuentra MORDAZA para otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional; Que, en sesion ordinaria de fecha 25 de MORDAZA y continuada el 27 de MORDAZA de 2012, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, por Acuerdo Nº 501-2012-CONAFU convinieron por MAYORIA: Primero: Otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional a la Universidad Maritima del Peru para brindar servicios educativos de nivel universitario, autorizandose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Derecho MORDAZA y Servicios Aduaneros, 2) Ingenieria de la Produccion e Industrializacion de Recursos Hidrobiologicos, 3) Ingenieria de Navegacion y MORDAZA Mercante, 4) Ingenieria de Sistemas y Telematica, y 5) Ingenieria del Transporte Maritimo y Gestion Logistica Portuaria; Segundo: Aprobar el modelo institucional adoptado por la Universidad Maritima del Peru, especificando el regimen legal en el que se encuentra y la forma de su personeria juridica; Tercero: Disponer que la Promotora de la Universidad Maritima del Peru remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU; Cuarto: Establecer que la Universidad Maritima del Peru, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones", de conformidad con lo establecido en el 42º del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL a la Universidad Maritima del Peru para brindar servicios educativos de nivel universitario, en el Distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao y Departamento de MORDAZA, con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Ciclo Academico:

Articulo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad Maritima del Peru, como Sociedad Anonima Cerrada, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882 y la Ley Universitaria, debiendo proceder a inscribir la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social ante los Registros Publicos. Articulo Tercero.- DISPONER que la Promotora de la Universidad Maritima del Peru remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU, luego de lo cual es cargo de la promotora presentar ante este Consejo una MORDAZA literal de su inscripcion registral. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad Maritima del Peru, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, como Sociedad Anonima Cerrada, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, Ley Universitaria y la Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modificatorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU. Articulo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

845742-1

Otorgan autorizacion de funcionamiento provisional a la Universidad Privada Lider Peruana
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES CONAFU RESOLUCION Nº 404-2012-CONAFU
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2012

"UNIVERSIDAD PRIVADA LIDER PERUANA"
VISTOS: El escrito s/n recepcionado con fecha 21 de octubre de 2009, la Resolucion Nº 119-2010-CONAFU, de fecha 15 de marzo de 2010, la Resolucion No. 0322011 de fecha 12 de enero de 2011, la Resolucion Nº 3302011-CONAFU de fecha 11 de MORDAZA de 2011, la carta s/n presentada el 22 de diciembre de 2011, la Resolucion Nº 021-2012-CONAFU de fecha 12 de enero de 2012, Oficio Nº 024-2012-CONAFU-JABR recibido con fecha 09 de MORDAZA de 2012, Oficio Nº 509-2012-CONAFU-CDAA presentado el 28 de MORDAZA de 2012, el Acuerdo Nº 360-2012-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 30 de MORDAZA de 2012, el Acta de verificacion in situ por el Pleno del CONAFU de la Implementacion Inicial de fecha 22 de MORDAZA de 2012, y el Acuerdo Nº 502-2012-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 25 de MORDAZA y continuada el 27 de MORDAZA de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, con posterioridad a la Sentencia del Tribunal Constitucional del Peru recaida en el expediente 0017-

Nombre de MORDAZA Profesional Derecho MORDAZA y Servicios Aduaneros Ingenieria de la Produccion e Industrializacion de Recursos Hidrobiologicos Ingenieria de Navegacion y MORDAZA Mercante Ingenieria de Sistemas y Telematica Ingenieria del Transporte Maritimo y Gestion Logistica Portuaria

Numero de Vacantes por Ciclo Academico Ciclo I Ciclo II 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35

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