Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2013 (15/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

501156
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados. GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL Recursos Directamente Recaudados ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales 1 625 648,00 ----------------------1 625 648,00 ------------------------

El Peruano Jueves 15 de agosto de 2013

requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de agosto del ano 2013. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios. GASTOS CORRIENTES 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales TOTAL Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5001854 : Autoridad Politica 73 250,00 --------------------73 250,00 ---------------------

975179-3

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios. GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios 2.5 Otros Gastos TOTAL Recursos Ordinarios 11 878 794,00 315 825,00 35 540,00 --------------------12 230 159,00

Reglamentan el acogimiento a los incentivos tributarios previstos en el Articulo 3º de la Ley Nº 30001 ­ Ley de Reinsercion Economica y Social para el Migrante Retornado
DECRETO SUPREMO Nº 205-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2: Recursos Directamente Recaudados. GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL Recursos Directamente Recaudados TOTAL EGRESOS 196 702,00 ---------------------196 702,00 ---------------------21 421 260,00 ============

Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitado y habilitador en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2. La desagregacion de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo que forma parte de la presente MORDAZA, a nivel de MORDAZA de Transaccion, Generica, Subgenericas y Especifica; y, se presentara junto con la Resolucion a la que se hace referencia en el parrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales electronicos del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se

Que, mediante Ley Nº 30001 se aprobo la Ley de Reinsercion Economica y Social para el Migrante Retornado con el objeto de facilitar el retorno de los peruanos que residen en el extranjero, independientemente de su situacion migratoria, mediante incentivos y acciones que propicien su adecuada reinsercion economica y social y que contribuyan con la generacion de empleo productivo, teniendo en consideracion la crisis economica internacional y el endurecimiento de las politicas migratorias; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 30001 establece el otorgamiento de incentivos tributarios para aquellos peruanos que se acojan a la mencionada Ley; Que, conforme al articulo 10º de la Ley Nº 30001, los incentivos tributarios tendran una vigencia de tres (3) anos contados a partir de la fecha de su reglamentacion la cual es aprobada por decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y el articulo 10º de la Ley Nº 30001. DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion Apruebase el Reglamento del articulo 3º de la Ley Nº 30001 - Ley de Reinsercion Economica y Social para el Migrante Retornado, que consta de seis (6) articulos y una (1) disposicion complementaria transitoria. Articulo 2º.- Normas complementarias La SUNAT podra dictar las normas complementarias que considere necesarias para la aplicacion del presente Reglamento. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de agosto del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

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