TEXTO PAGINA: 71
El Peruano Sábado 24 de agosto de 2013 501721 Que, la gestión municipal tiene una apuesta clara para construir un Gobierno de la Concertación que impulse el desarrollo local integral, siendo el tema la equidad de género y la igualdad de oportunidades claves para lograr este desarrollo, siendo imprescindible para ello consolidar y fortalecer los espacios de concertación, como la Mesa de Concertación de Género del Distrito de Comas; De conformidad a las facultades reconocidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, y de acuerdo a los estipulado en la referida norma; el Pleno del Concejo Municipalidad por UNANIMIDAD aprueba: ORDENANZA DE RECONOCIMIENTO DE LA MESA DE CONCERTACIÓN DE GÉNERO DEL DISTRITO DE COMAS Artículo 1º.- Objetivo de la Ordenanza La presente ordenanza tiene por objetivo el reconocimiento del espacio de concertación para el tratamiento de la temática de la equidad de género y la igualdad de oportunidades en el Distrito de Comas que permita la articulación de las organizaciones sociales de la Municipalidad y las Instituciones Públicas y Privadas, para generar actividades, proyectos y propuestas concertadas, que contribuyan al desarrollo local integral y la mejora de la calidad de vida de la población en general, con un enfoque de desarrollo humano. Artículo 2º.- Defi niciones Concertación: Se considera a la concertación como la estrategia que permite la articulación entre los diversos actores sociales y agentes de desarrollo para generar consensos sobre apuestas y trabajos comunes sobre la salud para el desarrollo integral de las capacidades, estilos de vida y el medio ambiente para mejorar nuestras condiciones de vida. Participación Ciudadana: Es un elemento central en la formulación de políticas, programas y proyectos fomentando la organización, redes y estructuras sociales que aumenten la capacidad de las y los ciudadanos y de los grupos sociales para gestionar sus propios asuntos e intervenir en la negociación con el Gobierno local e instituciones públicas y privadas. Sociedad Civil: Comprende las organizaciones sociales de base, territoriales o temática que trabajan e intervienen en el distrito, así como organismos e instituciones privadas dentro del ámbito local. Plan de Desarrollo Concertado: Instrumento de gestión de base territorial y de carácter integral, orientado al desarrollo local y del proceso del presupuesto participativo, que contienen los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de mediano y largo plazo del distrito en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Plan de Igualdad de Oportunidades: Instrumento de gestión de carácter temático, que permite orientar las acciones, actividades, proyectos y programas en benefi cio de la población para disminuir los índices de inequidad de género y desigualdad de oportunidades. Plan de Acción: Documento que nos permite contar con una gama de proyectos y actividades coherentes con el PIO y que pueden ser asumidas por los diferentes actores sociales y agentes de desarrollo que intervienen en el distrito. Artículo 3º.- Reconocimiento La Mesa de Concertación de Género del Distrito de Comas es un espacio de concertación entre las organizaciones sociales que apuesten por favorecer las capacidades y gestión de la población, las instituciones públicas y privadas que intervienen en el distrito, con el gobierno local, sin formar parte de la estructura orgánica de la Municipalidad. Artículo 4º.- Denominación El espacio de concertación que se reconoce con la presente Ordenanza se denominará, Mesa de Concertación de Género del Distrito de Comas. Artículo 5º.- Finalidad El espacio de concertación tiene como fi nalidad que la población comeña en general, especialmente el Sector vulnerable como son, la infancia, los adultos mayores y las personas con discapacidad, se desarrollen en igualdad de oportunidades y en condiciones de equidad, logren su capacidad física, psicológica, social, espiritual y económica para el ejercicio pleno de su ciudadanía. Artículo 6º.- De los objetivos a) Impulsa el desarrollo local integral del distrito de Comas, promoviendo actividades, proyectos y propuestas para mejorar la equidad de género y la igualdad de oportunidades mejorando las condiciones de vida y la salud de la población. b) Concertar con las diversas organizaciones e instituciones privadas y públicas que trabajen y/o puedan apoyar las actividades de difusión y promoción de la equidad de género y la igualdad de oportunidades. c) Proponer y vigilar las diversas propuestas de intervención paras los principales problemas de la inequidad de género y la desigualdad de oportunidades. d) Participar y vigilar en la formulación, gestión y evaluación del Plan de Desarrollo Concertado, en la temática de la equidad de género y la igualdad de oportunidades y participar y proponer proyectos para el Presupuesto Participativo. Artículo 7º.- De los integrantes La Mesa de Concertación de Género del Distrito de Comas, como espacio de concertación del desarrollo local, es un organismo abierto y de permanente articulación entre las instituciones públicas y privadas y las organizaciones de la sociedad civil. La incorporación de miembros se realiza a solicitud expresa cumpliendo con los requisitos establecidos en el reglamento interno, procediéndose a su inscripción en el padrón de integrantes. Los miembros del espacio de concertación pueden ser: a) Las Organizaciones Sociales del Distrito; b) Las instituciones públicas y privadas que trabajen la temática. c) La Municipalidad de Comas; representada por el Alcalde del distrito o por la autoridad que delegue y el funcionario municipal del área que corresponda. d) Las y los ciudadanos voluntarios que deseen incorporarse a título individual, y e) Los delegados de las Juntas Vecinales Zonales. Artículo 8º.- De la estructura La estructura básica del espacio de concertación está conformada por: a) Asamblea ampliada, b) Dirección colegiada, c) Comisiones de Trabajo, La estructura orgánica del espacio de concertación se regirá por lo establecido en el reglamento interno. De la Coordinación y articulación con la Municipalidad Artículo 9º.- Con la Comisión de regidores de Desarrollo Humano del Concejo Municipal. La Comisión de Regidores de Desarrollo Humano del Concejo Municipal de Comas, mediante un representante es invitado permanentemente en las reuniones del espacio de concertación. Artículo 10º.- Con la Gerencia de Desarrollo Humano y la Subgerencia de la Mujer y Bienestar Social. Siendo el órgano ejecutivo encargado de la promoción, ejecución y gestión de las actividades de la Municipalidad será la encargada de coordinar con el espacio de concertación, las acciones que de manera conjunta se establezcan con la Municipalidad. Asimismo, será miembro de la Dirección Colegiada de la Mesa de Concertación de Género del Distrito de Comas. De la coordinación y articulación con el Sistema de Participación Ciudadana de Comas Artículo 11º.- Con la Convención por el Desarrollo de Comas El espacio de concertación tiene el deber de participar activamente en la realización y desarrollo de la Convención por el Desarrollo de Comas, para ello las organizaciones sociales y dirigentes del espacio participarán de acuerdo a