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El Peruano Sábado 20 de abril de 2013 493250 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL RECTIFICACIÓN ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2013-MDSM En la sumilla correspondiente al Acuerdo de Concejo Nº 019-2013-MDSM, publicado en la edición del día 18 de abril de 2013, en la página 493119, debe modificarse la redacción de la misma en los términos siguientes: Aprueban donación de suma dineraria a favor del Hogar Ermelinda Carrera, para ser destinada a la labor social que viene realizando con niños, adolescentes y jóvenes 927653-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban regularización de proyecto de habilitación urbana ejecutada de lote único de terreno ubicado en el distrito (Se publica la presente Resolución de Alcaldía a solicitud de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, mediante Ofi cio Nº 00008-2013-SGLSG-GA/MDSA, recibido el 18 de abril de 2013) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00138 -2011/MDSA 21 de setiembre de 2011 VISTO: El expediente Nº 05268-2006 por la cual la empresa Luz del Sur S.A.A. solicita Regularización de habilitación Urbana Ejecutada para uso de Gran Industria (I3) sobre el terreno ubicado en el Fundo Inquisidor y Pulido, altura del Km. 7.7 de la Autopista Lima-Chosica (hoy Km. 1 de la Carretera Central), en intersección de la Avenida Los Ruiseñores del distrito de Santa Anita, jurisdicción de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, a través del Expediente Nº 05268-2006 y acumulados, la empresa Luz del Sur S.A.A., debidamente representada por la Dra. Fany Tomas G. en su calidad de Apoderada, peticiona la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para uso de Gran Industria (I3) sobre el terreno de 2,000 m2 ubicado en el Fundo Inquisidor y Pulido, altura del Km. 7.7 de la Autopista Lima-Chosica (hoy Km. 1 de la Carretera Central), en intersección de la Avenida Los Ruiseñores del distrito de Santa Anita, jurisdicción de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, inscrita a favor de la citada persona en la Partida Nº 49024948 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral IX-Sede Lima, en cuyo procedimiento administrativo se verificó la concurrencia de los requisitos y condiciones legales que sustentarían su aprobación, tal como se colige del Informe Nº 485-2008-SGCHU-GODU/MDSA e Informe Nº 462-2008-GAJ/MDSA, emitido por la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas y Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, la Ley Nº 29090 en su Sétima disposición establece que, los procedimientos administrativos, indicados al amparo de la normativa anterior a la entrada en vigencia de la presente Ley, se regirán por dichas normas hasta su culminación, salvo que por solicitud escrita el administrado, se acoja a lo establecido en esta Ley; Que, con Informe Nº 296-2006-SGCDT-GODU/MDSA de fecha 21/09/06, ítem 9, refi ere que ha constatado que el predio cuenta con la factibilidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y alumbrado eléctrico, pendiente las obras de pavimentación de sardineles, rampas peatonales y muretes o postes para señalización de calles en un 100%. Cabe señalar que tanto la Av. Los Ruiseñores como la Carretera Central son vías de competencia metropolitana; Que, del Acta de Sesión Nº 01 de fecha 27 de Marzo de 2008 y del instrumento denominado Dictamen Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, se colige que la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de Santa Anita emitió dictamen favorable para aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del predio descrito en el párrafo precedente, donde los aportes reglamentarios y el déficit se determinó en función a la zonificación Gran Industria (I3), así como de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 10º de la Ordenanza Nº 836 de fecha 15 de setiembre de 2005, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, dictamen que se hizo de conocimiento al administrado mediante Oficio Nº 088-2008-GODU/MDSA de fecha 28/03/2008; Que, con Informe Nº 462-2008-GAJ/MDSA de fecha 10/09/08, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina “…procedente la solicitud de aprobación de la petición de regularización de Habilitación Urbana Ejecutada promovida por la empresa Luz del Sur S.A.A. representada por su apoderada Abog. Fany Tomas G. del predio inscrito en la fi cha registral Nº 1641125, solicitado con Expediente Nº 05268-2006 de fecha 28 de Abril de 2006…”. Que, mediante Informe Nº 485-2008-SGCHU-GODU/ MDSA de fecha 06/11/08, la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas concluye que “…a mérito que el administrado ha cumplido con los requisitos del trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada sobre el terreno de 2,000 m2 para uso de Gran Industria-I3 y, al Informe Nº 462-2008-GAJ/MDSA de fecha 10/09/08, esta ofi cina opina procedente la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada …”. Asimismo, indica que la empresa recurrente ha cumplido con cancelar los défi cit de aportes reglamentarios establecidos en la Ordenanza Metropolitana Nº 836, acreditándolo con los respectivos recibos de pago cancelados según la Constancia de cancelación de Aporte por Renovación Urbana (FOMUR) y Recibo de Caja Nº 000059 por concepto de Aporte al Fondo Metropolitana de Renovación Urbana, copia de Recibo de Ingresos Nº 00052463 emitido por SERPAR LIMA por concepto de cancelación de Aporte al Servicio de Parques Zonales, copia del Recibo de Ingresos por caja Serie 001-Nº 052574-2006 por concepto de pago de Défi cit de Aporte a Servicios Públicos Complementarios; Que, la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, con Informe Nº 272-2008-GODU-MDSA indica, respecto al trámite, que lo peticionado por la empresa recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos; Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 39º y a lo informado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización del proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único del terreno de 2,000 m2 para zonifi cación Gran Industria (I3), ubicado en el Fundo Inquisidor y Pulido, altura del Km. 7.7 de la Autopista Lima-Chosica (hoy Km. 1 de la Carretera Central), en intersección de la Av. Los Ruiseñores del Distrito de Santa Anita, jurisdicción de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad con lo establecido en la lámina signada con