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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (02/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de abril de 2013 491998 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE Aprueban donación de parte de lote matriz de propiedad municipal a favor del Ministerio Público (Se publica el presente Acuerdo de Concejo a solicitud de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, mediante Ofi cio Nº 070-2013/MPI-A recibido el 1 de abril de 2013) ACUERDO DE CONCEJO Nº 048/2012-MPL Lambayeque, 13 de setiembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE CONSIDERANDO: Que, los artículos 194º , 195º , inciso 8) y 197º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales de Órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordando ello con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que asimismo, señala que la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ofi cio Nº 5679-2012-MP-PJFS- Lambayeque, la Dra. Carmen Graciela Miranda Vidaurre, Fiscal Superior Penal – Presidenta (e) de la Junta de Fiscales Superior del Distrito Judicial de Lambayeque; solicita donación de un terreno de propiedad municipal; de un área aproximada de 500 metros cuadrados, con la fi nalidad de que el Ministerio Público, pueda contar con un local propio para el funcionamiento de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Lambayeque, Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Lambayeque, así como la Unidad de Asistencia Inmediata, almacén de prueba del delito, archivo documentario y otras dependencias de esta Institución, que por su función de persecución del Delito Defensora de la Legalidad y Derechos Humanos, requiere contar con un edifi cio propio para el desarrollo de sus funciones, al servicio de la colectividad, de preferencia este local, debe estar cerca a una Comisaría, por la relación de funciones en el ámbito del Nuevo Código Procesal Penal, y la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, propuesta que por su fi nalidad e importancia garantista de la Paz Social, resulta necesario que el Colegiado le otorgue trato prioritario pertinente. Que, artículo 55 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad constituyen su patrimonio. El Patrimonio Municipal, se administra por cada Municipalidad en forma autónoma con las garantías y responsabilidades de Ley. Todo acto de disposición o de garantía sobre el Patrimonio Municipal debe ser de conocimiento público. Que, el artículo 64 de la misma ley, dispone que las Municipalidades, por excepción pueden donar o permutar bienes de su propiedad a los Poderes del Estado o a otros Organismos del Sector Público, como el presente caso, el Ministerio Público, quien mediante el Ofi cio se señala en el Segundo Considerando, solicita la donación de una área de terreno para los fi nes que se indica. Que, el artículo 66 de la misma Ley, dispone que la Donación o Cesión de bienes de las Municipalidades, se aprueba con el voto, conforme a los dos tercios del número legal de Regidores que integran el Concejo Municipal. Que, en forma complementaria el artículo 68 de la Ley en mención, dispone que el Acuerdo Municipal de Donación, Sesión o Concesión, deba fi jar de manera inequívoca el destino que tendrá el bien donado y su modalidad. El incumplimiento parcial o total de la fi nalidad que motiva la donación, cesión o concesión, ocasiona la reversión del bien inmueble a la Municipalidad, la cual incorpora a su patrimonio las mejoras a título gratuito. Que, conforme se acredita con la copia del Título de Propiedad, otorgado por la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, la Municipalidad es propietaria del área de terreno identifi cado como Lote 1, de la Manzana T5, ubicado en el Pueblo Joven San Martín de la Ciudad de Lambayeque, de un área de 46,789.70 Metros Cuadrados. Que, el expediente cuenta con el Informe Nº 0101/2012- MPL-GM, que emite la Gerencia Municipal, que admite procedencia, el Informe Técnico Nº 28-MPL-ACP-SPI- CAPN-2012, de la Sección Patrimonio Inmobiliario – Control Patrimonial – Municipalidad Provincial de Lambayeque, alcanzando planos del proyecto de sub división del terreno plataforma deportiva “San Juan Masías”, Resolución de Gerencia Nº 251-2012/MPL-GM-GIU, del 11 de setiembre 2012, que autoriza la Sub División del área específi ca a donar Mz. T5 Sub Lote “B”, con un área de 535.33 m2, perímetro 128.60 M.L., Informe Legal Nº 01174/2012-GAJ, del 11 Setiembre del 2012, Informe Nº 579-2012-MPL-GIU- SGCUAT, documentales técnicos y legales, que forman parte del sustento legal, para la aprobación del Colegiado Municipal de Lambayeque. POR CUANTO: Conforme al Informe Legal Nº 01174/2012-GAJ, del 11 Setiembre 2012, y estando a lo dispuesto por los Artículos I, II, del Título Preliminar, Artículo 9º , numeral 25, 11º , 17º , 39º , 41º y conexos de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal de Lambayeque, en su Décimo Sétima Sesión Ordinaria del 12 de Setiembre del 2012, cuya acta es copia fi el de lo tratado conforme acredita el Secretario General Interviniente, con el voto a favor de la donación los señores regidores asistentes: Edith Milagros Montalvo Vélez, Cesar Zeña Santamaría, Gregorio Ordoñez Santisteban, Edgar Dante Saavedra Zapata, Luis Alberto Sánchez Rosado, Clemente Bances Cajusol, Antonio Miguel Riojas Ortega, Consuelo del Carmen Tena Castillo, María del Carmen Saldaña Herrera, y con el voto a favor para que pase a estudio y dictamen de Comisión, Sr. José Elías Zeña Del Valle, con la abstención del Sr. Regidor: Iván Alonso Mark Herrera Bernabé, con dispensa del trámite de lectura y por MAYORIA. ACORDO: Artículo Primero.- APROBAR LA DONACION, conforme a los fundamentos, Informes Técnicos y Legales de una parte del lote matriz de propiedad Municipal Provincial de Lambayeque, de 46,789.70 M.L., ubicado en la Mz. “T5” Lote Nº 1 del PP.JJ. San Martín de Porras de esta ciudad, que subdividida el área materia de la presente donación resulta la Mz. T5 Sub Lote B, con un área de 535.33 m2, perímetro 128.60 M.L. A favor del Ministerio Público, para el funcionamiento de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Lambayeque, Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Lambayeque, así como la Unidad de Asistencia Inmediata, almacén de pruebas del delito, archivo documentario y otras dependencias de esta Institución; y que tiene por linderos: FRENTE : con 10.00 M.L., con Av. 2, DERECHA : con 54.30 M.L. con el Sub Lote 1A, IZQUIERDA : con 54.30 M.L., con Sub Lote 1A, FONDO : con 10.00 M.L. con vía de por medio. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al señor Alcalde C.P.C. Percy Alberto Ramos Puelles, a fi n de que realice las acciones necesarias y suscriba la Minuta y Escritura Pública respectiva, para la Formalización de la Transferencia de Donación que se indica en el artículo anterior, a favor del Ministerio Público, para el funcionamiento de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Lambayeque, Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Lambayeque, así como la Unidad de Asistencia Inmediata, almacén de prueba del delito, archivo documentario y otras dependencias de esta Institución. Artículo Tercero.- DISPONER, que Gerencia Municipal, Gerente de Administración y Finanzas, Gerente de Planeamiento y Presupuesto, Gerente de Infraestructura y Urbanismo, Sub Gerencia de Logística, Área de Control Patrimonial, adopten las acciones administrativas necesarias para la ejecución del presente acuerdo tomado y aprobado. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. PERCY A. RAMOS PUELLES Alcalde 918291-1