Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2013 (17/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 17 de MORDAZA de 2013

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CONSIDERANDO: Que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales- SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151 ­ Ley General de Sistema Nacional de Bienes Estatales y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de Propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el inc. j) del art. 35º de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el art 62º de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 MORDAZA del 2006, se comunico que el 06 de marzo del 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente de Gobierno Regional de MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion mediante el cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion este Gobierno Regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc.j) del art. 35º de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, art. 10º y 62º de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del art. 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ Ley Nº 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el art. 35 inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el art. 62 de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, en merito a la inspeccion ocular del 21 de febrero del 2012 y la documentacion tecnica presentada, la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal ha elaborado la memoria descriptiva y plano de ubicacionperimetrico en coordenadas UTM de conformidad con el Certificado de Busqueda Catastral Nº 2011-101609 de fecha 14 de setiembre del 2011 a merito del Informe Tecnico Catastral Nº 6058-2011/Z.R -2011/Z.R Nº II-OCCHI-(U) otorgado por la Oficina Registral de Chiclayo, concluyendo que las 320.00 Has no estan inscritas en el Registro de Predios, y no constituyen propiedad privada , ni de las Comunidades Campesinas, por lo que son de dominio del Estado conforme lo establece el articulo 23 de la ley Nº 29151, al senalar textualmente "que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no son de propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado", cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional al Gobierno Regional MORDAZA, corresponde en consecuencia tramitar la primera inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº011-2002SBN, modificada por la Directiva Nº003-2004-SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Estando al Informe Nº 022-2012-GR.LAMB/ORADDIATPF, con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 35º inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, el art. 62º de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos

promulgacion u observacion (15 dias habiles), conforme lo senala la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en su Articulo 38º, modificada por la Ley Nº 29053, concordante con el Articulo 97º del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 251-2010; el Consejo Regional por mayoria ha decidido, por su parte, aprobar el MORDAZA Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, en todo su extremo, mediante la Ordenanza Regional correspondiente, de conformidad con el Articulo 98º del Reglamento Interno vigente. Que, siendo objetivo de la actual Administracion Legislativa Regional, la de modernizar, dinamizar y democratizar las decisiones publicas, y empenado que el Colegiado como MORDAZA Organo normativo y fiscalizador de Gobierno, se reencuentre con las mayorias regionales mediante una comunicacion directa, fluida y permanente; asi como iniciar una nueva etapa de reforma institucional que procure la intensificacion de las acciones de fiscalizacion en mejora de los servicios publicos que brinda el Estado, la eficacia y eficiencia en la ejecucion e impacto de las obras publicas y la lucha frontal contra la corrupcion; Que, estando a lo acordado y aprobado en la Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 004 de fecha 22 de Febrero del 2013, con el MORDAZA mayoritario de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Articulo 37º, concordante con el Articulo 38º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902, 28968 y 29053. Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 251-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR de fecha 17 de Febrero del 2010, que aprueba el Reglamento Interno de Consejo Regional periodo 2010 - 2015. Articulo Segundo.- APROBAR el MORDAZA Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, el mismo que consta de ciento Diecisiete (117) articulos, V Titulos, XVI Capitulos y dos Disposiciones Complementarias y Finales. El presente Reglamento Interno formara parte integrante de la presente Ordenanza Regional y cuyo anexo se publicara en la pagina Web del Gobierno Regional de Amazonas Articulo Tercero.- DISPONER que a traves de la Secretaria del Consejo Regional se efectue la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional del integro del presente Reglamento. El Consejero Delegado la promulga: En Chachapoyas, a los 18 dias del mes de marzo del ano 2013. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas 924753-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen la primera inscripcion de dominio de terreno eriazo ubicado en el distrito de Olmos, a favor del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL Nº 148-2012-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 13 de MORDAZA de 2012

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