Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2013 (24/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Sabado 24 de agosto de 2013

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Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Protocolo que Regule las Acciones de Coordinacion entre la Municipalidad Provincial de Huaral con los diversos Gobiernos Locales (distritos) e Instituciones Publicas y/o Privadas, ante la ocurrencia de un Desastre Sismico y/o Tsunami, con la finalidad de contar con Instrumento Guia de Accion que se implementa durante las primeras 72 horas de producido una emergencia de sismo y/o tsunami, a efectos de asegurar una pronta y eficiente respuesta por parte de las autoridades involucradas en el momento de la atencion de la emergencia de un desastre y con ello optimizar el uso de los recursos existentes, asi como la disminucion de los tiempos de respuesta, la reduccion de las perdidas; y el establecimiento de la normalidad en el menor tiempo posible. Que, mediante el documento de Visto el Jefe de la Oficina de Defensa Civil recomienda aprobar mediante acto resolutivo el Protocolo de Coordinacion Interinstitucional Ante Desastre Sismico y/o Tsunami como parte integrante del Plan de Operaciones de Emergencia de la Provincia de Huaral. Que, mediante Informe Legal Nº 837-2013-MPH/GAJ de fecha 15 de Agosto del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica es de Opinion que resulta VIABLE la Aprobacion del citado Protocolo mediante Decreto de Alcaldia. Estando lo expuesto, a las normas vigentes senaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 DECRETA:

del Acuerdo de Concejo que aprueba la ratificacion; en la medida que MORDAZA cumplido tambien con la publicacion de la Ordenanza en mencion en las formas y mecanismos previstos en Ley. La Ordenanza publicada MORDAZA de su ratificacion por el Concejo Provincial, carece de todo efecto legal y no genera ninguna obligacion de cumplimiento por parte de los contribuyentes. Articulo 16º.- DEROGACION Deroguese toda disposicion municipal que se oponga en lo que corresponda a lo regulado en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

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Aprueban Protocolo de Coordinacion Interinstitucional ante Desastre Sismico y/o Tsunami
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2013-MPH
Huaral, 16 de agosto del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Nº 353-2013-MPH/ODC/JSR de fecha 13 de Agosto de 2013, evacuada por el Jefe de la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 30 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, es atribucion del MORDAZA Presidir el Comite de Defensa Civil de su jurisdiccion. Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 29664, Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres (SINAGERD), dispone que dicha Ley es de aplicacion y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas publicas de todos los niveles de gobierno. Que, el Articulo 3º de la mencionada Ley Nº 29664, senala que la Gestion de Riesgo de Desastres es un MORDAZA cuyo fin ultimo es la prevencion, la reduccion y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, asi como la adecuada preparacion y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las politicas nacionales, con especial enfasis en aquellas relativas a materia economica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible. Que, a su vez el inciso 14.1 del Articulo 14º de la citada Ley Nº 29664, establece que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evaluan, dirigen, organizan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres, en el ambito de su competencia, en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres y los Lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido en dicha Ley y su Reglamento. Que, a su vez el inciso 14.2 del referido Articulo 14º, senala que los Presidentes de los Gobiernos Regionales y los Alcaldes son las maximas autoridades responsables de los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ambitos de competencia; de modo que sus gobiernos son los principales ejecutores de las acciones de Gestion del Riesgo de Desastres. Que, en ese sentido, de acuerdo al Articulo 31º del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el MORDAZA de respuesta, como parte integrante de la Gestion del Riesgo de Desastres, esta constituido por el conjunto de acciones y actividades que se ejecutan ante una emergencia o desastre inmediatamente ocurrido este, asi como ante la inminencia del mismo.

Articulo Primero.- APROBAR el Protocolo de Coordinacion Interinstitucional ante Desastre Sismico y/o Tsunami, el cual forma parte del presente Decreto de Alcaldia, como Anexo. Articulo Segundo.- DISPONER la Publicacion integra del Decreto de Alcaldia y su Anexo en la Pagina Web de esta Corporacion MORDAZA (www.munihuaral.gob.pe).
Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

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Prorrogan plazo establecido en la Ordenanza Nº 009-2013-MPH, que establecio el MORDAZA legal de Beneficios Tributarios sobre Reduccion del Monto por Arbitrios Municipales Anteriores al Ejercicio 2013
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2013-MPH
Huaral, 16 de agosto del 2013. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El informe Nº 075-2013-MPH-GRAT de fecha 14 de Agosto del 2013, presentado por la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria de derecho publico y establece de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante la Ordenanza Municipal Nº 009-2013-MPH, establecio el MORDAZA legal de Beneficios Tributarios sobre Reduccion del Monto por Arbitrios Municipales Anteriores al Ejercicio 2013, Publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de MORDAZA del 2013. Que, en ese orden de ideas y con el fin de que se estimule a aquellos que aun no han efectuado sus

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