Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2013 (21/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Decreto de Alcaldia Nº 082­96 y Resolucion Nº 33-2006MML-GDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD a la Resolucion de Subgerencia Nº 109-2013-SGCHU-GDU/ MDSMP de fecha 19 de marzo de 2013, expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, que resuelve Aprobar la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" del inmueble con un area superficial de 13,865.86 m², constituido por la Parcela Nº 10218 del Fundo MORDAZA MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, el mismo que corre inscrito en la Ficha Registral Nº 1740100 y su continuacion en la Partida Electronica Nº 49044465 de los Registros Publicos de MORDAZA, donde se desarrolla el Programa de Vivienda "Las Dalias de MORDAZA Rosa", distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de MORDAZA, de conformidad al Plano signado con el Nº 023-2013-SGCyHUGDU-MDSMP y memoria descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a la empresa INMOBILIARIA CONSTRUCTORA E INVERSIONES GENERALES MORDAZA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, para su conocimiento y fines. Articulo 3º.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 4º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. YESENNIA MORDAZA TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

927081-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Ordenanza que Institucionaliza el Programa de Municipios y Comunidades Saludables en el ambito del distrito de La MORDAZA
ORDENANZA N° 250
La MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 01 - 2013 (04.04.2013) de la Comision de Desarrollo Humano y la Comision de Asuntos Juridicos, sobre el Proyecto de Ordenanza que institucionaliza el programa de Municipios y comunidades saludables en el ambito del Distrito de La Molina; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y su modificatoria por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, y con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, se establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en la Primera Conferencia Internacional de Promocion de la Salud se emitio la Carta de Ottawa (1986), prescribiendo que la promocion de la salud es el MORDAZA que proporciona a las poblaciones los medios necesarios para ejercer un mayor control sobre su propia salud y asi poder mejorarla;

Que, la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Promocion de la Salud se emitio la Declaracion de Yakarta (1997), en donde se reconoce que la promocion de la salud es una valiosa inversion y la salud es un derecho humano basico e indispensable para el desarrollo social y economico; Que, en la Sexta Conferencia Internacional sobre la Promocion de la Salud se emitio la Carta de Bangkok (2005), que establecio los compromisos a favor de la salud para todos, priorizando, dentro de sus objetivos, que la promocion de la salud sea una responsabilidad esencial de cada gobierno, con extension a las comunidades y sociedad civil; Que, el Ministerio de Salud es el ente rector del sector salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de la salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, en el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2002SA, Reglamento de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, senala que el MORDAZA de promocion de la salud tiene como objetivo funcional lograr que las personas adquieran capacidades y desarrollen actitudes, para su desarrollo fisico, mental y social; Que el articulo 80° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las municipalidades tienen funciones especificas, exclusivas y compartidas en materia de saneamiento, salubridad y salud; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 4572005-MINSA se aprueba el Programa de Municipios y Comunidades Saludables, cuyo objetivo es promover el desarrollo de municipios saludables y comunidades saludables, para contribuir con la generacion de entornos y comportamientos saludables en los escenarios del municipio y la comunidad en concordancia con el MORDAZA de descentralizacion; Que, los Municipios Saludables contribuyen a crear condiciones favorables para desarrollar acciones de promocion de la salud a partir del compromiso de los alcaldes, autoridades regionales y otros sectores publicos de la localidad con la finalidad de generar comunidades saludables mediante politicas publicas saludables e insertar la salud en agendas publicas; Que, el Plan de Desarrollo Local Concertado 20122021, contempla al distrito de La MORDAZA como una MORDAZA ecologicamente sostenible y con elevados niveles de Desarrollo Humano y Participacion Ciudadana, conceptos bajo los cuales se aspira a una MORDAZA mas equilibrada en su relacion entre el hombre y su medio ecologico; mas habitable, donde la buena salud se convierte en el mejor indicador; con menos polucion; con un transporte mas eficiente; con mas calidad en sus espacios publicos; con menor consumo energetico y mas integrada en su entorno territorial; y satisfaciendo dignamente las necesidades de salud integral; Que, en dicho contexto, resulta prioritario para la gestion municipal dictar las medidas necesarias a efectos de regular los aspectos relacionados con el saneamiento, salubridad y la salud incidiendo en la educacion, participacion ciudadana y la produccion entre otros factores determinantes, cuidando el bienestar general de los vecinos con incidencia en la ninez y juventud; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, emitio la siguiente:

ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA EL PROGRAMA DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN EL AMBITO DEL DISTRITO DE LA MORDAZA
Articulo Primero.- Objeto de la MORDAZA Institucionalizar el Programa de Municipios y Comunidades Saludables, en el ambito del distrito de La MORDAZA, integrando a las familias, comunidad, escuelas, mercados, entorno laboral, entorno ambiental e involucrando en este objetivo a la sociedad civil en su conjunto para la generacion de politicas publicas seguras y saludables que procuren mejores condiciones y calidad de MORDAZA de los ciudadanos en concordancia con el Plan de Desarrollo Local Concertado 2012-2021.

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