Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2013 (28/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA 28 de MORDAZA de 2013

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061,13 m², ubicado al sureste del Centro Poblado Huacan y noreste del Cerro Negro, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia Huaura y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 50143942 del Registro de Predios de MORDAZA y anotado en el Registro SINABIP Nº 17416 correspondiente al Libro de Lima; Que, mediante escrito ingresado a esta Superintendencia, con fecha 8 de febrero de 2012, la empresa DUNA CORP S.A., solicito la adjudicacion en venta directa por causal, establecida en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, del predio indicado en el considerando precedente, por encontrarse colindando, con el predio de propiedad del solicitante y cuyo unico acceso directo es a traves de aquel; Que, con el Oficio Nº 286-2012/SBN-DGPE-SDDI de fecha 05 de marzo de 2012, se comunico a la empresa DUNA CORP S.A., que de la inspeccion tecnica efectuada y consulta a MORDAZA de informacion a la que tiene acceso esta Superintendencia, se determino que la peticion formulada se enmarca dentro de la causal solicitada; Que, mediante Informe Nº 153-2012/SBN-DGPE-SDDI de fecha 08 de MORDAZA de 2012, se dio cuenta de la inspeccion tecnica realizada por profesionales de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de esta Superintendencia senalando que el terreno tiene topografia de poca pendiente en el rango de 1% a 3% con afloramiento rocoso en un sector, el suelo es predominantemente arenoso, sin ocupacion ni edificacion alguna; delimita con una nervadura rocosa, el acceso directo es a traves de la propiedad de DUNA CORP S.A; Que, mediante Informe Nº 0186-2012/SBN-DGPESDDI, de fecha 28 de junio de 2012, con la conformidad de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, se considero factible dar inicio al tramite de adjudicacion en venta directa por causal establecida en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, a favor de la empresa DUNA CORP S.A., al haberse verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente; Que, el articulo 75.2º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o del Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal a) del articulo 48º del Reglamento de Organizacion y funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, es funcion de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de la SBN, sustentar y emitir los actos administrativos de disposicion de bienes estatales que se encuentren bajo competencia y administracion de la SBN; Que, el informe de valuacion comercial de fecha 24 de setiembre de 2012, emitido por la empresa de Servicios de la Construccion S.A.C-ESERCO, establece que el predio submateria tiene un valor comercial de S/. 137,177.47 (Ciento Treinta y Siete Mil Ciento Setenta y Siete con 47/100 Nuevos Soles); que resulta de la conversion a moneda nacional del valor calculado de de US$ 52,639.09 (Cincuenta y Dos Mil Seiscientos Treinta y Nueve con 09/100 Dolares Americanos), que traducido a moneda nacional con el MORDAZA de cambio de S/. 2.606/US$, segun el MORDAZA de cambio indicado en el informe MORDAZA mencionado; Que, mediante el escrito s/n de fecha 14 de diciembre de 2012, el Gerente General de la empresa DUNA CORP S.A, manifesto su aceptacion expresa respecto al valor de la tasacion del predio materia de venta; Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, y numeral 3.10 de la Directiva Nº 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta directa por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad", se publico en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Extra, asi como en la pagina Web de esta Superintendencia, los avisos que publicitan la venta directa del predio MORDAZA descrito, con la finalidad de que los terceros que se consideren afectados en algun derecho real que tuvieran sobre el mismo, pudieran formular oposicion debidamente sustentada, dentro del plazo de diez (10) dias habiles de efectuada la MORDAZA publicacion; Que, mediante Memorandum Nº 041-2013/SBN-SGUTD, de fecha 21 de enero de 2013, la Unidad de Tramite

Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 013-2012-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, la Directiva Nº 003-2011/SBN aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN y Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa por causal de colindancia y unico acceso a favor de la empresa DUNA CORP S.A. del predio de 695 216,20 m², ubicado al sureste del Centro Poblado Huacan y entre los cerros Eniminga y MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia Huaura y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 50130624 del Registro de Predios de MORDAZA y anotado en el Registro SINABIP Nº 17350 correspondiente al Libro de Lima. Articulo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba, asciende a la suma de S/. 199,171.11 (Ciento Noventa y Nueve Mil Ciento Setenta y Uno con 11/100 nuevos soles), conforme a la valorizacion efectuada por la empresa Servicios de la Construccion S.A.C, precio que debe ser cancelado en un plazo de treinta (30) dias habiles, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en representacion del Estado, otorgara la respectiva Escritura Publica de transferencia a favor de la empresa DUNA CORP S.A., una vez cancelado el precio de venta del predio. Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos inscribira, la venta directa de propiedad a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Desarrollo Inmobiliario

930157-1 SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 021-2013/SBN-DGPE-SDDI
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2013 Visto, el Expediente Nº 033-2012/SBNSDDI, que contiene la solicitud de adjudicacion en venta directa por causal, formulada por la empresa DUNA CORP S.A, respecto del predio de propiedad del Estado de 383 061,13 m², ubicado al sureste del Centro Poblado Huacan y noreste del Cerro Negro, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia Huaura y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 50143942 del Registro de Predios de MORDAZA y anotado en el Registro SINABIP Nº 17416 correspondiente al Libro de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito a la Ley Nº 29151, el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, por el cual se adscribe a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, modificado Decreto Supremo Nº 013-2012-VIVIENDA, asi como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la calificacion y relacion de los organismos publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales es responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario de un predio de 383

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