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El Peruano Sábado 3 de agosto de 2013 500532 militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 3 al 16 de agosto de 2013, a fi n que participen en el Curso de Entrenamiento en Medicina Tropical para Militares del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6), a llevarse a cabo en las ciudades del Callao e Iquitos. 1. Capitán de Fragata David BLAZES 2. Teniente Coronel Sanjay GOGATE 3. Mayor Max GRATRIX 4. Capitán de Corbeta Carlos GÓMEZ-SÁNCHEZ 5. Mayor Diane HOMEYER 6. Mayor Peter MATTHEWS 7. Capitán Jeffrey KINARD 8. Capitán Dorothy SAUNE 9. Teniente Jared HEAL 10. Teniente Alyson BRINKER 11. Teniente Krista KOCH 12. Teniente James OWENS 13. Teniente Carl NOBLE 14. Cadete Alexander PYBUS 15. Cadete Jordan TROPS Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 969700-2 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban modificación del Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N°407-2013-MIDIS/PNAEQW Lima, 02 de agosto de 2013 VISTOS: El Informe N° 0371-2013-MIDIS-PNAEQW/ UAJ de fecha 02 de agosto de 2013 y el Memorándum N° 0458-2013-PNAEQW-UP, de fecha 31 de julio de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la fi nalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, de acuerdo con lo establecido en la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en adelante el MIDIS, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, en adelante, Qali Warma, la realización de transferencia de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que se constituyan para la provisión de bienes y servicios alimentario a los benefi ciarios del programa Qali Warma, a fi n de la consecución de sus objetivos; Que, asimismo, conforme la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, Ley Nº 29951, se estableció que los comités u organizaciones referidos en el párrafo precedente, serían reconocidos por el MIDIS, a través del programa Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran establecidos por el MIDIS, y supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2013- MIDIS se estableció las disposiciones generales para la transferencia de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios para la prestación del servicio alimentario del Programa Qali Warma, disponiendo que, por Resolución el MIDIS apruebe, los procedimientos generales para la conformación y el reconocimiento de los comités u organizaciones, así como los procedimientos operativos de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que sean necesarias; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 016- 2013-MIDIS, se aprobó la Directiva N° 001-2013-MIDIS, que estableció los procedimientos generales para la operatividad del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario de Qali Warma, cuyo numeral 5.2, respecto la Fase de Compra del modelo de cogestión; que refi ere al proceso de compra en sí mismo, señaló que éste es un proceso realizado conjuntamente por el Comité de Compra y el Programa Qali Warma para la adquisición de productos y raciones, conforme lo dispuesto en dicha Directiva y así como los procedimientos específi cos establecidos en el Manual de Compras que apruebe para tales efectos, el Programa Qali Warma; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 105-2013-MIDIS/PNAEQW, se aprobó el Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario de Qali Warma (en adelante el Manual de Compras), como un instrumento normativo que contiene las disposiciones, lineamientos y procedimientos de observancia obligatoria aplicable a la Fase de Compra del modelo de cogestión, anteriormente señalado; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 130-2013-MIDIS/PNAEQW, de fecha 08 de febrero de 2013, se aprobó la modifi cación del Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario de Qali Warma, en sus numerales 58°, 59° y 60º debido que, regulan los casos en los que el Comité de Compra establece supuestos especiales de aplicación durante la evaluación de los procesos de compra, los cuales se modifi caron para efectos de garantizar un mayor nivel de cobertura a nivel nacional para la atención del servicio alimentario a los usuarios del Programa; Que, mediante el Memorándum N° 0394-2013-MIDIS/ PNAEQW-UP, la Unidad de Prestaciones remitió el sustento técnico de la Coordinación del Componente Alimentario, a través del cual precisa que las modifi caciones propuestas al Manual de Compras, se realizaron en consideración a las sugerencias y recomendaciones de los integrantes de los Comités de Compra, Supervisores Provinciales, Veedores y Jefes de Unidades Territoriales obtenidas como resultado de la realización de los Talleres Macro Regionales en la ciudad de Lima, Chiclayo y Cusco; así como, del Taller Temático realizado en Lima, orientado a los Supervisores Provinciales, Especialistas Alimentarios y Jefes de Unidades Territoriales;