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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (21/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Domingo 21 de abril de 2013 493268 apellido materno ha sido declarado fundado judicialmente; con lo cual correspondería a este Consejo realizar la rectifi cación relativa a su título de nombramiento; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión del 11 de abril de 2013, sin la participación de los señores Consejeros Luz Marina Guzmán Díaz y Pablo Talavera Elguera; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 - Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Declarar fundada la solicitud presentada por don Osman Ernesto Sandoval Quesada; y en consecuencia se rectifi que el título de nombramiento expedido en mérito a la Resolución N° 644-2005-CNM, en el extremo referido al apellido materno “Quezada”, debiendo ser el correcto “QUESADA”; quedando el nombre completo como OSMAN ERNESTO SANDOVAL QUESADA. Segundo.- Expedir el título a favor de don OSMAN ERNESTO SANDOVAL QUESADA, como Juez Mixto de Cajatambo del Distrito Judicial de Huaura. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema y Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MÁXIMO HERRERA BONILLA Presidente 927671-2 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje a Japón del Rector y del Director de la Oficina de Investigación y Desarrollo de la Universidad Nacional de San Martín - Tarapoto, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN- TARAPOTO CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN Nº 097-2013-UNSM/CU-R. Tarapoto, 5 de marzo del 2013. Visto, El Expediente Nº 0736-2013/SG, que contiene el Ofi cio Nº001-2013-UNSM-T/OID, sobre autorización de viaje, asignación de pasajes y viáticos al Extranjero. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Martín- Tarapoto es una Institución descentralizada, autónoma con personería jurídica de derecho público interno; creada por ley Nº22803 y ratifi cada por Ley Nº 23261;se rige por la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria, su Estatuto y Reglamento General; dedicada al estudio, investigación, extensión y proyección social, tiene como fi n formar profesionales humanistas, científi cos y con excelencia académica competitiva; Que, por intermedio del Ofi cio Nº 001-UNSM-T/OID el Director de la Ofi cina de Investigación y Desarrollo de la UNSM-T manifi esta al señor Rector de la UNSM- T, que teniendo la invitación por el Dr. Yoshiro Nomura representante del Rector Dr.Tadashi Matsunaga de la “Tokio University of Agriculture and Technology” del país de Japón, al Dr. Alfredo Quinteros García y a su persona, con la fi nalidad de realizar coordinaciones para impulsar la investigación conjunta con miras a lograr se efectivice un convenio de hermandad con la mencionada Universidad; Que, resulta de interés Institucional la participación del Dr. Alfredo Quinteros García – Rector de la UNSM-T y del Dr. Orlando Ríos Ramírez Director de la Ofi cina de Investigación y Desarrollo de la UNSM-T, quienes asistirán a reunión conjunta con el Rector y demás autoridades de la “Tokio University of Agriculture and Technology”, ya que constituirá un excelente espacio para establecer alianzas estratégicas para el desarrollo de proyectos y convenios que será muy benefi cioso para la UNSM-T y la comunidad Sanmartinense; Que, los gastos por concepto de pasajes (incluida la TUUA) y viáticos serán asumidos por la Universidad Nacional de San Martín – Tarapoto con cargo al presupuesto institucional; Cabe precisar que, conforme a lo establecido por el marco legal vigente, este viaje se realizará en categoría económica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013; acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria de Consejo Universitario de fecha 01 de marzo del 2013 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733 y sus modifi catorias, el Estatuto y Reglamento vigente de la UNSM-T; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en Comisión de Servicios al exterior a partir del 18 al 28 de abril del 2013, al Dr. Alfredo Quinteros García – Rector de la Universidad Nacional de San Martín-Tarapoto y al Dr. Orlando Ríos Ramírez – Director de la Ofi cina de Investigación y Desarrollo de la UNSM-T con destino a la ciudad de Japón para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Otorgar, al Dr. Alfredo Quinteros García y al Dr. Orlando Ríos Ramírez, la asignación de dos (02) días de viáticos nacionales. Así como también los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios de la UNSM-T, debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley en un plazo no mayor de Quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nº Nombres y Apellidos Descripción Monto 1 Dr. Alfredo Quinteros García- Rector de la UNSM-T Pasajes y TUUA US$ 2,225.00 Viáticos Internacionales US$ 1,820.00 (07 días a US$ 260.00) Costo Seguro de Asistencia Médica, durante 10 días US$ 48.00 Pasajes Terrestre de Aeropuerto- Tokio - Aeropuerto US$ 50.00 Trámite de Visa S/.107.00 Trámite Administrativo ante el Consulado S/.100.00 2 Dr. Orlando Armando Ríos Ramírez- Director de la Ofi cina de Investigación y Desarrollo de la UNSM- T. Pasajes y TUUA US$ 2,225.00 Viáticos Internacionales US$ 1,820.00 (07 días a US$260.00) Costo Seguro de Asistencia Médica, durante 10 días US$ 48.00 Pasajes Terrestre de Aeropuerto- Tokio - Aeropuerto US$ 50.00 Trámite de Visa S/.107.00 Trámite Administrativo ante el Consulado S/.100.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 4º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano o en el diario de mayor circulación de la Región de San Martín de conformidad con lo establecido en el Art.3º de la Ley 27619. Artículo 5º.- La Ofi cina de Administración deberá