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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (17/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Miércoles 17 de abril de 2013 493051 VISTO; El ofi cio N° 763-2013-SG-CS-PJ, remitido por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, solicitando al Consejo Nacional de la Magistratura la destitución del doctor Jorge Orihuela Galindo, por su actuación como Juez Superior Suplente de la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Pasco; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante el ofi cio Nº 763-2013-SG- CS-PJ, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, solicita al Consejo Nacional de la Magistratura la destitución del doctor Jorge Orihuela Galindo, por su actuación como Juez Superior Suplente de la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Pasco; Segundo.- Que, se imputa al doctor Jorge Orihuela Galindo, lo siguiente: - Habría cobrado para resolver procesos en grado de apelación, como el caso de la señora Fidela Vítor Ventura, en el expediente N° 147-2002, con la fi nalidad de favorecerla, por lo que habría Infringido su deber previsto en el artículo 184 inciso 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como, la prohibición contenida en el artículo 196 inciso 2 del mismo, incurriendo en la responsabilidad disciplinaria prevista en el artículo 201 inciso 1 de la citada Ley Orgánica; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 33 y 34 de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y los artículos 23, 33 y 35 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios, sin adelantar criterio alguno respecto de la citada imputación y con la fi nalidad de su debido esclarecimiento, estando a lo acordado por unanimidad, por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesión de 28 de febrero de 2013; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Abrir proceso disciplinario al doctor Jorge Orihuela Galindo, por su actuación como Juez Superior Suplente de la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Pasco, por los hechos expuestos en la parte considerativa y por el plazo máximo de 60 días. Artículo Segundo.- Otorgar el plazo de diez dias hábiles, contados a partir del día siguiente de la notifi cación de la presente resolución, para que el magistrado procesado presente su descargo por escrito, permitiéndosele la revisión del expediente en la Dirección de Procesos Disciplinarios del Consejo en horas de ofi cina. Artículo Tercero.- Disponer, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 35 de la Ley N° 26397 y IV de las Disposiciones Generales del Reglamento de Procesos Disciplinarios, la actuación de la declaración del doctor Jorge Orihuela Galindo y otras declaraciones y diligencias que se señalarán oportunamente, si fuesen necesarias. Artículo Cuarto.- Requiérase al doctor Jorge Orihuela Galindo a fi n de que en el plazo de 5 días informe al Consejo Nacional de la Magistratura si registra algún recurso impugnatorio en trámite contra el pedido de destitución o contra cualquier otra decisión emitida por la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de conformidad con el artículo 43 inciso h) del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura. Artículo Quinto.- Ofíciese al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial a fi n de que informen si el citado doctor Jorge Orihuela Galindo registra algún recurso impugnatorio en trámite contra el pedido de destitución o contra cualquier otra decisión emitida por la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. , Artículo Sexto.- Encargar a la Comisión Permanente de Procesos Disciplinarios la conducción del proceso al que se refi ere esta resolución, devolviéndose el expediente para su trámite respectivo. Regístrese y cumuníquese. MAXIMO HERRERA BONILLA LUZ MARINA GUZMAN DÍAZ LUIS MAEZONO YAMASHITA GASTON SOTO VALLENAS VLADIMIR PAZ DE LA BARRA GONZALO GARCÍA NUÑEZ PABLO TALAVERA ELGUERA 924809-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Ratifican resolución que autoriza viaje de docente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a México, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 01699-R-13 Lima, 15 de abril del 2013 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 01388-FCC-13 de la Facultad de Ciencias Contables, sobre comisión de servicios. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Decanato Nº 0154/FCC- D/13 de fecha 10 de abril del 2013, la Facultad de Ciencias Contables autoriza el viaje en Comisión de Servicios del 17 al 20 de abril del 2013 con retorno a nuestro país el 21 de abril del 2013, a don ROMÁN ARTURO VALDIVIA RAMOS, con código Nº 0A0236, docente permanente de la citada Facultad, para asistir al 3er. Simposium Nacional de Mercadotecnia UASLP, Marketic’s Break…“Lluvia de ideas en el desierto”, a realizarse en la Universidad Autónoma de San Luis Potosí – México; Que asimismo, se le otorga las sumas de S/. 2,840.00 nuevos soles por concepto de pasajes (Ida y vuelta) y S/. 2,267.70 nuevos soles por concepto de Viáticos y otros, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados por la Facultad de Ciencias Contables; Que la Jefa de la Unidad de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización y la Jefa de la Unidad de Economía de la Facultad de Ciencias Contables, emiten opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestal; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modifi catorias; SE RESUELVE: 1º. Ratifi car la Resolución de Decanato Nº 0154/FCC- D/13 de fecha 10 de abril del 2013 de la Facultad de Ciencias Contables, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 17 al 20 de abril del 2013 con retorno a nuestro país el 21 de abril del 2013, a don ROMÁN ARTURO VALDIVIA RAMOS, con código Nº 0A0236, docente permanente de la citada Facultad, para asistir al 3er. Simposium Nacional de Mercadotecnia UASLP, Marketic’s Break…“Lluvia de ideas en el desierto”, a realizarse en la Universidad Autónoma de San Luis Potosí – México.