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El Peruano Domingo 28 de abril de 2013 493787 CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el traslado de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución SBS N° 281-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A., el traslado de la agencia ubicada en Urb. Ingenieros Larapa Mz. “A” Lote 1, distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco a la Av. La Cultura S/N, Sector Aprovite Mz. “O” Lote 2, distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca (e) 930578-1 RESOLUCIÓN SBS N° 1825-2013 Lima, 13 de marzo de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de una agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Que, de acuerdo con el artículo 17° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley N° 27444 y sus modifi catorias, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, si ello fuera más favorable al administrado, y siempre que ello no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existieran en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución SBS N° 281-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A., con efectos retroactivos, el cierre temporal, entre el 18 de febrero y el 30 de marzo de 2013, de la agencia Paruro, ubicada en Av. Montevideo N° 1001, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca (e) 930578-2 RESOLUCIÓN SBS N° 1826-2013 Lima, 13 de marzo de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de una agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Que, de acuerdo con el artículo 17° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley N° 27444 y sus modifi catorias, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, si ello fuera más favorable al administrado, y siempre que ello no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existieran en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución SBS N° 281-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A., con efectos retroactivos, el cierre temporal, entre el 18 de febrero y el 30 de marzo de 2013, de la agencia Real Plaza Juliaca, ubicada en Jirón Tumbes N° 391 Urb. San Román, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca (e) 930578-4 RESOLUCIÓN SBS N° 1827-2013 Lima, 13 de marzo de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de una agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Que, de acuerdo con el artículo 17° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley N° 27444 y sus modifi catorias, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, si ello fuera más favorable al administrado, y siempre que ello no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existieran en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución SBS N° 281-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A., con efectos retroactivos, el cierre temporal, entre el 04 y el 15 de marzo de 2013; y entre el 08 y el 20 de abril de 2013, de la agencia Pardo y Aliaga, ubicada en Av. Camino Real N° 1203- 1207, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca (e) 930578-3