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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (02/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de abril de 2013 491989 respecto de una sola autoridad municipal, es decir, de uno de los regidores sometido a consulta, apreciamos notoriamente, además de la deficiente redacción del escrito en cuestión, ambigüedad en su expresión, ausencia de claridad y falta de precisión de la pretensión impugnatoria, entre otras varias deficiencias que son de exclusiva responsabilidad del letrado personero, las cuales no pueden ser obviadas ni pasadas por alto por este Supremo Tribunal Electoral, no obstante la flexibilidad con que la que hemos apreciado el mencionado escrito, por lo que estimamos conveniente que debe exhortarse al referido personero, José Antonio Boza Pulido, a actuar con mayor diligencia y responsabilidad en el planteamiento de sus medios impugnatorios. Estas deficiencias, advertidas en el caso que nos ocupa, además de la falta de legitimidad para interponer el recurso, ya que el personero que impugna no representa a todas las autoridades respecto de quien se observa el acta electoral, impiden que este colegiado se pueda pronunciar sobre la totalidad del recurso, lo cual hubiese sido más conveniente. El JNE es el máximo árbitro de todo proceso electoral o consulta popular, y en suma, de todo el sistema democrático vigente, en el marco de un proceso electoral. Por ello, afirmamos que no consideramos justo que se cuestione la institucionalidad de este colegiado por la deficiente actuación de los actores en contienda, y reiteramos, en tal sentido, que los magistrados actuamos con imparcialidad y, fundamentalmente, con independencia. No se trata de que, como JNE, seamos formalistas, sino de que las partes deben satisfacer formalidades mínimas. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULA la Resolución Nº 001-2013-2°JEE LIMA ESTE/JNE, que concedió el recurso de apelación, contra la Resolución Nº 001-2013-2°JEE LIMA ESTE/JNE, emitida por el Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Este, e IMPROCEDENTE el recurso de su propósito formulado por José Antonio Boza Pulido, personero legal de Eduardo Ariel Zegarra Méndez. Artículo Segundo.- EXHORTAR al personero legal, José Antonio Boza Pulido, personero legal de Eduardo Ariel Zegarra Méndez a actuar con mayor diligencia y responsabilidad en el planteamiento de sus medios impugnatorios. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 918495-4 Restablecen la vigencia de la credencial que le fuera otorgada a alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto RESOLUCIÓN N° 260-2013-JNE Expediente N° J-2013-00168 TROMPETEROS - LORETO - LORETO Lima, veintisiete de marzo de 2013. VISTO el escrito presentado por Wilson Rengifo Hualinga, de fecha 14 de marzo de 2013, por el cual solicita el restablecimiento de credenciales como alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto. CONSIDERANDOS 1. Mediante la Resolución Nº 154-2013-JNE, del 21 de febrero de 2013, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin efecto la credencial de Wilson Rengifo Hualinga, alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, por estar incurso en la causal establecida en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Cabe destacar que la mencionada resolución tuvo como base la sentencia emitida por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de fecha 19 de diciembre de 2012, que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva en contra de Wilson Rengifo Hualinga por la comisión de los delitos contra la administración pública, en la modalidad de peculado y colusión en agravio de la Municipalidad Distrital de Trompeteros. 2. Sin embargo, mediante el Ofi cio Nº 0441-2013-PJ- CSJLO-P recibido en fecha 27 de marzo del presente año, Wilbert Mercado Arbieto, presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, remite el Informe Nº 01-2013-ADM- NCPP-CSJLO-PJ, en el que se nos pone en conocimiento que por medio de la Resolución Nº 7, de fecha 8 de marzo de 2013, se ha declarado fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por Blanca Patricia Perea Rojas a favor de Wilson Rengifo Hualinga, así como se deja sin efecto la Resolución Nº 7 que ordenó la prisión preventiva contra la autoridad cuestionada. En atención a lo expuesto, no se cumple el supuesto de hecho establecido en el artículo 25, numeral 3, de la LOM, referente a la causal de suspensión derivada del mandato de detención, pues debe entenderse que dicha orden debe encontrarse vigente, así como que dicho mandato debe haber sido emitido por el órgano jurisdiccional correspondiente. Por este motivo, al no existir un mandato de detención vigente, deben restablecerse las credenciales a Wilson Rengifo Hualinga. 3. Por ello, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Lorenzo Chimboras Cariajano, quien había asumido provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, así como la credencial de Deysi Minusca Shihuango Sandi, quien asimismo había asumido provisionalmente el cargo de regidora de la misma entidad edil, convocados ambos a través de la Resolución Nº 154-2013-JNE, correspondiendo, por tanto, restablecer la vigencia de la credencial del alcalde otorgada a Wilson Rengifo Hualinga. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Lorenzo Chimboras Cariajano, con la cual asumió provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, conforme fuera dispuesto por la Resolución Nº 154-2013-JNE. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Deysi Minusca Shihunago Sandi, con la cual asumió provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Trompeteros, conforme fuera dispuesto por la Resolución Nº 154-2013-JNE. Artículo Tercero.- RESTABLECER la vigencia de la credencial que le fuera otorgada a Wilson Rengifo Hualinga como alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 918495-7