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El Peruano Sábado 20 de abril de 2013 493247 Que con Expediente Nº 54307-2012 (Anexo 2) de fecha 30 de enero de 2013, la INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA RESIDENCIAL S.A.C. debidamente representada por Don Edgar Félix Licla Aguilar, adjunta la Minuta de independización y Transferencia, del área correspondiente al aporte reglamentario a favor del Ministerio de Educación, designando el Lote 16 de la Mz. H del “Programa de Vivienda Residencial El Naranjal II Etapa”; Con documento de fecha 04 de febrero del 2013 la INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA RESIDENCIAL S.A.C. debidamente representado por Don Edgar Félix Licla Aguilar, deja en garantía por el défi cit de Recreación Pública y Ministerio de Educación los lotes 32 y 33 de la Mz. “A” del Programa de Vivienda Residencial “El Naranjal II Etapa”, del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, tal como lo establecía el artículo cuarto de la Resolución Nº 272-97-MML-DMD de fecha 24 de octubre de 1997, la misma que aprueba Los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana en Vías de Regularización, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 39,100.00 m2, ubicado en la Parcela Nº 2 de la CAT Virgen del Rosario LTDA. Nº 77 del Ex Fundo Naranjal, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, mediante el Informe Nº 019-2013-CDV- SGCyHU-GDU-MDSMP de fecha 13 de enero del 2013, el técnico del área de habilitaciones urbanas señala que el administrado ha cumplido con la presentación de los requisitos establecidos en la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, el Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29090 y el TUPA de esta corporación; y la inspección ocular practicada verifi ca que el plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, salvo el lote 9 de la manzana D, señalado como grifo y que es de uso comercial (mercado). De igual modo la consolidación de viviendas existentes es del 95%, constatándose la existencia de los servicios de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado. Asimismo se indica que la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble constituido por la Parcela Nº 2 de la CAT Virgen del Rosario LTDA. Nº 77 del Ex Fundo Naranjal, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, califi cado como Uso de Densidad Media “R-4”, respetando la lotización tal como se considero en la Resolución Nº 272-97-MML-DMDU de fecha 24 de octubre de 1997, que Aprueba los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana, en Vías de Regularización del terreno de 39,100.00 m2, ubicado en la Parcelas Nº 02 de la CAT Virgen del Rosario Ltda. Nº 77 del Ex Fundo Naranjal, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Valorización Nº 004-2013-SGCyHU- GDU-MDSMP de fecha 04 de Enero del 2013, se calculó el défi cit de aporte de Recreación Pública con un área de 220.55 m2, el défi cit de aporte para el Ministerio de Educación con un área de 57.10 m2, y el valor por Proyectos y Control de Obras cuyo monto total asciende a la suma de S/. 11,951.64 nuevos soles, y mediante Recibo de Pago Nº 4813004652 de fecha 08 de Febrero de 2013, pagados en la tesorería de esta Corporación Municipal, acreditan la cancelación de dicha valorización, correspondiente a Proyectos y Control de Obras; Que, estando el Informe Nº 049-2013-RPG-GDU/ MDSMP de fecha 15 de febrero del 2013, emitido por el área legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta entidad administrativa, donde señala que de la evaluación efectuada se ha verifi cado que el presente procedimiento administrativo cumple con los planes urbanos, en virtud a ello, se encuentra afecto al défi cit de aporte reglamentario y servicios públicos complementarios, constatando de la inspección ocular que las secciones de las vías se encuentran efectuadas, contando con todos los servicios básicos, encontrándose el presente trámite administrativo técnicamente conforme al haberse verifi cado el cumplimiento de los planes urbanos contenidos en la normativa vigente, por lo que habiéndose cumplido todos los requisitos establecidos por ley, procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área superfi cial de 39,100.00 m2, constituido por la Parcela Nº 2 de la CAT Virgen del Rosario LTDA. Nº 77 del Ex Fundo Naranjal, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, el mismo que corre inscrito en la Ficha Nº 307191 que continúa en la Partida Nº 43840444 de los Registros Públicos de Lima, donde se desarrolla el Programa de Vivienda “Residencial El Naranjal II Etapa” de conformidad con el Plano signado con el Nº 012-2013-SGCyHU-GDU- MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; De conformidad con el artículo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; artículo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Construcciones, Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área superfi cial de 39,100.00 m2, constituido por la Parcela Nº 2 de la CAT Virgen del Rosario LTDA. Nº 77 del Ex Fundo Naranjal, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, el mismo que corre inscrito en la Ficha Nº 307191 que continúa en la Partida Nº 43840444 de los Registros Públicos de Lima, donde se desarrolla el Programa de Vivienda Programa de Vivienda Residencial “El Naranjal II Etapa”, de conformidad con el Plano signado con el Nº 012-2013-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA RESIDENCIAL S.A.C. debidamente representada por Don Edgar Félix Licla Aguilar para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses, computados a partir de la fecha en la que solicita acogerse a la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones Nº 29090, las Obras de Habilitación Urbana como son las obras de pavimentación de pistas y veredas, ornamentación del parque y señalización de la Habilitación Urbana del terreno de 39,100.00 m2. El inicio de la vigencia de la presente resolución será computado a partir del acogimiento del administrado, ingresado mediante el Documento Nº 57681-2012 cuya fecha es 29 de octubre de 2012, venciendo el plazo el 29 de octubre del 2015. La prórroga deberá solicitarse dentro de los treinta días calendario, anteriores al vencimiento de la presente. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCIÓN AREA (m2) Área Bruta del terreno 39,100.00 Área Útil 21,730.26 Viviendas 18,046.96 m2 Uso Comercial 1,494.60 m2 Uso Especial (Grifo) 1,562.00 m2 Ministerio de Educación 626.70 Recreación Pública 3,540.36 Área de vías 13,829.38 • El área útil es la sumatoria del área de viviendas, uso comercial y uso especial (grifo). TELECOMUNICACIONES: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónía del Perú S.A., para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: