Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2013 (03/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Sabado 3 de agosto de 2013

500531
Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 3 al 16 de agosto de 2013, a fin que participen en actividades programadas con el Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. 1. Tecnico MORDAZA L. PIDCOCK 2. Tecnico MORDAZA A. DUQUETTE 3. Suboficial de Primera Frankie OLIVERAS Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA, CIP. 00018429, DNI. 43489911, para que participe en el Noveno Curso Internacional de Interdiccion Maritima 2013, a realizarse en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 5 de agosto al 4 de octubre de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Cartagena de Indias (Republica de Colombia) - MORDAZA US$ 1,350.00 US$ 1,350.00 TOTAL A PAGAR US$ 1,350.00

Articulo 3º.- Los gastos de hospedaje y alimentacion, seran sufragados por la Armada Nacional de Colombia, debiendo asumir la MORDAZA de MORDAZA del Peru los gastos por concepto de pasajes aereos. Articulo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Mision de Estudios, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ano Fiscal 2013, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6º.- El Oficial Subalterno designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7º.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 970188-4

MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 969700-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 649-2013 DE/SG MORDAZA, 1 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nos. 462 y 537 del 10 de junio y 2 de MORDAZA de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Carta G.500-2815 del 26 de MORDAZA de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 3 al 16 de agosto de 2013, a fin de participar en el Curso de Entrenamiento en Medicina Tropical para Militares del Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6), a llevarse a cabo en las ciudades del Callao e Iquitos; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 648-2013 DE/SG MORDAZA, 1 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 593 del 19 de MORDAZA de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1560 CCFFAA/CIOEC del 1 de agosto de 2013, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 3 al 16 de agosto de 2013, a fin de participar en actividades programadas con el Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;

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