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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (28/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Domingo 28 de abril de 2013 493789 Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, Nº SBS-DIR-ADM-085- 16; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Carlos Alfredo Flores Alfaro, Supervisor Principal de Liquidaciones del Departamento de Asuntos Contenciosos de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS del 05 al 08 de mayo de 2013, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2,246.91 Viáticos US$ 600.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 930563-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Otorgan transferencia de titularidad de autorización a favor de Tecnológica de Alimentos S.A. para desarrollar la actividad de generación en la Central Térmica de Matarani GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL Nº 032-2013-GRA/GREM Arequipa, 19 de marzo de 2013 VISTOS: i) Escrito de fecha 08 de febrero de 2013 con N° de recepción 13-00632; ii) Informe Legal N° -2013-GRA/ GREM/OAJ de fecha 26 de febrero de 2013. CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, mediante escrito de fecha 08 de febrero de 2013, TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A., solicitó cambio de Titularidad de la Autorización de generación eléctrica de la Central Térmica de la Planta Pesquera-Matarani., otorgada a favor de Grupo Sindicato Pesquero del Perú S.A., mediante Resolución Ministerial N° 315-95-EM/VME. SEGUNDO.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 67 de su reglamento y al numeral 182 del Texto Único de Procedimientos Administrativos(TUPA) de la Gerencia Regional de Energía y Minas, establece los requisitos que deben cumplir los administrados para que se les otorgue la transferencia de titularidad de una autorización, siendo los siguientes: i) Testimonio de Escritura Pública de Constitución de empresa, ii) Documento que constituye el acto jurídico que sustente la transferencia de la autorización suscrito por Transferente y Adquirente, iii) Poder del representante legal, inscrito en Registros Públicos, iv) Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas de Conservación del Medio Ambiente y del Patrimonio Cultural, v) Recibo de pago por derecho de trámite. Cabe señalar, que el requisito de autorización para el Uso de Recursos Naturales, es requerido únicamente en el caso de Centrales Hidroeléctricas, lo cual no aplica al presente caso. TERCERO.- Que, de la evaluación del expediente, se verifi co el cumplimiento de los requisitos indicados en el numeral precedente, observando que el administrado presenta lo siguiente: - Escritura Pública de Fusión por Absorción de Grupo Sindicato Pesquero del Perú S.A. en calidad de sociedad absorbente con Tecnológica de Alimentos S.A., modifi cando su denominación social a TECNOLOGÍCA DE ALIMENTOS S.A., la cual se encuentra inscrita en la partida N° 11073052 en Registros Públicos de la Zona Registral de Lima. - Vigencia de Poder otorgada al Sr. CARLOS LEOPOLDO GARCÍA ALVAREZ, el cual se encuentra facultado para representar a la compañía ante instituciones públicas o privadas, autoridades y funcionarios administrativos. - DNI del Representante Legal, el Sr. Carlos Leopoldo García Álvarez. - Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas de Conservación del Medio Ambiente y del Patrimonio Cultural de la Nación. - Recibo de pago por derecho de trámite, que para el presente caso de acuerdo TUPA de la Gerencia Regional de Energía y Minas constituye el 40% de la UIT, que para el presente año asciende a la suma de S/. 3 700.00. Por lo tanto, la suma abonada de S/. 1 480.00 (mil cuatrocientos ochenta con 00/100 nuevos soles), corresponde al requisito establecido. CUARTO.- Que, Tecnológica de Alimentos S.A. presenta adicionalmente, i) RUC de la empresa, ii) Resolución Ministerial N° 126-2000-EM/VME, y iii) Planos de ubicación y distribución general. QUINTO.- Que, como se aprecia en los considerandos precedentes, TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A., ha cumplido con los requisitos establecidos por el TUPA de la Gerencia Regional de Energía y Minas, para el otorgamiento de cambio de titularidad de la Autorización de generación eléctrica en la Central Térmica de la Planta Pesquera-Matarani, SEXTO.- Que, corresponde a la Gerencia Regional de Energía y Minas, otorgar el cambio de titularidad solicitado por TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., de la Autorización de Generación Eléctrica en la Central Térmica de la planta pesquera- Matarani, otorgada a favor de Grupo Sindicato Pesquero del Perú S.A. SE RESUELVE: Primero.- Otorgar la transferencia de titularidad de la Autorización, teniendo a TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. como titular de la Autorización para desarrollar la actividad de Generación en la Central Térmica de Matarani con una capacidad instalada 3,41 KW, otorgada por Resolución Ministerial N° 315-95-EM/ VME Segundo.- La Resolución deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, por cuenta del interesado dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes a su expedición. Regístrese y comuníquese. ALBERTO BUTRÓN FERNÁNDEZ Gerente Regional 930135-1