Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2013 (17/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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Que, la referida Carta en su Constitucion Economica consagra principios esenciales que garantizan el MORDAZA juridico favorable para el desarrollo de la inversion privada en general y de la inversion extranjera en particular, siendo competente el gobierno local para promover el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su competencia, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, asi como para fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura local, conforme lo establecen sus articulos 194, 195 inciso 7 y 196; Que, la Promocion de la Inversion Privada es una Politica de Estado cuyo cumplimiento se implementa a traves de los tres niveles de Gobierno, nacional, regional y local, expresada en la Ley Nº 28059 MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2007PCM; Que, la Ordenanza Nº 867-MML, el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, establece el MORDAZA normativo para que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion, promuevan la inversion privada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de la provincia de MORDAZA, en alianza estrategica entre los gobiernos regionales, locales, la inversion privada y la sociedad civil. Que, el Decreto Legislativo Nº 1012, que aprobo la Ley MORDAZA de Asociacion Publico Privadas para la Generacion de Empleo Productivo, Dicta Normas Para la Agilizacion de los Procesos de Promocion de la Inversion Privada y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 146-2008-EF; establecen los principios, procesos, atribuciones del sector publico para la evaluacion, implementacion y operacion de la infraestructura publica; asi como establecer el MORDAZA General aplicable a las iniciativas privadas. Que, la empresa CTG CAPITAL SAC, presento mediante Expediente Nº 10664-2012 la Iniciativa Privada denominada "SUMINISTRO DE AGUA TRATADA PARA RIEGO DE PARQUES Y JARDINES DEL DISTRITO DE MORDAZA MARIA" para que mediante concesion se ejecute un proyecto consistente en el diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento de infraestructura de la planta de tratamiento de agua residual (PTAR) para el distrito de MORDAZA MORDAZA, que contara con la instalacion de 12.50 Km. de tuberias para la distribucion del recurso en los puntos de aplicacion del distrito. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 048-2012MDJM de fecha 18 de octubre del 2012, el Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, acordo Admitir a Tramite la referida iniciativa e incorporo al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada a cargo del OPRI - MORDAZA MORDAZA, siendo publicada en la pagina web de la Municipalidad, de conformidad a lo establecido en el inciso 17.1 del articulo 17 del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012. Que, en el MORDAZA de tramitacion, admision a tramite, publicacion en la pagina web y evaluacion se ha cumplido con mantener el caracter confidencial y reservado de las iniciativas privadas que se presenten hasta que estas MORDAZA declaradas de interes, conforme a lo dispuesto por el articulo 15 del precitado Decreto Legislativo; Que, el Informe de Evaluacion Nº 001-2013-OPRI-JM del 25 de marzo de 2013 emitido por la Sub Gerencia de Promocion de la Inversion Privada, Cooperacion Tecnica y Proyectos Especiales -OPRI MORDAZA MARIA- detalla el MORDAZA seguido y las actividades realizadas para evaluar exhaustivamente el Proyecto, contando con las opiniones de las Gerencias de Asesoria Juridica y Registro Civil, de Planeamiento y Presupuesto, de Desarrollo MORDAZA y Ambiental y la Sub Gerencia de Gestion Ambiental; concluyendo que resulta procedente declarar de interes dicha iniciativa; asi como el reembolso de los gastos del estudio del proyecto mencionado, debidamente sustentados, ascendente a la suma de S/. 92,437.00, monto menor al 1% del valor total de la obra conforme a lo senalado en el articulo 20 del Decreto Supremo Nº 146-

El Peruano Miercoles 17 de MORDAZA de 2013

2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, refiriendo que la modalidad contractual de la iniciativa privada es la concesion autosostenible a titulo gratuito de infraestructura publica y servicio publico, en un area de 2,000 m2; Que, mediante Informe Nº 1538 -2012-MDJM-GAJyRC de fecha 09 de noviembre del 2012 la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil opina por la factibilidad legal parta declarar de interes la iniciativa privada y que se ha cumplido con los requisitos exigidos para la MORDAZA de las iniciativas privadas; Estando a lo opinado por la Sub Gerencia de Promocion de la Inversion Privada, Cooperacion Tecnica y Proyectos Especiales mediante Informe de Evaluacion Nº 001-2013OPRI-JM de fecha 25 de marzo del 2013; y la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil, mediante Informe Nº 1538-2012-MDJM-GAJYRC de fecha 09 de noviembre del 2012; y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, adopto el siguiente; ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARASE DE INTERES la propuesta de Iniciativa Privada denominada "Suministro de agua tratada para riego de parques y jardines del distrito de MORDAZA Maria" presentada por la empresa CTG CAPITAL SAC mediante Expediente Nº 10664-2012, conforme al Informe de Evaluacion Nº 01-2013-OPRI-JM y que forma parte del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- PRECISASE, teniendo en cuenta la informacion de gastos incurridos en la formulacion y la elaboracion de la propuesta de la iniciativa privada referida en el Articulo Primero, que dichos gastos han sido sustentados y ascienden a la suma de S/. 92,437.00 (Noventidos mil cuatrocientos treintisiete y 00/100 Nuevos Soles), monto que equivale a menos del 1% del valor total de la obra, conforme lo establece el articulo 20 del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012; en caso el adjudicatario sea la empresa titular de la propuesta no habra ningun reembolso. Articulo Tercero.- ENCARGASE al OPRI - MORDAZA MORDAZA y al CEPRI que se designe para el MORDAZA de seleccion de ser el caso, continuar con el MORDAZA en el MORDAZA de la legislacion vigente para la promocion de la inversion privada. Articulo Cuarto.- DISPONGASE la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de circulacion nacional, a costo del solicitante, asi como en la pagina web de la Municipalidad a fin que terceros interesados manifiesten su expresion de interes respecto a la propuesta del mismo proyecto u otro alternativo, de conformidad con el articulo 17 numeral 17.6 del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 924834-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Establecen Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA Nº 250 San MORDAZA de Lurigancho, 11 de MORDAZA de 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

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