Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2013 (17/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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como interconexion e interoperatibilidad; y se discutira sobre tecnologias emergentes y nuevos productos e iniciativas con los actores interesados del sector privado y con otros socios externos; Que, en atencion a la invitacion cursada, y en tanto, los temas que se desarrollaran en el citado evento redundaran en beneficio del ejercicio de las funciones de supervision y regulacion de la SBS, se ha considerado conveniente designar y a la senora Narda MORDAZA MORDAZA, Jefe del Departamento de Analisis de Instituciones Microfinancieras de la Superintendencia Adjunta de Estudios Economicos, y al senor MORDAZA MORDAZA Mollehuara, Supervisor Principal del Departamento de Supervision de Riesgo Operacional de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participen en la referida reunion de trabajo, estando la senora MORDAZA encargada de realizar una MORDAZA en relacion a las Orientaciones sobre Proteccion al Consumidor en el contexto de los Servicios Financieros Moviles; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciendose en el Numeral 4.3.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como para el ejercicio de funciones o eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y alojamiento seran cubiertos por la Alianza para la Inclusion Financiera (via reembolso en el caso de los pasajes aereos), en tanto los gastos por concepto de viaticos complementarios seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora Narda MORDAZA MORDAZA, Jefe del Departamento de Analisis de Instituciones Microfinancieras de la Superintendencia Adjunta de Estudios Economicos, y del senor MORDAZA MORDAZA Mollehuara, Supervisor Principal del Departamento de Supervision de Riesgo Operacional de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 21 al 25 de MORDAZA de 2013, a la MORDAZA de Antigua, Republica de Guatemala, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue los citados funcionarios en cumplimiento de la presente autorizacion para participar en el referido evento, por concepto de pasajes aereos y alojamiento seran cubiertos por la Alianza para la Inclusion Financiera (via reembolso en el caso de los pasajes aereos), en tanto los gastos por concepto de viaticos complementarios seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos complementarios US$ 480.00 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de

El Peruano Miercoles 17 de MORDAZA de 2013

Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 925225-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban MORDAZA Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 001 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley desarrolla y regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, corresponde al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regulan la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal. Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su Administracion economica y Financiera, un Pliego Presupuestal. Que, los literales a) y e) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar su Reglamento Interno. Que, el Consejo Regional es la MORDAZA instancia normativa y fiscalizadora del Gobierno Regional, con potestad normativa en sus decisiones internas para el cumplimiento de sus funciones, como externa dentro de su ambito de competencia; por lo que es procedente contar con un Reglamento Interno que norme los derechos, obligaciones y atribuciones de sus integrantes, en la determinacion de las Sesiones Ordinarias, Extraordinarias, Especiales y Solemnes, asi como un regimen disciplinario, en el desempeno de sus funciones, siendo necesario su aprobacion por constituir un documento legal para su proposito. Que, habiendo el Consejo Regional, tramitado oportunamente la Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional, para su promulgacion por el Presidente Regional y habiendo transcurrido en exceso el termino legal para su

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