Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2013 (15/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Jueves 15 de agosto de 2013

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- La Secretaria General del Ministerio de Agricultura y Riego. - El Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria, quien lo preside. - El Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA. - El Jefe del Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA. - El Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL. - El Director General de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional. - El Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. - El Director de la Unidad de Defensa Nacional. - El Director de la Unidad de Imagen Institucional. Articulo 4.- Conformacion de Sub Grupos de Trabajo Para el mejor cumplimiento de la finalidad establecida en el articulo 3 de la presente Resolucion Ministerial, el Grupo de Trabajo podra acordar la constitucion de Sub Grupos de Trabajo, de acuerdo a la necesidad y complejidad de los asuntos que se requiera tratar. Articulo 5.- Gastos Los gastos que demande la participacion de los integrantes del Grupo de Trabajo, seran cubiertos por los presupuestos institucionales de los organos u organismos a los que pertenecen, y en el extremo referido a los representantes del Ministerio de Agricultura y Riego no demandaran recursos adicionales al presupuesto institucional. Articulo 6.- Periodo de vigencia El Grupo de Trabajo culminara sus funciones con la emision del Informe Final, que presentara al Despacho Ministerial a la culminacion de las acciones correspondientes, en un plazo que no excedera de seis (06) meses, contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 7.- Publicidad Dispongase que la Unidad de Tecnologia de la Informacion publique la presente Resolucion y el Plan Nacional de Accion de Reduccion de la Incidencia y Severidad de la "Roya Amarilla del Cafeto" Hemileia vastatrix en el Peru - Plan Nacional Contra la Roya Amarilla, en el MORDAZA del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego

MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali y MORDAZA, incluyendo los valles de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM) y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA y demas instituciones y organismos, dentro de sus competencias, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias destinadas al control de la propagacion de la Roya Amarilla del Cafeto y la atencion de la emergencia en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes; asi como en caso sea necesario, continuar con la ejecucion de las acciones iniciadas al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 0482013-PCM; Que, con Oficio N° 2062-2013-MINAGRI-DGCA/ DPC, el Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria, hace MORDAZA y remite el Informe Tecnico N° 065-2013-AG-DGCA-DPC/JFR, de la Direccion de Promocion de la Competitividad, en el cual se propone derogar la Resolucion Ministerial Nº 0196-2013-AG y aprobar el Plan Nacional de Accion de Reduccion de la Incidencia y Severidad de la "Roya Amarilla del Cafeto" Hemileia vastatrix en el Peru - Plan Nacional Contra la Roya Amarilla, ante la necesidad de ampliar la meta, para atender 65,000 hectareas de cafetales afectados por la Roya Amarilla del Cafeto; Que, por Oficio Nº 2447-2013-MINAGRI-OPP/UPS, el Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, hace MORDAZA y remite el Informe Nº 0108-2013MINAGRI-OPP/UPS, de la Unidad de Politica Sectorial, a traves del cual se emite opinion favorable para la aprobacion del Plan Nacional de Accion de Reduccion de la Incidencia y Severidad de la "Roya Amarilla del Cafeto" Hemileia vastatrix en el Peru - Plan Nacional Contra la Roya Amarilla, el mismo que contiene los lineamientos generales, politicas, objetivos, estrategias, cronograma, presupuesto y organizacion, con la finalidad de atender la demanda de adopcion de medidas urgentes, que permitan continuar atendiendo la reduccion de la incidencia y severidad de la Roya Amarilla del Cafeto en las zonas cafetaleras; Que, el articulo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones del Poder Ejecutivo son organos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalizacion, propuesta o emision de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, pudiendose encargar otras funciones que no MORDAZA las indicadas a Grupos de Trabajo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Derogatoria Derogase la Resolucion Ministerial Nº 0196-2013-AG, que aprobo el "Plan Nacional de Accion de reduccion de Incidencia y Severidad de la "Roya Amarilla del Cafeto" Hemileia vastatrix en el Peru", tambien denominado "Plan de Accion para el Control de la Roya Amarilla del cafe en el Peru". Articulo 2.- Aprobacion del Plan Nacional de Accion de Reduccion de la Incidencia y Severidad de la "Roya Amarilla del Cafeto" Hemileia vastatrix en el Peru Plan Nacional Contra la Roya Amarilla Apruebase el Plan Nacional de Accion de Reduccion de la Incidencia y Severidad de la "Roya Amarilla del Cafeto" Hemileia vastatrix en el Peru - Plan Nacional Contra la Roya Amarilla, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3.- Creacion del Grupo de Trabajo Crease el Grupo de Trabajo denominado "Comite Directivo Nacional coordinador de las acciones para la implementacion del Plan Nacional Contra la Roya Amarilla", en adelante el "Grupo de Trabajo", de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, conformado de la siguiente manera:

974256-2

Establecen requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de determinadas mercancias pecuarias de origen y procedencia Uruguay, Brasli y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 0020-2013-MINAGRI-SENASA-DSA
9 de agosto de 2013 VISTOS: Los Informes Nº 0047, 0048 y 0049-2013-MINAGRISENASA-DSA-SDCA-MBONIFAZF de fecha 05, 05 y 06 de agosto del presente ano respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, senala que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y

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