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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (21/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Domingo 21 de abril de 2013 493280 traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Credijet del Perú S.A. el cierre de la Agencia ubicada en la Av. Camino Real Nº 395, Primer Piso, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 927485-2 Autorizan inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 2458-2013 Lima, 17 de abril de 2013 El Secretario General VISTA: La solicitud presentada por el señor Davi Antonino Velásquez Mejía para que se autorice la inscripción de la empresa VELÁSQUEZ CORREDORES DE SEGUROS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, pudiendo utilizar la abreviatura VELÁSQUEZ CORREDORES DE SEGUROS E.I.R.L. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 1 Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente Nº 03-2013-DESI celebrada el 5 de marzo de 2013, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha califi cado y aprobado la inscripción de la empresa en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modifi catorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 1 Corredores de Seguros Generales, a la empresa VELÁSQUEZ CORREDORES DE SEGUROS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, pudiendo utilizar la abreviatura VELÁSQUEZ CORREDORES DE SEGUROS E.I.R.L. con matrícula Nº J-0739. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 927438-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Crean el Instituto Regional de Biotecnología y Biodiversidad de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 11 de febrero del 2013; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, y gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región; Que, el Inciso a) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, el artículo 38º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; Que, es función específi ca de los Gobiernos Regionales “promover la educación e investigación ambiental en la región e incentivar la participación ciudadana en todos los niveles”,“diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología…” e “identifi car, implementar y promover el uso de nuevas tecnologías efi caces y efi cientes para el mejoramiento de la calidad de la educación en sus distintos niveles”, según lo dispone el literal e) del artículo 53 y los literales b) y n) del artículo 47, respectivamente, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.. Que, mediante Pedido N° 10-2012-GOREMAD-CR/ CENR, el Consejero Regional Ing. Carlos Emérico NIETO RAMOS, propone que mediante Ordenanza Regional se disponga la creación del Instituto Regional de Biotecnología y Biodiversidad de Madre de Dios, cuyo objetivo será fomentar la “investigación científi ca de frontera en Ecología y Biodiversidad, capacitar científi cos jóvenes, establecer redes con otros centros de excelencia nacionales y extranjeros, transferir conocimiento científi co a la sociedad, particularmente en la educación y sectores privados, sobretodo contribuir al desarrollo de la región y el país de diversas formas”. Que, mediante Ofi cio N° 082-2012-SPCCFFYMA/S- ABR, la Sociedad Peruana de Ciencias Forestales y Medio Ambiente emite Opinión Técnica al respecto, precisando que en la Región Madre de Dios existe una limitada labor de investigación científi ca y tecnológica, escasa información y paquetes tecnológicos destinados a la conservación y al mejor aprovechamiento del potencial de los recursos de la biodiversidad, por lo que la creación del Instituto permitiría impulsar la investigación científi ca y tecnológica, que permita alcanzar una visión de desarrollo fundado en el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, por lo que conviene en dicha propuesta de creación. En el mismo sentido, lo considera, concluye y recomienda el Coordinador Regional de la Asociación para la Investigación y Desarrollo Integral (AIDER) en Madre de Dios en su Informe N° 016-2012-AIDER-RI-JEMR. Que, mediante Informe Legal N° 095-2013-GOREMAD/ ORAJ, ampliado, con fecha 04 de febrero del 2013, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, opina que resulta