Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (02/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de abril de 2013 491996 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican diversos derechos de trámite, procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad del Servicio de Administración Tributaria, aprobados mediante Ordenanza Nº 0199-MDPP, modificada por Ordenanza Nº 0205-MDPP de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra ACUERDO DE CONCEJO Nº 539 Lima, 14 de marzo de 2013 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de marzo del 2013, el Ofi cio Nº 001-090-00006962 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº0199- MDPP, modifi cada por la Ordenanza N° 0205-MDPP de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, que aprueba los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la citada Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de Puente Piedra aprobó las Ordenanzas materia de la ratifi cación, remitiéndolas al Servicio de Administración Tributaria, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº004-181-00000650, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011. Que, los ingresos que la citada Municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, materia de la ratifi cación, fi nanciarán el 84.50% de los costos por la prestación de los mismos y la diferencia deberá ser cubierta con otros ingresos que perciba dicha entidad. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 078-2013-MML/CMAEO. ACORDO: Artículo Primero.- Ratifi car sólo los 135 derechos de trámite con 82 procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, listados en el Anexo A adjunto al informe Nº 004-181-00000650 del Servicio de Administración Tributaria, que fueran aprobados en la Ordenanza Nº0199- MDPP, modifi cada por la Ordenanza N° 0205-MDPP de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, en la medida que dichos procedimientos se han establecido de conformidad con: (i) las normas que defi nen las competencias municipales; (ii) los criterios legales establecidos en materia de simplifi cación administrativa; (iii) las exigencias y formalidades previstas en las normas vinculadas con el mejoramiento del clima de negocios (Leyes Nº 28976 y 29090); y, (iv) en cumplimiento de los mecanismos que facilitan el acceso a la información pública que poseen las entidades del Estado. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº0199- MDPP, modifi cada por la Ordenanza N° 0205-MDPP de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, en especial del Anexo A que contiene el listado de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad por dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente. La aplicación de las Ordenanzas materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria- SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO ZEGARRA MENDEZ Teniente Alcalde 918703-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Prorrogan vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2013, así como incentivos dispuestos mediante Ordenanza Nº 213-MDPP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2013/MDPP Puente Piedra, 27 de marzo del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: el Informe Nº 95-2013-GAT-MDPP, de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 063- 2013/GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre vencimiento de las obligaciones tributarias e incentivo por el pronto pago de las obligaciones tributarias del ejercicio 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 209-MDPP, de fecha 30 de diciembre del 2012, se aprobó el vencimiento del pago del vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2013, hasta el 28 de febrero del año en curso; Que, mediante Ordenanza Nº 2013-MDPP, publicada el 26 de enero del 2013, se aprobó el incentivo por el pronto pago del Impuesto Predial, con la fi nalidad de que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias del 2013, hasta el 28 de febrero del año en curso; Que, la Gerencia de Administración Tributaria ha visto por conveniente prorrogar el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales, así como de los incentivos y benefi cios establecidos en las Ordenanzas señalas, con la fi nalidad de que, los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias del ejercicio 2013; Que, las Ordenanzas Nº 209 y 2013 –MDPP, facultan expresamente al Alcalde para que, mediante de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para su adecuada aplicación; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferida por los artículos 6º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y;